¿Cuál es la especificidad de los votos en la perspectiva vicenciana? En el fondo, hay grandes semejanzas entre los votos de los Sacerdotes de la Misión y los de las Hijas de la Caridad. Su historia revela y explica, sin embargo, diferencias que no son despreciables y que reflejan lo que ha vivido y vive cada uno de estos Institutos. No hay duda, en particular, de que la personalidad e influencia de sta. Luisa de Marillac han sido importantes en este tema, como en muchos otros.
I. Historia de los votos
1. En la Congregación de la Misión
Es sorprendente comprobar que, desde el 9 de septiembre de 1629 -cuando la Congregación lleva aprobada por el Arzobispo de París sólo tres años y cuenta con sólo seis miembros- se introduce el uso de emitir votos «de devoción», estrictamente privados, y de renovarlos cada año durante tres años (V, 299, 434). Este hecho demuestra la estima en que s. Vicente tenía los votos, incluso aunque el deseo de ver a los cohermanos estabilizarse en su vocación va a jugar un papel importante. De todos modos, aún después de la aprobación romana, él no despedirá a los que rehúsen hasta el final pronunciar los votos.
Después del reconocimiento de la Congregación por Urbano VIII (Bula Salvatoris Nostri del 12 de enero de 1633; X, 303s), las gestiones oficiales se van a desencadenar en cierto sentido y nos van a revelar, al mismo tiempo que las fluctuaciones de s. Vicente en este tema, un pensamiento extrañamente preciso desde el punto de partida.
a) Gestiones ante el Arzobispo de París
Entre 1635 y 1638 (el Seminario Interno ha sido inaugurado en junio de 1637 y tiene una duración de dos años cf. 1, 433 nota), s. Vicente pide al Arzobispo que apruebe
- el buen propósito de pobreza, castidad, obediencia y estabilidad en la Congregación al cabo de un año de seminario;
- los votos simples, con el mismo objeto
- al cabo de dos años de seminario
- dispensables sólo por el Soberano Pontífice o el Superior general
- emitidos en presencia del Superior que escucha, pero no los recibe, quedando así la Congregación en el cuerpo del Clero secular (X, 348; V, 299s).
La respuesta afirmativa no llegó hasta el 19 de octubre de 1641, y será renovada el 23 de agosto de 1653. De hecho, desde 1637, se está practicando esta costumbre y, cuando se obtiene la aprobación, s. Vicente se apresura a oficializarla pronunciando, con muchos otros, los votos así reconocidos el 24 de febrero de 1642 (es interesante notar, de paso, que sta. Luisa y cuatro Hermanas pronunciaron sus votos por primera vez en mes después, el 25 de marzo).
El Fundador espera, efectivamente, pero en vano, que las divergencias cesarán (V, 435). Está incluso persuadido -pero otros no lo están en absoluto- que esta aprobación equivale a una aprobación pontificia, puesto que la Bula Salvatoris Nostri deja al Arzobispo de París el cuidado de aprobar los estatutos de la Misión. Con ocasión de su Asamblea, el 20 de octubre de 1642, los Superiores deciden que los votos serán renovados al final de cada retiro anual por devoción. Las controversias no disminuyeron. Entretanto, s. Vicente ha empezado a dirigirse a Roma.
b) Gestiones ante el Soberano Pontífice
A partir de 1639, el P. Lebreton es enviado a Roma para esto. Durante 16 años, irán tomando el relevo los PP. Portail, Dehorgny, Alméras, Berthe, Blatiron, Jolly. Se pasa por toda suerte de proposiciones, p. e.,
- votos solemnes a pronunciar desde la primera vez o al cabo de algunos años de votos simples (1, 580 nota)
- voto de obediencia al obispo del lugar en el que se misiona (1, 551)
- voto de estabilidad solamente y juramento sobre la pobreza, la castidad y la obediencia o excomunión contra los incorregibles (II, 28).
El voto de estabilidad recurre una y otra vez con su doble objeto: fidelidad a la Misión y a la Misión en la Congregación.
Por fin, el 22 de septiembre de 1655, Alejandro VII aprueba los votos tal como la Congregación los practica desde entonces, por el Breve Ex Commissa Nobis (X, 486). El 25 de enero siguiente, toda la Compañía parece haber emitido los votos así reconocidos. Como hemos dicho, ciertos miembros se rehusaron, pero no fueron expulsados. Es verdad que las leyes canónicas miran al futuro y no tienen efecto retroactivo si ellas no lo explicitan.
