1.- Fundación del Real Noviciado. Continuación. Ignoramos en virtud de qué causas, Aquí suponemos fueran políticas, la Señora Condesa de Trullás se vio desterrada de Madrid con fecha 1 de octubre de 1805 y confinada en Calatayud.
Ocasión oportuna era aquella para el feliz arreglo del Real Noviciado, pero ya hemos dicho que la raíz del mal estaba allí muy honda y el Sr. Arzobispo muy empeñado en la nuevas Constituciones. En su mano ya los poderes que antes había tenido la Condesa comisionó a su Secretario para que, en compañía de D. Rafael Fernández, se informara de estado de la casa y, con fecha 16 de enero de 1806, el Sr. Cardenal comunica a Ceballos que el estado actual del Noviciado era de suma pobreza, lo que le había obligado a enviarles gran cantidad de ropa y que sentía no tener autorización para separar de allí a las Niñas del Colegio de la Paz y llevarlas a sitio más ventilado.
En efecto. Señor Excmo., el Noviciado, como que sólo es una casa de educación y enseñanza para las que han de profesar el santo Instituto de Hermanas de la Caridad, debe estar totalmente separado del Colegio de las niñas de la Paz. Las novicias, en cualquier parte se hallan bastante ocupadas en aprender lo que después han de practicar… Las Niñas de la Paz tienen, todavía existente, su antiguo Colegio, a que pudieran fácilmente trasladarse y cuando se juzgue conveniente que algunas Hijas de la Caridad permanezcan a la mira de su educación, serían por mí destinadas a este fin, proporcionándolas por la Junta de Señoras unida a la Sociedad Económica de Madrid, habitación cómoda en el mismo Colegio… Así, parece indispensable, pues, que las rentas de la casa Noviciado no pueden sufragar a estos gastos, si como es justo han de soportar los necesarios para su asistencia espiritual y temporal.
Tal vez con respeto a las Hijas de la Caridad y su Noviciado podrían convenir el que solo yo y mis sucesores en la Mitra de Toledo entendiéramos y fuéramos los encargados de la dirección espiritual y temporal, sin intervención y dependencia de ninguna otra persona… Y así, en cumplimiento de lo que me manifiesta V.E. de su Real Orden de 11 de este mes he comunicado, con esta fecha, los correspondientes a los dependientes del Colegio de Niñas de la Paz para que enterados, se entiendan con la Junta de Señoras…».
Parecieron bien al Rey ambas proposiciones y, con fecha 22 de enero de 1806 dirigió al Sr. Cardenal una Real orden, encargándole de la exclusiva dirección del Noviciado; y otra, a la Junta de Señoras, poniendo a su cuidado el Colegio de la Paz.
El primer acto jurisdiccional del Sr. Cardenal Arzobispo de Toledo, sobre la dirección interior del Noviciado, fue el Oficio de 14 de febrero, ordenando al Cura de la Parroquia de San Sebastián que comunicase a Sor Manuela Lecina, como Superiora, la real determinación, a la vez las facultades oportunas para la renovación de votos, en el día 25 de marzo. ¿A qué se referían estas facultades? ¿Quién se las había pedido? Esto era entablar un problema de conciencia muy íntimo y doloroso para las Hermanas, quienes, saben que hacen los primeros votos de Hijas de la Caridad autorizadas por sus Superiores y con igual autorización los renuevan cada año.
Sor Manuela Lecina y la generalidad de las Hermanas, fieles a su vocación, sin duda pedirían y obtendrían tal permiso aquel año, como siempre, de su Superior legítimo, entonces en Roma, el Vicario de la Congregación Sr. Brunet, por medio del Visitador de España, Sr. Sobíes. Como la renovación es en el secreto de la conciencia, sin más testigo que Dios, asunto tan transcendental podría pasar desapercibido. Pero el oficio del Sr. Arzobispo claro manifestaba que algunas y, desde luego la Maestra de novicias, habían solicitado dicho permiso del Prelado diocesano y dejado en consecuencia de ser Hijas de San Vicente. De esto resultaba necesariamente dos obediencias dentro de la misma comunidad, quedando rota la unión, y por mucho que exteriormente ellas pudieran convivir, era aquella una situación muy violenta que no podía durar mucho tiempo.
Providencialmente la Real orden que ponía el Colegio de las Niñas de la Paz bajo la dirección de la Junta de Señoras de la Inclusa, separándole de la casa Noviciado, habría una oportuna puerta de escape en aquella angustiosa situación. Ya queda referido cómo, aunque Sor Manuela Lecina había sido nombrada Superiora del Real Noviciado, seguía siéndolo también de la Inclusa, a petición de los señores de la Junta. I as Hermanas de la Inclusa habían permanecido, desde el principio, unidas y fieles a su vocación, bajo la dirección única de aquellas linajudas Damas, cuyo poder era muy alto. Suplía la ausencia de Sor Manuela en la Inclusa, Sor Rosa Grau, Hermana de mucho espíritu.
