Régis Clet, Carta 41: A Pablo Song, C.M.

Francisco Javier Fernández ChentoEscritos de Francisco Régis CletLeave a Comment

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Autor: Francisco Régis Clet .
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Hoang-tsao-pa, 7 de julio de 18091

Padre y muy querido hermano,

Comienzo la carta por lo que más me interesa después de la salud de su alma, a saber la salud de su cuerpo; me apena que todavía esté vacilante, y qué más quisiera que enviarle las píldoras con envoltura de cera que pide, pero nadie está obligado a lo imposible; si queda algu­na por casa, ya he dado orden de que se la envíen. No me digno com­prarlas en el vecindario, porque con toda seguridad están falsificadas, y son a pesar de ello muy caras. Y el alambre, si el Padre Ho tiene, ya se lo mandará.

No tenemos vida de la Santísima Virgen, así que su petición es en vano. Estamos reducidos a la escasez en cuanto a los pañuelos de Qang-tung; le enviamos cinco; por ahora es cuanto podemos hacer para cooperar a su generosidad.

No busque más el Tchang-tse (registro) depositado en Se-yu-ho, que Yuen-gan-te me lo ha remitido a Tcha-yuen-keú hace un año o dos.

Aproveche la primera ocasión para enviarnos las cartas con destino a la metrópoli del imperio; porque si nosotros enviamos allá correos, lo cual es probable, será mucho antes que de ordinario.

Vengo a sus casos:

Cada vez que se puede decir la misa votiva, se puede decir la misa pro nuptiis; así el Domingo, aunque sea semidoble, los infra octavam, en las octavas privilegiadas, aunque semidobles, excluyen la misa pro nuptiis.

Las mujeres están dispensadas de la abstinencia durante un tiempo notable después del parto, y del ayuno durante un año más o menos. Esto es lo que dice Antonio o el teólogo de Poitiers.

No sé a ciencia cierta qué quiere decir con la palabra in globo en la aplicación de las indulgencias a las medallas o rosarios. Respondo solamente que se las puede aplicar al mismo tiempo y con única fór­mula a un número más o menos grande ad libitum.

Si el niño de diez a once años del que habla estaba, pues, de verdad disminuido, se le bautizó tan validamente como a un niño de cinco o seis años. Si no estaba disminuido y antes de su enfermedad no se le había instruido en la necesidad del bautismo y no se le había inspirado el deseo de este sacramento, el bautismo es inválido. Hay que bautizar, pues, sin condición, si antes había deseado el bautismo; la falta de conocimiento in instanti collationis no daña a su validez en cuanto al carácter. Quizá por defecto de disposición no haya recibido el efecto del sacramento; pero este sacramento revivirá la primera vez que haga una confesión válida.

Si su prestamista de 10 taéls tenía una verdadera intención y una certeza moral de hacer lucro en la fecha por él fijada, está en el caso de lucri cessantis; puede pues recibir intereses, pero más bajos que el lucro esperado, porque lo que sólo está in spe vale menos que lo que está in re, y los intereses no deben empezar a contar más que a partir de la fecha fijada para la restitución que debe hacerse al prestamista.

Al prestamista de 15 taéls se le ha prohibido recibir el interés de un ario, probablemente porque no había advertido al deudor del lucro cesante en que caía por el préstamo que hacía el sastre: ahora bien, una de las condiciones aducidas por los teólogos para recibir interés ratio­ne lucri cessantis, es advertir al deudor del caso en que se halla del lucro cesante por el préstamo que se le hace.

El tercer caso, en su primera parte, es del todo parecido al primero; se resuelve por lo tanto con los mismos principios. En cuanto a la segunda parte, puedo en conciencia, a ruego de otro, ofrecer mis ser­vicios para tomar préstamo a interés, si el deudor se encuentra verda­deramente necesitado de dinero, y no puede pedir prestado sin usura. Secus (no así), si el deudor pide este dinero para hacer un mayor comercio y aumentar así sus riquezas.

Me parece que es quien disfruta de la casa construida por el labra­dor el que le debe pagar el precio. Pero este precio debe ser más o menos grande a proporción del mayor o menor tiempo que el labrador ha disfrutado de la casa construida a sus expensas.

El hombre de un «tan pao-ku» (diez celemines de maíz) pertenece al número de aquellos de quienes habla el profeta rey: scrutati sunt ini­quitates, defecerunt scrutantes scrutinio. Su avidez de grano le enga­ñó. No quiere el precio de la 10a luna, que le parece demasiado módi­co, sino que quiere el precio muy probable de la 3a luna; no se le debe, pues, más que el precio de la 3a luna. Los comerciantes están a menu­do en situación de pérdida, y no de ganancia, como esperaban. La fijación del precio hecha en la 10a luna no debe hacer su condición mejor que la de los que exigen en general el precio de la 3a o 4a luna.

Le escribí otra carta donde le digo que nos encargamos de cumplir con las misas de las que habla en su breve carta; también le hablo de la escasez de dinero en que estamos y de la necesidad que tenemos de velas.

Bien o mal, he contestado a todas sus preguntas. Es tarde ya y hay que concluir. Cuide de aplicarse los consejos que me da de descansar en la época de los grandes calores.

Soy con dedicación, amistad y respeto…

P.S. Me habla de enviarme a un catequista y no dice nada de su nombre, edad, capacidad. No puedo recibir a un hombre a ciegas. Por ahora no lo necesito, pero la necesidad vendrá en el tiempo menos esperado. Dígame quién es este catequista.

  1. CARTA 41. Casa Madre, original (Baros n. 34).

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