El 12 de agosto de 1659, Alejandro VII, por el Breve Alias Nos, precisa el estatuto fundamental del voto de pobreza en la Congregación.
En sustancia, todas estas disposiciones tuvieron su sitio
- en las Constituciones aprobadas por Pío XII el 19 de julio de 1953. Los votos son calificados en ellas como no públicos, privilegiados, perpetuos, dispensables sólo por el Soberano Pontífice y el Superior general (n9 161, 1)
- en las Constituciones aprobadas por la Sagrada Congregación de Religiosos e Institutos Seculares, el 29 de junio de 1984. Los votos son calificados en ellas como perpetuos, no-religiosos, reservados al Soberano Pontífice y al Superior general. Se precisa con justeza que deben ser interpretados con fidelidad según la proposición de s. Vicente aprobada por Alejandro VII (C. 55, 1, 2).
2. En la Compañía de las Hijas de la Caridad
La historia es aquí muy diferente porque los votos, incluso convertidos en obligatorios, dependerán durante varios siglos de una legislación puramente interna. (Para más detalles de esta historia, ver Instrucción sobre los Votos de las Hijas de la Caridad, 1989). No serán objeto de un documento propiamente eclesial hasta las Constituciones aprobadas por la Sagrada Congregación de religiosos el 1 de junio de 1954 y, de nuevo, con las Constituciones dadas en Roma el 2 de febrero de 1983 por la Sagrada Congregación de Religiosos e Institutos Seculares: en el primer caso, se trataba de redactar unas Constituciones que estuvieran de acuerdo con el Derecho Canónico de 1917 y, en el segundo caso, se trataba de insertarse en el «aggiornamento» pedido por el Concilio Vaticano II y por el nuevo Derecho Canónico.
a) En tiempo de los Fundadores
Aunque las hermanas hayan sido agrupadas a partir del 29 de noviembre de 1633, bajo la dirección de Luisa de Marillac, hasta julio de 1640, no encontramos las primeras alusiones a la posibilidad de emitir los votos. Por una parte, s. Vicente habla de «el estado de perfección» y precisa que él le compete también a la vocación de las Hijas de la Caridad como tales, «aunque por ahora no tengan votos» (IX, 33). Por otra parte, evoca a los religiosos hospitalarios de Italia que hacen los cuatro votos de pobreza, castidad, obediencia y servicio a los pobres (IX, 42s), y a la pregunta de algunas hermanas, precisa lo que podrían ser los votos de las Hijas de la Caridad, diferenciándolos netarnente de los votos de Religión.
Como hemos dicho, el 25 de marzo de 1642, sta. Luisa y otras cuatro Hermanas hacen los votos «por toda la vida». Poco a poco, otras fueron siguiendo su ejemplo. Los Fundadores son muy prudentes, teniendo en cuenta la originalidad del nuevo Instituto, que no será reconocido por primera vez por el Arzobispo de París hasta el 20 de noviembre de 1646. En su correspondencia, ellos no hablan explícitamente de los votos más que a partir de 1648. Por otra parte, aceptan un pluralismo en la manera de emitirlos, sin, por lo demás, hacerlos obligatorios: votos perpetuos, votos anuales, votos anuales luego perpetuos. Santa Luisa pide siempre la autorización a s. Vicente.
Este, se inclina finalmente hacia votos anuales siempre renovables. Quería sin duda, diferenciarlos mejor de los votos públicos y, al mismo tiempo, permitir a las Hijas de la Caridad ser reconocidas como «Cofradía». Había que tener también en cuenta la situación inestable de algunas de ellas. Pero no hay duda que los Fundadores han visto en los votos un provecho para la vida espiritual de las Hijas de la Caridad. Santa Luisa, que lo favorecía particularmente, explica que «esto es más agradable a Dios que de otro modo, ya que teniendo al cabo del año su voluntad libre, pueden otra vez dársela a Dios enteramente de nuevo» (SLM c. 368)
b) Después
El P. Alméras mantendrá la fecha del 25 de marzo para la renovación anual de los votos en recuerdo del 25 de marzo de 1642 (Conferencia del P. Gicquel, Director de las Hijas de la Caridad, del 16 de marzo de 1669). El uso de los votos se va generalizando cada vez progresivamente. El
P. Bonnet, en los Estatutos de 1718, en fidelidad al pensamiento de los Fundadores, explica y precisa todo lo que les concierne, en particular, que deben ser emitidos por primera vez entre los cinco y los siete años de vocación (Estatutos del P. Bonnet, n» 7)
El P. Brunet, Vicario general, escribe desde Roma el 1 de noviembre de 1801:
«No se podría tolerar que una Hija de la Caridad, después de los cinco años, rehusase contraer a partir de entonces los compromisos acostumbrados en la Compañía y que no los renovase cada año» (Circular del P. Brunet del 1 de noviembre de 1801).