«Debiendo ser el Colegio de Niñas de la Paz de esta Villa, decía la real orden, un complemento de la Inclusa, ha resuelto su Magestad que la misma Junta de Señoras, que la dirije con tanto acierto y tan a satisfacción del Rey y del público, corra igualmente, en lo sucesivo con el cuidado y gobierno de dicho Colegio. Y no pudiendo éste, en sentir del Cardenal Arzobispo de Toledo, estar reunido al Noviciado de las Hijas de la Caridad, por exigirlo así la educación de las Novicias y por lo estrecho y malsano del edificio, que ocupan ahora unas y otras, quiere Su Magestad etc…»
La Junta resolvió hacerse cargo del Colegio en 7 de febrero y pidió a Su Magestad auxiliase a las niñas para su sustento y manutención, pues no tenía con qué poder atender a ellas, ni tampoco para cuidar de su educación, salud y establecimiento futuro, auxilio que regulaba en 150.000 reales, lo cual no debería ser excesivo, sí se comparaba el número de niñas que debía de entrar en esta casa y que, en el día, existían noventa de ellas, con los 120.000 reales que goza el Noviciado en los fondos de Malta, para mantener 18 o 20 personas en una vida austera y retirada; y por lo que hace a la separación de esta casa conceptuaba la Junta ser útil y necesaria.
Una de las primeras providencias de las Señoras fue reconocer el estado del antiguo Colegio de la Paz y ver los reparos necesarios para la pronta traslación de las chicas. Entretanto, y en vista de la renuncia del Sr. Arzobispo a ceder o anticipar de los fondos del Noviciado en favor del Colegio, se verificó una colecta de auxilio para atender a las más preventorias necesidades.
Con fecha 21 de febrero Ceballos comunica a la junta otra Real orden por la que, «condolido S. Magestad de la miserable situación de estas inocentes niñas y deseando manifestar a la Junta lo muy gratos que le son los infatigables y generosos desvelos con los que se consagra al desempeño de los utilísimos objetos de su Instituto, se ha servido concederle, por una vez, para los gastos de reparación del Colegio de la Paz y traslación de las niñas, dos mil doblones en metálico sobre los fondos de las encomiendas de S.Juan…».
Promete conceder alguna dotación fija. «Y en atención a que el Colegio de la Paz es un completemento de la Inclusa, ha resuelto S.M. que estos dos establecimientos formen un sólo cuerpo y una sóla mesa de rentas y que se reúnan aunque en departamentos separados, en la casa Colegio de la Paz; con lo cual se logrará mayor arreglo y mejor economía y se evitarán los malos efectos que necesariamente han de resultar de lo estrecho y malsano de la actual Inclusa, cuyo edificio podrá alquilarse en beneficio del establecimiento.
Estas Reales disposiciones eran de suma importancia, no sólo para el Colegio de la Paz que salía así de la angustiosa situación en que le había colocado la Sra. Condesa de Trullás al unirle al Real Noviciado, sin lograr poderle atender, sino porque, siendo varias las Hermanas que estaban al cuidado de las niñas, hallaban la más oportuna ocasión para volcarse a la Inclusa, librándose así del peligro que corría su vocación, si continuaban en el noviciado. Claro lo vio Sor Manuela Lecina, quien extremando sus atenciones con las Señoras y de acuerdo con ellas, con la mayor prudencia posible fue disponiendo la traslación. Pero no pudieron evitar que Sor María Arenas, que estaba en la Inclusa y era muy adicta a Sor Lucía, y de acuerdo con ella y con noticia del Sr. Arzobispo, se pasase al Noviciado arrastrando consigo a otras tres Hermanas. Esto favorecía la retirada de las Hermanas fieles, pues hubiera sido llamar mucho la atención, dejar sola a la Maestra con la media docena de novicias que entonces eran.
Ya en 16 de mayo avisaba el Sr. Administrador que la casa de la calle del Prado, n° 3, manzana 226, perteneciente al Colegio de la Paz, estaba en disposición de recibir a las Niñas pero vista por las Señoras, hallaron necesidad de hacer algunas obras.
Por fin, en los días 5 y 6 de octubre se hizo la mudanza de las niñas a dicha casa, próxima al Real Noviciado, pasando con ellas la Superiora, Sor Manuela Lecina y otras cinco Hermanas, con el motivo justificado de organizar la buena marcha del Colegio. Que no fue todo del agrado del Sr. Arzobispo este traslado de las Hermanas bien se manifestó, primeramente, en las dificultades que puso para conceder en la nueva casa la facultad de oratorio que se puso interinamente, en una pieza a este fin destinada, para que en ella pudieran oir misa los días festivos, pues les era muy gravoso haber de salir de casa con sólo este objeto.
