FRANCISCO FUNDA LA PRIMERA CASA DE LA CONGREGACIÓN DE LA MISIÓN EN ESPAÑA
Antes de conocer Francisco a los sacerdotes de la Misión en Roma, había sentido interiormente impulso de consagrarse a las mismas funciones a que aquéllos se dedican, con ocasión de un Breve de La Santidad de Inocencio XI, publicado por el Excmo. Sr. Nuncio en estos reinos, en el que se disponía que ningún. Obispo promoviese a las sagradas Órdenes a ninguno sin haber antes hecho ocho días de ejercicios espirituales, como se acostumbraba en Roma y en otras partes. Sucedía esto por los años de 1680, y entonces concibió Francisco el proyecto de reunir algunos piadosos eclesiásticos con dicho fin y con el de misionar ro los pueblos pequeños, exhortando a los habitantes a hacer confesión general. Por falta de personas que le ayudasen en tan santa empresa hubo de desistir y trabajar solo por espacio de diez y ocho años en oír confesiones y predicar en las aldeas y lugares pequeños.
Anteriormente queda dicho cómo tuvo conocimiento del Instituto de la Misión en Roma y cómo trabó estrecha mistad con los Padres de la Casa de Monte Citorio, la aleta que experimentó en su interior al saber que existía en Iglesia de Dios un Instituto cuyo fin especial, fuera del e la propia santificación, es trabajar en las misiones del pobre pueblo y dirigir con los ejercicios espirituales y las Conferencias eclesiásticas al Clero, y el propósito que concibió de fundar dicho Instituto en su patria y de trabajar con todas sus fuerzas en las funciones mismas de la Congregación.
Como prudente, no manifestó su proyecto a los sacerdotes de Monte Citorio; y así dice el mismo Francisco: traté luego de volverme a mi patria, con el alborozo de que estaba tan cumplidamente formado todo cuanto yo tenía en mi corazón, pareciéndome que ya todo el negocio quedaba hecho, por juzgar no se podrían ofrecer tantas dificultades en trasplantar un Instituto como en plantarle de nuevo; y como mi mayor dificultad era el hallar, sujetos, pudiéndoles llamar de allá me pareció todo muy llano. Con esta satisfacción, luego que llegué a mi patria procuré la ejecución; y cuanto más la intentaba, mayores dificultades se ofrecían, y tan crecidas, que me obligaron a desfallecer en la empresa por reducírseme todo a imposibles, obligándome a desistir totalmente; y conociendo que todas estas cosas me llevaban sobradamente turbado, sin poder hallar sosiego en la vida recogida, ni poder aprovechar en algo en la activa, resolví dejarlo del todo y desembarazarme, gastando todo para cuanto dicho efecto tenía prevenido, para que de esta suerte no pudiese jamás volver a emprender este negocio.»
Con estas empieza la larga serie de dificultades y obstáculos con que tuvo que luchar la fortaleza de Francisco; porque conocía muy bien que las obras de Dios llevan el sello de la contradicción, y que la obra emprendida por el servicio divino necesariamente ha de participar del carácter de las de Jesucristo, cuya doctrina, aun después de su muerte, era, como dice el Apóstol San Pablo: Judaeis quidem scandalum, gentibus autem stultitiam, piedra de escándalo a los judíos y necedad a los gentiles, cuyas maravi-llosas obras, con torcidas intenciones, fueron atribuidas al demonio: in Beelzebu, príncipe daemoniorum ejicit daemonia. En el decurso de esta historia se nos ofrecerán a cada paso ocasiones de admirar la Providencia de Dios en la fundación de la Congregación en España, y de reconocer por ellas que lleva los caracteres de las obras divinas, debiéndose atribuir, no tanto al hombre, cuanto a Dios, que fue su autor.