Se está viviendo entonces en el contexto de la Revolución francesa, pero está claro que los votos son a partir de entonces una condición indispensable para pertenecer a la Compañía y para permanecer en ella.
A lo largo de toda la historia de la Compañía, los Superiores han velado para que sea respetada la naturaleza de los votos de las Hijas de la Caridad. Esta fidelidad ha sido finalmente reconocida y mantenida oficialmente por la Iglesia, como lo hemos visto, por la aprobación de las Constituciones de 1954 y de 1983.
Las primeras, dicen: «Los votos no son públicos, en sentido canónico, sino privados, privilegiados, reconocidos por la Iglesia». Entendemos por esto que no son emitidos en manos de ningún Superior ni aceptados (recibidos) en nombre de la Iglesia, pero que, por otra parte, se hacen conforme a las Constituciones. Además, «solos el Soberano Pontífice y el Superior general tienen el derecho de dispensar de estos votos» (n2 49).
Las Constituciones de 1983 presentan los votos como «no-religiosos, anuales, siempre renovables» y «la Iglesia los reconoce tales como se comprenden en la Compañía en fidelidad a sus Fundadores» (C. I1, 5, 3).
Se ve inmediatamente la importancia de estas últimas palabras. Ellas nos impulsan a volver sin cesar a este pensamiento de los Fundado- res.
II. Especifidad de los votos
Ya se ha tratado de esto a propósito de los Consejos evangélicos. Los votos «vicencianos» son esencialmente una confirmación, con su naturaleza, su alcance y su fuerza propias, del compromiso tomado al entrar en el Instituto. San Vicente repite con frecuencia, bajo una u otra forma, al menos para los Misioneros, que él ha querido los votos «para una gran firmeza» (XI, 644).
De hecho, se trata de un proceso de amor que quiere llegar hasta su expresión más radical en la línea propia de la vocación. Su carácter obligatorio y jurídico como condición para perteneder a la Congregación de la Misión o a la Compañía de las Hijas de la Caridad y ejercer en ella determinados derechos y deberes, lejos de minimizar su dinamismo propiamente teologal, lo postula más aún para darle su plenitud de significación.
1. El pensamiento de s. Vicente sobre los votos de los Sacerdotes de la Misión
El tomo XII de Coste da numerosas referencias. Aquí, podemos sintetizar lo que s. Vicente expresa en dos importantes documentos: su carta a E. Blatiron el 19 de febrero de 1655, unos meses, por tanto, antes de la aprobación pontificia (V, 295ss) y su conferencia a los Misioneros sobre los votos el 7 de noviembre de 1659 (XI, 637ss).
a) Se trata de votos simples
Se llaman así, según la terminología de la época, para distinguirlos de los votos solemnes. Los Sacerdotes de la Misión no son «religiosos» sino que siguen, siendo «sacerdotes seculares», del «cuerpo del clero secular», de «la religión de s. Pedro». La aprobación pontificia de los votos lo repite explícitamente, confiriendo al mismo tiempo a la Congregación la exención de la sumisión a los Ordinarios del lugar en todo, excepto en el ministerio de las misiones. San Vicente hubiera preferido «por razones importantes», que las dos cosas hubieran ido por separado (VIII, 31).
