16 mayo 1642
Luis, por la gracia de Dios rey de Francia y de Navarra, a nuestros amados y fieles consejeros de nuestra corte y parlamento de París, al preboste de dicho lugar o su lugarteniente, y a todos nuestros oficiales de justicia, lugartenientes y a cada uno de los que corresponda intervenir en este asunto, salud.
Nuestros queridos y muy amados los sacerdotes de la congregación de la Misión nos han expuesto e indicado que, habiendo obtenido de nuestro Santo Padre el papa las bulas adjuntas bajo el contrasello de nuestra cancillería en las que se aprueba su instituto, les gustaría poner en ejecución dichas bulas, si quisiéramos concederles las cartas que para ello necesitan, por lo que nos suplican humildemente este favor.
Por estos motivos, teniendo una consideración especial por todo lo que atañe a esta congregación por los frutos tan grandes que sigue produciendo todos los días para la gloria de Dios, ayuda y salvación de nuestros pobres súbditos del campo, permitimos y otorgamos por las presentes, queremos y deseamos que los sacerdotes de dicha congregación de la Misión puedan y les sea permitido ejecutar dichas bulas y gozar del contenido de las mismas en todas sus partes, según su forma y tenor.
Por ello mandamos que por nuestras cartas de permiso, licencia y beneplácito, hagáis, permitáis y dejéis gozar plena y pacíficamente a los sacerdotes de dicha congregación de la Misión presentes y venideros del contenido de estas bulas, haciendo cesar todos los obstáculos e impedimentos en contrario, con tal que en ellas no haya nada contrario a nuestros derechos y concordatos entre la Santa Sede y Nos, o contra los privilegios y libertades de la iglesia galicana. Tal es nuestra voluntad. Os damos poderes y mandato especial para hacerlo así.
Dado en París, el 16 de mayo del año de gracia 1642, trigésimo segundo de nuestro reinado.
Por el rey en su consejo,
SAULGER