Así las cosas, tuvo noticia por un su amigo de cómo cierto sujeto dejaba en su testamento cuanto tenía para que en Barcelona se fundase un Instituto, expresando en con-fuso las funciones de la Misión. Era este el Canónigo de Barcelona D. Jerónimo Enveja, con quien trató el negocio, y para llevarlo a cabo determinaron hablar con sujetos píos y de conciencia, que les ofreciesen ayuda en el asunto. No faltaron personas caritativas que se prestasen a ello, y quién con 200, quién con 500 y quién con 1.000 doblones, llegó a reunir hasta 4.000, de los que podría servirse dado el caso. Con esto, los bienes de Francisco, las rentas del canónigo Enveja y las de otras personas, venían a resultar 200 doblones de renta, con lo cual creyó suficiente el sostén de la casa. No le faltaba, pues, sino poner manos a la obra.
Con este intento escribió al Cardenal Portocarrero, fecha 16 de Enero de 1702, una carta en que le manifestaba su resolución de fundar el Instituto de la Misión en Barcelona, la oportunidad y aun necesidad de la Misión en i.0 la gloria que a Dios por ello resultaría y el bien para estos reinos; pidiendo al mismo tiempo la licencia y poderes necesarios para ejecutarlo.
A esta carta contestó el Cardenal con otra, fecha 28 de Enero del mismo año, en términos honrosos para Francisco y exhortándole a que llevase a buen, término el negocio. Al propio tiempo, Raimundo Berart, Maestro en la Sagrada Orden de Predicadores, a quien Francisco había tratado treinta años atrás, y a quien dirigió su primera carta con objeto de entregarla al Cardenal, de acuerdo con éste y sin comunicar cosa alguna al interesado, elevó un Memorial al Rey, para que S. M. se sirviese dar las oportunas órdenes relativas al asunto que se perseguía. Su Eminencia recomendó al Duque de Montalto, Presidente del Consejo Supremo de Aragón, este memorial, a quien fue remitido para su informe: el Duque despachó cartas para el Virrey de Cataluña con el fin de que éste consultase al Real Consejo y al Obispo de Barcelona, y tanto el Consejo como el Obispo informasen a S. M. Ninguno de estos despachos llegaron a Barcelona, a lo cual se agregó el haberse ausentado de la Corte el Presidente del Consejo de Aragón; así es que transcurrieron varios meses sin que adelantara ni un solo paso el asunto de la fundación. Asimismo el Sr. Sen-Just escribió varias cartas al Cardenal, sin que a ellas tuviese respuesta, hasta que al fin le escribió una a fines de año ó principios de Enero de 1703, en la que le recuerda cómo le había escrito varias veces y le suplica se digne favorecer los deseos que tiene de fundar la Congregación en Barcelona, interponiendo ante S. M. el Rey el valimiento de Su Eminencia, de cuya protección y la de Dios esperaba solamente el remedio de ejecutarlo.
Triste, en verdad, y angustiosa en extremo era la situación del Sr. Sen-Just en aquel entonces. En Madrid estaba relegado al olvido el asunto; en Barcelona le privaba Dios de cuatro amigos que le habían ofrecido sus haberes para la fundación; en su ánimo sentía todo el peso de la dificultad y la esterilidad de sus esfuerzos, y fuera de sí no hallaba quien le favoreciese, pues los más interesados y que más podían protegerle en el asunto le tenían olvidado por completo.
Entonces quiso el Señor que Su Eminencia respondiese a la última carta de Francisco, remitiéndole un despacho de S. M. para el Conde de Palma, Virrey de Cataluña, y otro para el Obispo de Barcelona, ambos del mismo tenor, en los que, exponiendo S. M. los móviles y rentas de Francisco para la fundación de una casa de la Misión en Barcelona, ordena «le informen sobre lo que se ofreciere y pareciere, para que entendido mande lo que convenga». Estos despachos fueron expedidos en 31 de Enero de 1703, y con todo no llegaron hasta Mayo, con la circunstancia de no haberse podido hallar nunca en la Secretaría estas car – tas, siendo preciso sacar de ellas copia. Entrególas luego el Sr. Sen-just, y recibió dos informes, de la Real Audiencia uno y del Sr. Obispo otro; ambos informes eran favorables a la fundación y daban a entender que no hallaban dificultades en ello. El informe del Sr. Obispo lleva fecha 12 de Mayo de 1703, el de la Real Audiencia no tiene fecha; pero debe ser la misma, a juzgar por el Despacho Real dirigido al Conde de Palma.