Igualmente, hay que notar que los sacerdotes ya han prometido castidad y obediencia a su ordinario, pero «para la mayor firmeza en nuestra vocación, se han añadido los votos». El voto de pobreza es, pues, desde este punto de vista, más característico «por causa de la pasión y del deseo de riquezas, mucho mayor en los eclesiásticos que en los laicos… Incluso se advierte que son más duros con los pobres y tienen menos compasión para socorrer sus necesidades… al principio todo era común y sólo se le daba a cada uno según sus necesidades. ¡Cuánto florecía entonces la Iglesia y cuán virtuosos y perfectos eran los eclesiásticos! Pues bien, ¿no nos encontramos todos en este estado, tanto sacerdotes como hermanos?… ¡Oh, dichosa y riquísima pobreza que nuestro Señor practicó tan admirable y tan excelentemente!» (XI, 644s). Y es verdad que los beneficios y otras cosas semejantes eran una verdadera plaga.
b) Se trata de una «reafirmación» de la vocación como tal
Ya hemos señalado varias veces este punto fundamental. San Vicente estaba persuadido de que «aquellos que la Providencia ha llamado para que fueran los primeros en una compañía naciente procuran de ordinario ponerla en el estado más agradable que les es posible delante de Dios» (V, 296) y de que «los que se han entregado a Dios de esta manera trabajan con mucha mayor fidelidad en la adquisición de las virtudes… que aquellas otras personas que no tienden a ese bienaventurado estado de vida que abrazó Nuestro Señor» (ib). Pero, sobre todo, «Dios ha querido afianzar a las personas de cada estado en su vocación por medio de las promesas expresas o tácitas que hacen a Dios de vivir y morir en aquel estado… Si esto es así, es justo que la congregación de la Misión tenga algún vínculo que ate a los misioneros a su vocación para siempre» (ib). La palabra «vínculo» hace pensar en el canon 731, 2 que, a propósito de las Sociedades de vida apostólica, dice que, entre ellas, las hay «cuyos miembros asumen los consejos evangélicos mediante un vínculo determinado por las Constituciones». Y s. Vicente añade que se trata de perseverar, pese a la ligereza e inconstancia del espíritu humano «en cosas tan duras y difíciles como son los ejercicios de la Misión» (V, 297).
Por eso, se puede decir que el voto de estabilidad es central en esta especificidad. «Dios nos ha puesto en el estado en que ha puesto a su Hijo, que dice de sí mismo: Evangelizare pauperibus misít me… utilizando las mismas armas, combatiendo las pasiones y los deseos de tener riquezas, placeres y honores» (XI, 639). El voto de estabilidad tiene como objeto la Misión como tal y recae sobre lo que hay de más específico en la vocación: «el estado de Caridad».
Pobreza, castidad y obediencia son, pues, los «medios» (X1, 641) para entrar en el estado de perfección (la perfección de la Caridad) tal como tenemos que vivirla. De este modo, nos encontramos «en el estado en que se encontraron nuestro Señor y los apóstoles, de haber renunciado a todo para ser misioneros y trabajar por la conversión de las almas… en este estado de estarle consagrados para continuar la misión de su Hijo y de los apóstoles» (XI, 641. 643)
Tal es, efectivamente, para los misioneros la manera de vivir en plenitud y radicalidad su bautismo y sus promesas. Los votos «son un nuevo bautismo, obran en nosotros lo que había hecho el bautismo» (XI, 642). Aún más, «es un continuo martirio… Los tormentos de los verdugos duran poco tiempo, en comparación de toda la vida del hombre que ha hecho esos votos, por los que se mortifica sin cesar y se contradice por medio de la destrucción de sí mismo y de su propia voluntad… El que pronuncia los votos ofrece a Dios un holocausto de sí mismo» (ib.). Cierto que no se trata más que de votos «simples», pero ellos no tienen menos mérito, como el bautismo sin solemnidad «participa de las mismas gracias» que el bautismo solemne, e igual que los que asisten a la Misa participan, con el sacerdote, en el sacrificio de Cristo e incluso «más que él, si tienen más caridad que el sacerdote» (XI, 646).
2. Pensamiento de s. Vicente y de sta. Luisa sobre los votos de las Hijas de la Caridad
Hemos visto que el mismo s. Vicente, desde 1640, provocaba entre las Hermanas el deseo de hacer los votos. Pero, al mismo tiempo, ha mostrado una gran prudencia y una gran flexibilidad. Santa Luisa, ya lo hemos dicho, tenía mucha devoción por los votos y, compartiendo la reserva de s. Vicente por las mismas razones, ha sido sin duda más explícita en esta cuestión.
a) Naturaleza de los votos
Se trata, evidentemente, de votos «simples». S. Vicente dice a las Hermanas enviadas a Nantes: El señor obispo de Nantes «dice que sois religiosas, porque le han dicho que hacéis votos. Si os habla de esto, respondedle que no sois religiosas. Sor Juana, que es la hermana sirviente, le ha dicho: «Monseñor, los votos que hacemos no nos convierten . en religiosas, porque son votos simples, que puede hacer cualquiera, incluso viviendo en el mundo» (IX, 593).