Pero más se manifestó en el oficio que Ceballos dirigió a la Junta con fecha 18 de octubre. «Para dar cuenta al Rey, dice, con el debido conocimiento, de una representación me ha dirigido el Cardenal Arzobispo de Toledo, necesito que la Junta de Señoras, a o cargo está la dirección de las Niñas de la Paz, me informe las causas y motivos que haya tenido para trasladar a éstas de la casa del Noviciado de las Hermanas de la Caridad a otra contigua, sin dar parte previamente al referido Cardenal, a quien compete la Jurisdicción sobre las Hermanas de la Caridad».
Respondió la Junta cómo ya en cuatro oficios dirigidos al Secretario del Cardenal, D. Rafael Antón, en 28 de agosto, 15 y 18 de septiembre y 11 de octubre se le había comunicado a Su Eminencia el traslado de las niñas, «sorprendiéndose las Señoras de lo que se les manifestaba relativo a las Hermanas de la Caridad, sobre cuyo punto, desde la Contrata celebrada, en 25 de noviembre de 1803, con la Superiora General y el Visitador de bis Padres de la Misión, no ha tenido orden ni prevención alguna que anule aquélla ni declare hallarse bajo la jurisdicción de su Eminencia las doce o catorce Hermanas escogidas detenidamente para ser empleadas por la Junta y con la instrucción respectiva a los objetos w su Instituto, como Inclusa, Colegio y demás, sin que pudiera ocultarse a la penetración su Eminencia que, tratándose de mudar el de la Paz a un edificio más sano y ventilado, había sido mucho errar dispusiera de las doce o catorce individuas que las asistían».
En contestación a este informe, recibió la Junta la siguiente Real Orden, con fecha 13 de diciembre: «En esta fecha digo, de Real orden, Al Cardenal Arzobispo de Toledo lo que sigue: He dado cuenta al Rey de lo representado por Vuestra Eminencia… quejándose de que la Junta de Señoras… trasladó, sin noticia ni aviso, al Colegio de la Paz, las Niñas de él que estaban en el Noviciado de las Hijas de la Caridad, llevándose, al mismo tiempo, algunas de éstas y proponiendo algunas dudas cuya resolución interesa para perfeccionar las Constituciones del Noviciado de dichas Hermanas. Su Majestad, con vista de lo expuesto por vuestra Excelencia y la Junta de Señoras y teniendo presente lo prevenido por los Sagrados Cánones, la práctica adoptada por los RR. Obispos de París para el gobierno de las mencionadas Hermanas y los hechos y doctrinas con que S. Vicente de Paúl predicó constantemente el respeto, honor y obediencia a los Diocesanos, me manda decir a V. Eminencia, como lo ejecuto, lo siguiente:
1°.- Que la Contrata, que paso a V. Eminencia con devolución y que la referida Junta celebró con las Hijas de la Caridad, cuando las trajo para la Inclusa, enterará a V. Eminencia de que éstas nada hicieron en abandonar la casa Noviciado sino obedecer al llamamiento de la Junta y cumplir con unos deberes que merecen ser corroborados con la Real aprobación.
2°.- Que las Hermanas contaron con el Prelado para la traslación del Colegio, pues le pidieron permiso para establecer su capilla.
30.- Que siendo, como es, indiferente que las Hermanas de la Caridad de la citada Inclusa estén inmediatamente dirigidas por los Señores de la Misión o por clérigos seculares, pues de todo hay ejemplares en nuestra península, Su Majestad prefiere que, respecto de las Hermanas consagradas al servicio de la Inclusa, se observe en el caso presente lo pactado en la citada Contrata. Mas no por esto los encargados de su gobierno espiritual serán exentos de enterar a los MM. RR. Arzobispos de Toledo de cuanto quieran saber en orden a la moralidad de las Hermanas, pues siendo una parte de su grey, también lo son de su cargo y vigilancia pastoral.
4°.- Que es la voluntad de su Majestad que el Noviciado de Madrid sea la residencia de la Superiora de toda la Congregación de las Hermanas de la Caridad, la cual Congregación, reducida a los límites de la Diócesis de Toledo, dependerá de la jurisdicción ordinaria de sus Prelados, los cuales eligirán a su arbitrio para la inmediata dirección de las Hermanas a los eclesiásticos seculares o regulares, que juzguen más aptos, para este importante cargo y los demás Prelados podrán admitir iguales Congregaciones de estas Hermanas… siendo cada uno independiente, dentro de su Diócesis».