El Sr. Sen-Just remitió a Madrid estos informes, a los que contestó S. M. con una Real orden dirigida al Conde Palma y al Obispo de Barcelona, y fechada en el Palacio del Buen Retiro el 30 de Junio de 1703, del cual extractamos lo siguiente: «Habiendo visto lo que me representáis en 12 de Mayo próximo pasado acerca de la instancia que ha hecho Francisco de Sen-Just y de Pagés, de le permita fundar una Congregación, he resuelto concederle licencia, como en virtud de la presente se la concedo, para establecer dicha Congregación en la forma expresada, y ordenar y mandaros, como lo hago, que deis órdenes y providencias para su cumplimiento, y que nadie se lo estorbe, que en ello me daré por servido. Dado en el Buen Retiro a 30 de Junio de 1703 EL REY.»
El Conde de Palma publicó, a los 31 de Julio del mismo año, el Real Despacho, añadiendo otro decreto suyo, del cual copiamos lo que sigue: «siendo justo que, según que se ha servido mandarnos S. M., demos las órdenes disposiciones necesarias para el cumplimiento y ejecución de la referida gracia que S. M. ha tenido a bien conceder al mencionado Francisco de Sen-Just y Pagés para fundar en esta ciudad la Congregación que expresa la Real orden susodicha, mandamos a todos y cada uno de los oficiales y ministros de Justicia menor y mayor, de cualquier grado y condición que sean, bajo pena de 500 florines de oro fino de Aragón para el Real Erario, que den todo el auxilio y favor que sea necesario al ya dicho Francisco Sen-Just y de Pagés, para que no se le ponga estorbo ni impedimento alguno, antes bien le asistan, a fin de que, sin la menor contradicción, pueda ejecutar la susodicha fundación y demás a ella concerniente, si desean gozar de la gracia del Rey y no incurrir en la pena antes dicha.= Dado en Barcelona a los 31 de Julio de 1703.=El Conde de Palma.
Ya todos felicitaban a Francisco por el feliz éxito de este asunto, ya le daban todos mil parabienes y bienandanzas por el buen término de su empresa, cuando, por permisión de Dios, se suscitó una gravísima dificultad, y fue la de negarse el Obispo de Barcelona a recibir en su Diócesis el Instituto que Francisco deseaba fundar. Fue la causa de este cambio el haber entendido el Sr. Obispo que la Congregación de la Misión estaba exenta del Ordinario; y como en el informe que había dado la Real Audiencia, en el que el mismo Sr. Obispo había mandado al Rey, en el Real Despacho de 5. M., y en el Decreto del Conde de Palma, se hablaba sólo de una Congregación de sacerdotes seculares, y por tanto bajo la jurisdicción del Obispo, éste se negó constantemente a dar su beneplácito y a permitir la introducción del Instituto en su Diócesis. «Nunca imaginé que pudiera Su Ilustrísima tener reparo en ello—dijo el Sr. Sen-Just al Obispo.—Pues le tengo muy grande—contestó éste—y jamás la aprobaré, por haber leído en las Bulas que está exenta de los Ordinarios, y la licencia que S. M. me da es de Congregación que esté sujeta al Ordinario; y así, no siéndolo, jamás la permitiré.»
En vano trató Francisco de explicar la inteligencia de la exención; Su Ilustrísima, Sr. Benito de Sala, permaneció invariablemente adicto a la letra de las Bulas. Agregó- se a esto el ser unánime el consentimiento de cuantas personas doctas y espirituales había en Barcelona de que no convenía que la Congregación estuviese exenta del Obispo, y el haber propalado malas lenguas siniestros rumores sobre el Instituto de la Misión, diciendo no ser necesario, y que ya había en España Órdenes religiosas que desempeñaban las mismas funciones y ministerios que aquélla.
Para desvanecer las falsas razones en que se apoyaba el Sr. Obispo y hacer frente a aquel nublado que se le echaba encima, resolvió el Sr. Sen-just aclarar por escrito las dificultades y presentar a Su Ilustrísima un memorial, por decirlo así, en el que hiciese patente los beneficios que resultarían a Barcelona y a Cataluña entera de la introducción del Instituto en la capital del Principado, y la falsa opinión que sustentaban en, lo que a la exención se refería.