Parecido escribe sta. Luisa al abad de Vaux que se ocupa de las Hermanas en Angers: «Mucho me temo que nuestra buena sor Juana haya hablado de los votos de forma que no haya hecho comprender que no se trata de votos distintos a los que un devoto o devota puede hacer en el mundo; y aun ni siquiera son así, porque de ordinario, cuando los del mundo hacen votos, es en presencia de su confesor. Tenemos que honrar los designios de Dios y bendecirlo en todo tiempo» (SLM c. 293). Habrá que creer que entre Angers y Nantes la buena de sor Juana Lepeintre haya aprendido bien la lección…
Estas «precauciones» no quieren minimizar en nada -todo lo contrario- el alcance de los votos. Lo esencial es comprenderlos a la luz del fin principal de la Compañía: el don total a Dios para servirlo en la persona de los pobres en humildad, sencillez y caridad. Estos votos confirman el compromiso específico y se deben ver como una manera de alcanzar con más seguridad el fin. Desde su entrada en la Compañía, las Hermanas se dan a Dios para siempre: los votos y su renovación anual les permiten, según las expresiones de los Fundadores, recibir nuevas fuerzas y nuevas gracias para perseverar en su vocación (IX, 326).
Por eso, es por lo que el voto de servicio a los pobres es su voto «especial», su voto por excelencia. La fórmula primitiva de sta. Luisa era más clara desde este punto de vista: «hago voto de pobreza y castidad y obediencia… para aplicarme durante todo este año al servicio corporal y espiritual de los pobres enfermos, nuestros verdaderos amos…» (SLM E. 196). La Madre Carrére, Superiora general, escribirá el 1 de febrero de 1841: «Nosotras somos para los pobres, mis queridas hermanas, así es como nos definió s. Vicente; es para ellos y ellos solos para los que Nuestro Señor nos ha llamado, nos ha reunido, y es porque ellos lo representan por lo que nosotras nos consagramos a su servicio. Es principalmente de este voto de lo que me agrada hablaros en esta circular, porque él resume todas nuestras obligaciones, y porque él debe ser el móvil de nuestra conducta, incluso en relación a los otros votos que no son, respecto a nosotras, más que la regla y el sostén de éste».
Se puede hablar, con rigor terminológico, de una castidad de Hija de la Caridad, de una pobreza de Hija de la Caridad, de una obediencia de Hija de la Caridad. Sus votos son verdaderamente los de la Compañía. Al reconocerlos como tales, la Iglesia da garantía de su identidad, con todas sus exigencias que hay que vivir con toda fidelidad a este pensamiento de los Fundadores y según su carisma.
b) Mística de los votos
Es santa Luisa, sobre todo, quien nos ofrece algunas dominantes:
Ella insiste, como s. Vicente, sobre el enraizamiento bautismal del compromiso de las Hijas de la Caridad: «Se necesitan espíritus equilibrados y que deseen la perfección de los verdaderos cristianos, que quieran morir a sí mismas por la mortificación y la verdadera renuncia, ya hecha en el santo bautismo, para que el espíritu de Jesucristo reine en ellas y les dé la firmeza de la perseverancia en esta forma de vida del todo espiritual, aunque se manifieste en continuas acciones exteriores que parecen bajas y despreciables a los ojos del mundo, pero que son grandes ante Dios y sus ángeles» (SLM c. 717 )
Su fórmula de los votos comienza por: «Yo, la infrascrita, en presencia de Dios, reitero las promesas de mi bautismo». La fórmula actual se inspira directamente en ella («Yo… renuevo las promesas de mi bautismo») y quiere expresar el mismo sentido de la consagración bautismal y de la pertenencia eclesial que hay que vivir perfectamente como Hija de la Caridad.
