Vicente de Paúl, Documento 122: Informe Presentado A Propaganda Fide Sobre La Suplica De San Vicente De Junio De 1628

Francisco Javier Fernández ChentoEscritos de Vicente de PaúlLeave a Comment

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22 agosto 1628

Sobre la Misión de los condes de Joigny.

Los sacerdotes seculares de la Misión de Francia, dotada por el conde y la condesa de Joigny, bajo la dirección y prefectura de don Vicente de Paúl, sacerdote de Dax, después de exponer los frutos que han conseguido en diversas diócesis de Francia, predicando y confesando en sus pueblos y aldeas, haciendo desaparecer las enemistades e introduciendo la paz, convirtiendo a los herejes y llevando a cabo otras obras diversas en provecho del prójimo, todo ello con licencia de los ordinarios, dispuestos a erigir y fundar una congregación de sacerdotes bajo el título de misioneros, suplican a su señoría se digne aprobarla y confirmarla con su autoridad apostólica con las infrascritas condiciones y facultades:

1. Que Su Santidad haga superior general a dicho don Vicente de Paúl;

2. Que se puedan agregar otras congregaciones en otras diócesis a esta congregación principal, y recibir en ella a otras personas;

3. Que los sacerdotes queden exentos de la jurisdicción de los ordinarios, ita tamen ut in missionibus et in pertinentibus ad eas estén obligados a obedecer a los mismos ordinarios;

4. Instituir Cofradías de la Caridad para atender corporal y espiritualmente a los enfermos;

5. Dar normas y constituciones no contrarias a las constituciones pontificias y decretos de los concilios, especialmente el tridentino, y cambiarlas, lo mismo que se hace en las otras congregaciones o religiones;

6. Obtener, como las demás congregaciones capaces de legados y bienes, las facultades propias de los misioneros, tal como se explica brevemente al final de su súplica.

El nuncio de Francia, en carta desde Rochelle del 21 de junio de 1628, recomienda esta obra a la Sagrada Congregación en lo que le parezca razonable, testificando que las personas que pertenecen actualmente a esta congregación son de muy buenas costumbres y que su instituto es muy necesario y habrá de dar muchos frutos en las diócesis de aquel reino.

El obstáculo para esta Congregación consiste en que, al introducir una nueva comunidad religiosa y con la exención de los ordinarios, se les perjudica notablemente, ya que muchos sacerdotes se refugiarán en esta congregación para escapar de ellos, y de este modo el clero secular se irá debilitando y mermando, a lo que conviene estar atento en medio de tanto número de religiones; y efectivamente se ve cómo los sagrados cánones siempre lo han tenido en cuenta, prohibiendo que los beneficios seculares no se les concedan a los regulares, ya que sin ellos necesariamente decaería el clero secular, y también ordenando la fundación de seminarios con mucha diligencia e insistencia, como se ve en el sagrado concilio de Trento, que ha querido gravar también a los regulares no mendicantes para la creación de los mismos, teniendo dichos cánones presente que, si la iglesia quedara en manos de los regulares que tienen como fin principal el mantenimiento y fomento de sus religiones, sin otras miras, fácilmente se disolvería la jerarquía eclesiástica.

También es un obstáculo que, si se instituyese una congregación que tenga como finalidad las misiones, como es ésta precisamente, al ir creciendo podría convertirse en religión bien formada y se indignarían las demás congregaciones, que no querrían ya suministrar misioneros a esta sagrada Congregación.

Juicio

Yo sería del parecer que, teniendo en cuenta las necesidades actuales de Francia, se instituyera por decreto de la Sagrada Congregación la Misión de estos sacerdotes con amplias facultades per totum regnum Galliae de licentia ordinariorum, que pudiera aumentar hasta el número de 20 ó 25 sacerdotes y no más, sin darle forma de congregación ni de cofradía, ya que no tolera estos títulos ni estos vínculos la naturaleza de la Misión, siendo necesario cambiar a veces las personas de los misioneros por diversas circunstancias y teniendo que cesar la Misión al cesar su necesidad; por eso se le podrían señalar al nuncio estas y otras consideraciones por el estilo, ordenándole que comunique a dichos sacerdotes que la Sede Apostólica no cree oportuno instituir religiones ni cofradías ni congregaciones de Misiones, pues además de que la naturaleza de las Misiones está en contra de estos vínculos, también está en contra suya la perpetuidad de las congregaciones, religiones y cofradías que se instituyen para atender a unas necesidades que cesan con la conversión de los pueblos a los que se envían.

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