Después de exponer a Su Ilustrísima que «la exención que en fuerza de las Bulas Pontificias se concede a la Congregación de la Misión no es en manera alguna en menoscabo y perjuicio de la jurisdicción ordinaria de Su Ilustrísima, si sólo precisa y necesaria para poder aquélla formar en la Iglesia de Dios un cuerpo místico en las operaciones de su régimen político y económico», demuestra cómo el, Vicente de Paúl fundó en la ciudad de París la Congregación de la Misión, que aprobó la Santidad de Urbano VIII con Bula Pontificia dada en Roma en 1682, y confirmó la Santidad de Alejandro VII; añade cómo dicha Congregación se halla ya establecida en Saboya, Italia, Polonia y África; y, por último, trata de las Misiones en los pueblos, de los ejercicios espirituales a los ordenandos, los ejercicios espirituales para toda clase de personas y las conferencias eclesiásticas. Con notable acierto y maestría, con admirable conocimiento de lo que trata, expone, en tres hojas en folio, el origen, importancia, utilidad y necesidad de cada uno de los mencionados ejercicios a que se dedica la Congregación; y tal es el convencimiento que llevan al ánimo las razones que alega para establecer el Instituto en Barcelona, que cuatro doctos varones, a quienes presentó este memorial antes de enviarlo al señor Obispo, y que eran de igual parecer que éste en lo que a exención atañía, se retractaron y aconsejaron a Francisco que no sólo lo escribiese, sino lo mandase imprimir y divulgase entre tantas personas como abundaban en el parecer contrario, para hacerlas ciertas de la verdad, y así conseguir el logro de sus deseos; con todo, estas razones y argumentos no convencieron a Su Ilustrísima, que perseveró en negarle la autorización que el Sr. Sen-just pretendía.
En trance tan difícil, acordó Francisco recurrir a Madrid, por creer, y así era la verdad, que todas estas dificultades nacían de 110 haber expresado claramente S. M. en la li-cencia qué clase de Congregación permitía fundar, y que, obtenida la subsanación en el Real Despacho, que manifestase ser la Congregación de la Misión fundada por el Venerable Vicente de Paúl y tal como existía en Francia y en Italia, la que el Rey permitía fundar en Barcelona, fácilmente se desvanecerían los obstáculos y allanarían las presentes dificultades.
El medio era seguro, mas ¿cómo conseguirlo? El Cardenal no venía bien en enmendar el Decreto ni en hacer la especificación que Francisco pretendía: Su Eminencia era de parecer que se entregase nuevo memorial al Rey y que el asunto siguiese los mismos trámites que hasta entonces; a lo cual se negaba prudentemente Francisco, no sólo por el retraso que esto engendraría, sino sobre todo porque se hallaba prevenido el Consejo de Aragón para no informar favorablemente en esta consulta; y asimismo se hallaban prevenidas todas las personas que habían de intervenir en el asunto.
Tan persuadido de esta verdad se hallaba Francisco, que no dudó notificárselo claramente a Su Eminencia, manifestándole ser imposible que se lograse, a menos que Su Eminencia llevase en sus propias manos a S. M. el Decreto expedido, y que sin salir de sus propias manos, se lo remitiese nuevamente firmado a el mismo, que sólo así llegaría a manos suyas. Parecieron al Cardenal sobradamente exquisitas las precauciones de Francisco, y aunque se avisó de presentar el Decreto a S. M. y el Rey lo firmó enmendado de nuevo, lo remitió sin guardarlas; con lo cual se perdió el Decreto con tantas diligencias conseguido, y por ello el Cardenal obró con este cuidado. Por segunda vez mandó al Sr. Sent-just el siguiente Decreto: «De acuerdo el Rey Nuestro Señor que la Congregación que ha de fundar en esa ciudad Francisco de Sent-just, Pbro., para la que ha obtenido los despachos necesarios, sea un Instituto del Venerable Vicente de Paúl, en la misma forma que se observa en las Congregaciones de Francia y Roma, me manda S. M. decir a V. E. procure facilitar esa gracia con ese Obispo, por ser obra del servicio de Dios; y que S. M. desea logre todas las circunstancias que merece tan loable Instituto; de que participo a V. E. de orden de S. M. para que V. E. se dedique al mayor logro de este encargo. Nuestro Señor guarde a V. E. muchos años como deseo.—Madrid 5 de Setiembre de 1703.—D Marqués de Rivas.»