Santa Luisa es igualmente sensible al aspecto de «marcha libre». Según Gobillon, ella escribe: «El voto da al alma la libertad de entrar en una comunicación familiar con Dios, la hace entrar en una especie de tratado con él, en el que ella promete y se obliga, y Dios acepta y promete también por su parte. El alma le promete y compromete el amor que más le agrada, que es darse totalmente a él sin reservarse el poder de disponer de sí misma; y Dios se da recíprocamente al alma, y le asegura la comunicación de todos sus bienes» (lib. V, 1).
Desde el momento en que uno se siente llamado a un don total para el servicio de los pobres, ¿cómo no desear llegar hasta el compromiso más completo? Las primeras Hermanas expresaban este deseo de pronunciar los votos al término de un cierto itinerario espiritual que era reconocido por los Fundadores. Si las Constituciones actuales prevén un margen de cinco a siete años antes de la primera emisión de los votos, es para alcanzar esta misma perspectiva: es necesario que se realice una maduración cuya valoración toca en primer lugar a la Hermana misma, luego a sus Superiores a quienes ella comunica con toda sencillez sus disposiciones. En este espíritu, es en el que se ha redactado una nueva «Instrucción sobre los votos de las Hijas de la Caridad»: se dirige a todas las Hermanas y no sólo a las que comienzan, para permitir una toma de conciencia y una reflexión renovada en el plano personal y el plano comunitario.
La pertenencia a la Compañía, desde el punto de vista jurídico, no está, de suyo, determinada por los votos, pero son una condición para ella. Esta pertenencia, como todo lo que forma la vida de la Hija de la Caridad, está pues de algún modo ratificada y confirmada por los votos. Se puede hablar, en particular, de una verdadera «espiritualidad de la Renovación»: ésta es cada vez, para la Hija de la Caridad, una etapa para profundizar su don total y su pertenencia a la Compañía, con sus exigencias específicas. Los votos se hacen «conforme a las Constituciones» y «en la Compañía de las Hijas de la Caridad». En este sentido, es en el que hay que comprender la obligación de firmar un formulario que atestigua que se han hecho los votos.
Se vuelve con ello, a una costumbre que estaba ya en vigor en los tiempos de sta. Luisa y de la que se encuentra una huella en el «Yo… la infrascrita» de la fórmula tradicional. Esta exigencia tiene, ciertamente, un aspecto jurídico porque se debe saber en todo momento cuál es la posición de la Hermana respecto a la Compañía. Pero sobre todo, debe ser como la ratificación personal y profunda de un ideal que uno se compromete a vivir lo más completamente posible y en la Compañía. Hay aquí como una dimensión «comunitaria» de los votos, que crea con el Señor y entre las Hermanas en el Señor un vínculo sagrado para vivir más perfectamente aún la identidad y, por tanto, la unidad de la Comunidad a todos sus niveles.
En conclusión, no parece oportuno entrar aquí en los detalles de las disposiciones jurídicas previstas por las Constituciones y Estatutos de los Sacerdotes de la Misión y los de las Hijas de la Caridad. Para estas últimas, hemos aludido en varias ocasiones a la Instrucción aparecida en 1989, que es, de hecho, una edición totalmente renovada, en su fondo y en su forma, de una Instrucción aparecida en 1701 y reeditada muchas veces desde entonces, con algunas adaptaciones.
La historia de la fórmula de los votos -así como de su contenido- ofrece igualmente un interés real. Pero se puede afirmar que lo esencial ha sido siempre salvado y que, en particular, los cuerpos legislativos post-conciliares han tenido la preocupación de una verdadera «vuelta a las fuentes», habida cuenta del contexto contemporáneo y de las exigencias canónicas actuales.
Bibliografía
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Circulaires des Supérieurs généraux et des Supérieures genérales, particularmente las enviadas con ocasión de la renovación anual.-Ecos de la Compañía, revista mensual en la que cada año se publican las conferencias de renovación tenidas en la Casa Madre.- Instrucción sobre los votos de las Hijas de la Caridad, Madrid 1990.- W. Reflexiones sobre la identidad de las Hijas de la Caridad, CEME, Salamanca 1980.- W, Identidad de las Hijas de la Caridad en las Const. y Est. de 1983, CEME, Salamanca 1984.- CPAG-1980, La C.M. : sus votos y el vínculo entre miembros y comunidad, en Anales 85 (1977)351-380.