Aún juzgó Francisco que el Real decreto así enmendado no bastaría a determinar al Obispo para que diese su licencia, y creyó ser lo más acertado recurrir a Su Santidad y que el Soberano Pontífice desvaneciese con sus letras la ilusión de Su Ilustrísima. Fue esto echar leña al fuego y originar otro manantial de dificultades.
A la primera carta que escribió a Roma, fuéle respondido que deliraba, pues pedía imposibles; porque cuando el Papa hablaba a los Obispos, era mandando y no aconsejando, y en este caso no era posible mandar, y así que se dejase de ello. Mas Francisco, lejos de desistir, instó una y otra vez, y sus instancias y santa perseverancia obtuvieron de la Santidad de Clemente XI un Breve para el Obispo de Barcelona, en el que después de manifestar Su Santidad el aprecio y estima en que tiene a la Congregación de la Misión y los muchos bienes que de el la resultarían a la Diócesis en la que se pensaba establecer, exhorta a Su Ilustrísima a dar su licencia, que con ella ningún menoscabo y perjuicio sufriría su jurisdicción episcopal. Este Breve, firmado por el Cardenal Panucci, es de 20 de Septiembre de 1703.
Callemos ahora un instante y escuchemos lo que nos dice Francisco: «Esta tan singular demostración de Su Santidad (que se puede asegurar sin ejemplo), después de alcanzada se perdió en el Correo; y son seis las veces que en casos semejantes ha intentado el enemigo por este medio impedir la fundación; pues jamás se ha podido saber de dónde provenía tanto perderse los papeles efectivos para dicha fundación, cuando nunca experimenté perdérseme otra carta alguna de tantas como se han escrito por este negocio, tanto en Roma como en Madrid. No obstante que se perdió este original, me llegó, el mismo día que recibí el segundo Decreto de S. M., copia de esta carta pontificia; y viéndome fortalecido con dos tan poderosos medios para el deseado fin, fui a participarlos a Su Ilustrísima: leyólos, y admirado (creo yo por lo raro) con especialidad de la carta de Su Santidad, quiso como prudente hacer reflexión en la materia, si pudiera ser (como no constaba de su original) alguna facilidad del Agente, que me engañase a mí y quisiera engañar a Su Ilustrísima; y así no alcancé en esta ocasión esperanza alguna de consentimiento de dicho Señor: antes llegué a lo último de la desconfianza; viendo que nada se había movido; cuando, de allí a dos días, me envió al Muy Rvdo. Luciano Marzán, Doctor en Sagrada Teología, catedrático de Prima jubilado en la Universidad de Barcelona, su teólogo y examinador sinodal, sujeto a quien veneramos por su virtud, doctrina y prudencia por singular de nuestros tiempos, diciéndome venía de parte de Su Ilustrísima para que, siempre que quisiese, llevase el Instrumento de la fundación, que desde luego le admitiría y decretaría con todas las cláusulas y circunstancias que fuesen menester.»
Este Instrumento lleva la fecha de 6 de Noviembre de 1703.
Dirígese principalmente este Instrumento a encarecer la necesidad de celosos operarios que trabajen en evangelizar a los pobres, como lo practicó Jesucristo, los Apóstoles y sus sucesores; manifiesta como nunca faltaron en la viña del Señor órdenes dedicadas a sembrar la divina semilla entre la pobre gente del campo, y singularmente en estos tiempos, dice, en que ha sido del agrado de Su Majestad divina suscitar a Vicente de Paúl para la fundación de un Instituto, cuyo fin principal es anunciar la divina palabra a los habitantes de los pueblos y aldeas e instruir a los eclesiásticos en las ciencias y virtudes necesarias para el desempeño de su ministerio; Instituto—prosigue—que hemos tratado de arraigar en España y para el cual tenemos licencia de S. M. el Rey y del Ilmo. Sr. Obispo de Barcelona, en virtud de las cuales, y para mayor honra y gloria de Dios y provecho de las almas, instituyo y fundo, en compañía del Sr. D. Jerónimo Enveja, la primera casa de In Congregación en esta ciudad de Barcelona, dando para ello nuestros bienes y rentas, y cuanto fuere por otra parte necesario.
Síguense después cuatro Decretos del Obispo de Barcelona, D. Benito de Sala; del Virrey de Cataluña, ExcelentIsimo Sr. D. Luis Fernández de Portocarrero; el del Obispo de Urgel, D. Julián Cano, y el del Obispo de Gerona, Don Miguel Juan de Taverner y Rubí, en los cuales se aprueba el Instrumento de la fundación, redactado por el Sr. Sentjust. Los de los Obispos de Urgel y Gerona están firmados por sus respectivos Vicarios generales, a saber: el pri-mero por Juan Simón Fontllonga, y el segundo por Don Francisco Ferrer. Llevan, respectivamente, las fechas de 6 y 10 de Noviembre de 1703; de io y 6 de Abril de 1704, y de 24 de Abril del mismo año.
Decretada y legalizado con las debidas formalidades, dicho Instrumento fue remitido a Roma con una carta del Ilmo. Sr. Obispo de Barcelona para la Santidad de Clemente XI, en la que pide al Padre Santo se digne aprobar con su autoridad apostólica lo que se intenta llevar a cabo, para cuyo fin y resolución de las dificultades que pudieran atravesarse encarga de todo en Roma a Benito Vedella, Arcediano de Gerona, quien arreglará el negocio conforme Su Santidad disponga.
Al propio tiempo escribió el Sr. Sent-just a los sacerdotes de la Casa de Monte Citorio anunciándoles el gozo que sentía al ver logrados sus deseos y pidiéndoles para la fundación sujetos afectos a los españoles, de éstos si los hay, y si no portugueses o italianos, pero con la condición de que los últimos sean de la provincia de Italia, a la cual añade debe pertenecer esta Casa, hasta que haya en España suficiente para constituir provincia por separado.
Indecible fue el júbilo con que acogió la Santidad de Clemente XI la carta del Sr. Obispo de Barcelona, pues convidaba a todos a dar gracias a Dios por el feliz éxito de la empresa, y a que alabasen el celo ,del Prelado, a quien dirigió un Breve apostólico en el que pondera la solicitud del vigilante pastor, quien, para apacentar el rebaño que le confió la Providencia, no sólo le procura abundantes pastos, sino también excelentes operarios, cuales son los de la Misión, y abriga la esperanza de que una vez que palpe el copioso fruto que tan santo Instituto produce en todas partes, hará cuanto esté de su parte para propagarlo por toda España. En este Breve son de notar las siguientes palabras: Interim vera Domum istic, ut praefertur eligendam, illi Congregationis Misionunz parti,quae provincia Italiae assignandam esse declaramos. Declaramos que la nueva casa que se trata de establecer ahí pertenezca a la Provincia de Italia.
El Eminentísimo Sr. Cardenal Palucci remitió el Breve al Obispo juntamente con una carta en italiano para admitir de plenitudine potestatis a dicho Francisco de Sen-just en la Congregación de la Misión. Ambos documentos llevan fecha de 29 de Diciembre de 1703.
También contestó a la carta del Sr. Sen-just el Visitador de la Provincia de Italia, Sr. Lázaro María Figari, quien, con fecha 22 de Febrero de 1704 escribía al Sr. Sen-just: que mientras disponía los individuos que habían de pasar de Italia a España para fundar la casa, se alegraba de que Su Divina Bondad hubiese inspirado este pensamiento al Sr. D. Francisco Sen-just y Pagés y a D. Jerónimo Enveja, a quienes abrazaba en espíritu corno a verdaderos hermanos, y que en el entretanto rogaba a Dios se dignase conceder su gracia para llevar a cabo tan santo propósito.
Por desgracia, tanto el Breve de Su Santidad como la carta pontificia dirigidas al Obispo y la dirigida por el se- flor Lázaro María Figari al Sr. Sen-just, se perdieron en el camino, retrasándose con esto la fundación de la casa; y como si no fuera ya bastante este impedimento, ó mejor dicho, como si la Providencia quisiera demostrar ser obra enteramente suya la fundación de la Misión en España, suscitáronse muchas y serias dificultades. Dios llevó para sí a muchas personas interesadas en la obra; al Canónigo Enveja se le murió un sobrino, y tuvo que aplicar gran parte de sus rentas en aliviar a sus deudos; el Sr. Sen-just no cobraba por la miseria de los tiempos que corrían, llegando entonces a decir que si en este tiempo tuviera libertad, debía en conciencia dejar la fundación.
Quiso Dios, no obstante, que recibiera el Breve y la Carta para el Obispo en ocasión en que se hallaba éste visitando la Diócesis, y sabiendo Francisco la prontitud con que Su Santidad deseaba se procediese en el asunto, se lo remitió al lugar en que se hallaba Su Ilma., quien contestó a Francisco que procediese con el Doctor Marzal a disponer lugar decente para colocar el Santísimo Sacramento.
Así las cosas, se suscitó otra gravísima dificultad, que pudo muy bien impedir, ó por lo menos retardar varios años la fundación del Instituto en España. Al presentarse Francisco a la Excma. Ciudad con los anteriores documentos, como lo había hecho al Virrey, para que asistiesen a la inauguración de la casa, repuso el Consejo ser jurisdicción suya, en virtud de Real privilegio, dar licencias para la erección de fundaciones y edificación de iglesias. El Obispo mandó a Francisco que hiciese caso omiso de lo dicho por el Consejo, por ser de la jurisdicción episcopal solamente y no de la regia potestad lo que se trataba, y le aseguró que ni en lo más mínimo cedería de esta jurisdicción. Por otra parte, el Consejo se hallaba resuelto a elevar consulta a S. M. el Rey y a Su Santidad el Papa; más reconociendo Francisco que de proceder así nunca ó tarde terminaría en bien la fundación, aconsejó al Obispo que, de acuerdo con el Virrey, a quien se había dado cuenta de ello, y en virtud de la licencia de S. M., sin tener en poco ni en mucho lo que dijera ó hiciera el Consejo, procediese por sí y ante sí, y sin dar razón a nadie, a colocar al Santísimo Sacramento en la capilla, a fundar la casa de la Misión en Barcelona y a admitirle a él como primer miembro de este Instituto en España.
¿Qué hizo el Consejo al tener noticia de lo sucedido? Oigamos al Sr. Sent-just: «Hechas todas estas funciones, me mandó Su Ilustrísima fuese a participarlo a la Excelentísima Ciudad; y aunque quisiera excusarme de esto, pues conocí habían de tenerlo por chasco, la obediencia me precisó a ejecutarlo; y en la audiencia que me dio luego el Excelentísimo Consistorio referí cómo quedaba del todo ejecutada la fundación, y erigida Iglesia; lo que había parecido al Sr. Obispo ser así conveniente, por no entrar en dificultades de jurisdicción, >que podían ocasionar discusiones con quien Su Ilustrísima deseaba vivir con toda paz: y por este lado estimaba yo mucho se evitara este lance; pues preciándome de tan hijo de la Excma. Ciudad, sintiera mu, que de obra en que yo había puesto las manos se hubiese de originar disturbio alguno que pudiera permanecer; y aunque al presente no dudaba habría algún sentimiento, esperaba que en breve quedaría la Excma. Ciudad asegurada no haberse en esto obrado cosa contra su autoridad. Sólo las circunstancias de los tiempos precisaban que, por lustre de la misma ciudad, se hubiese así ejecutado; y que si en algo se faltase en esta ocasión, se podría reintegrar en la venida de los fundadores que enviaba Su Santidad, que con la dilatación del edificio y formación de la iglesia nos honraríamos de obtener su gracia, consentimiento y admisión del Instituto. A que me respondieron que se les hacía muy nuevo que así se hubiese ejecutado, y que verían con el sabio Consejo de Ciento lo que en este caso se debía obrar: pasó la noticia universalmente, por toda la ciudad con sentimiento ‘general, y aun asegurando que, a no ser por ciertos respetos, se había de asolar la casa, por lo menos que no había de subsistir esta fundación. Con esto vinieron otros empeños y conflictos de muy mayor monta y cuidados, que impidieron totalmente atender a esto, con que quedó esta casa gozando con toda quietud la formalidad de eclesiástica con comunidad, Santísimo Sacramento, campana y todas las demás circunstancias que se requieren para una perfecta posesión.
De todo lo ejecutado dio cuenta el Sr. Obispo de Barcelona al Papa por medio de dos cartas dirigidas, respectivamente, una a su Santidad y otro al Cardenal Palucci; por desgracia se ha perdido el original de la última.
El ocho de Julio de 1704 llegaron a Mataró los señores Domingo Orsese, Juan Bautista Balcón y Luis Narváez, tres misioneros enviados desde Italia para ser los primeros fundadores de la Congregación en España. Apenas Francisco tuvo conocimiento de la llegada de su Superior y hermanos, dio aviso al Obispo, quien inmediatamente dispuso la salida del Vicario general para recibirlos y conducirlos en su propia carroza: el Sr. Sen-just buscó otras dos de unos amigos y se adelantó a recibirlos hasta el Río Besós, en donde abrazó y prestó obediencia a su Superior, pues había sido admitido en la Congregación el 24 de Mayo; juntáronse luego con las otras carrozas y se dirigieron derechamente al palacio episcopal, donde fueron recibidos con las mayores muestras de afecto por parte de Su Ilustrísima, quien mandó que en las mismas carrozas se dirigiesen a la casa Misión, en la que entraron llenos de gozo, y después de adorar al Santísimo Sacramento, se despidieron del Canciller y de otros ilustres personajes que en su entrada los habían acompañado.
Al día siguiente, 9 de Julio, se dirigió la Comunidad al palacio episcopal, y allí entregó el Superior de la Misión, Sr. Orsese, al Sr. Obispo el Breve de Su Santidad; después, acompañados del mismo Sr. Obispo, se presentaron al Virrey, a quien igualmente hicieron entrega de otro Breve, que recibió con muestras de satisfacción y reconocimiento. Despedidos del Virrey, fueron acompañados hasta la casa de la Misión, no sin que antes el Sr. Obispo les obligase a recorrer en su coche las principales calles de la ciudad, para así demostrarles su afecto y hacerlo conocido de los habitantes de Barcelona.
Al otro día hicieron lo mismo con el Consejo de la ciudad, al cual dirigió una hermosa oración latina el Superior de la casa, Sr. Domingo Orsese, al entregarle el Breve que la Santidad de Clemente XI le dirigía, y en el cual habló también el Sr. Sen-just, en lengua catalana, para dar las gracias al Consejo de la ciudad. El Presidente del Consejo contestó en latín al Superior, agradeciendo la atención de Su Santidad, y en catalán el Sr. Sen-just, manifestándole que el Consejo haría cuanto estuviese de su parte para mantenerse en buenas relaciones con la nueva Congregación que se acababa de fundar.
Finalmente, otro día después el Sr. Obispo invitó a los misioneros a su mesa; y habiendo ya llegado los equipajes de éstos, le entregaron las reliquias y otros regalos que en prueba de amor y gratitud enviaba a Su Ilustrísima Su Santidad el Papa, y asimismo recibieron las felicitaciones de lo más selecto de la población barcelonesa.
Tal fue el origen del Instituto de la Misión, y tal el instrumento de que se sirvió el Señor para establecerla en España. Quien haya leído con atención cuanto queda dicho en el presente párrafo, al ver las contradicciones que se suscitaban de parte de unos y de otros, hasta de personas que por su condición y estado debieran ayudar en tan santa empresa; al considerar el origen, desarrollo y feliz término de tan excelente obra, no podrá menos de confesar que el Instituto de la Misión en España fue obra de Dios, autor y origen de todo bien, y que como tal fue llamado para producir dignos frutos de bendición y santidad en el pueblo, y reformar las costumbres del sacerdocio cristiano en las hermosas regiones de nuestra querida patria.