Esta Real Orden era de la mayor trascendencia para las Hijas de la Caridad porque, primeramente, hería de muerte al ambicioso proyecto de los Señores Comisionados, que pretendían hacer las nuevas Constituciones, abarcando a todas las Diócesis y Casas; y, en segundo lugar, dejaba en amplia libertad a los Misioneros para seguir Gobernando el Instituto. Es verdad que el Real Noviciado se podía dar por perdido, pero tiempo habría de recuperarlo, y, en el peor de los casos, no era imposible fundar otro sobre más sólidas bases.
No había caído, pues, en el vacío las luminosas representaciones de los Misioneros por boca del Ilmo. Sr. Obispo de Lérida ni el intencionado informe de las Señoras de la Inclusa, en un todo de acuerdo con Sor Manuela Lecina.
El Ministro Ceballos, aunque desorientado en medio de tan altos y opuestos pareceres, estaba muy por encima de los estrechos moldes del Cardenal o digamos mejor, de sus asesores, movidos por la desdichada postura adoptada por la maestra de Novicias.
Sor Manuela Lecina, siempre de acuerdo con el Visitador P. Sobíes, no se contentó con mover todos los resortes ante el Rey, por medio de la Junta de Señoras, sino que, queriendo prevenir algún golpe irremediable en Roma, ya a fines de 1805, ella misma, o lo que es más creíble, con el P. Visitador, acudió por cartas al P. Brunet, entonces Vicario que acababa de trasladarse de la Ciudad Eterna a París, para que él influyese, tanto del Papa como del Emperador, a fin de impedir la separación de las Hermanas de España. El Sr. Brunet rogó, en efecto, al Cardenal Freseh, pariente de Napoleón, que interpusiera ante éste su influencia «para impedir esa separación, tan contraria al deseo de las Hermanas Españolas». Su Eminencia contestó al Señor Brunet, en 7 de marzo de 1806, con la siguiente carta: «Os mando copia de la respuesta que el Secretario de Estado me
sobre esto. Yo trataré de hacer cuanto pueda en favor de vuestras Hermanas pero os aseguro que no está la ocasión propicia para negocios semejantes, y, si el Rey de España pide que ellas se separen no les quedará más camino que obedecer o a Francia»,
Unidos ya de una manera estable por Real orden la Inclusa y el Colegio de la Paz, Junta de Señoras resolvió juntar ambos establecimientos en un sólo edificio, propiedad del Colegio situado en la calle de Embajadores. Acondicionado este local, a él se trasladaron los días 28, 29 y 30 de septiembre de 1807, «avisándoselo así al Sr. Cardenal para su noticia, lo mismo que al ministro Ceballos, quien en 1° de octubre escribe a la Junta. «He dado a SS. Majestades de que se han trasladado la Inclusa y el Colegio de la Paz de esa villa a la casa de la calle de Embajadores, que fue de este último y ahora es propiedad de ambos establecimientos, como que han de formar en lo sucesivo, uno sólo.
Y enterados los Soberanos de lo mucho que la Junta que lo dirige se ha desvelado, así para disponer como para ejecutar esta traslación, me manda decirle, como lo ejecuto por medio de V. Excelencia, que es tal la confianza que tiene en el celo y caridad ilustrada de la Junta, que en ningún tiempo se arrepentirán de haber puesto a su cargo un establecimiento el más grato y el más importante a la humanidad desvalida». = Sra. Dña. María Cepeda de Gorostiza».
Solícitas las Señoras en mejorar la suerte de las niñas, no se olvidaban de las necesidades de las Hermanas que las asistían y, en sesión del 7 de noviembre, la Señora Marquesa de Sonora. Curadora del Colegio «manifestó a la Junta que las Hermanas de la Caridad que están en el Colegio, se hallaban en el más miserable estado de ropa, por no haberlas abonado nunca el noviciado el pequeño estipendio mensual de cuarenta reales que se da a las de la Inclusa debiéndole disfrutar igualmente que éstas, desde que se entregó provisionalmente al Colegio; y se acordó que por éste se les dé lo correspondiente desde el día que la Junta se hizo cargo de este establecimiento». También el Real Noviciado consiguió mejorar de vivienda, pasando a ocupar la casa que dejaba la Inclusa, según convenio del Sr. Arzobispo con la Junta de Señoras.
Deseando Su Eminencia el Cardenal Arzobispo, mi Señor, dar cumplimiento a la Siorana resolución, comunicada con fecha 31 último por el Excmo. Sr. Dn. Pedro Ceballos, sobre la cesión de la casa que ocupa la Inclusa en la calle del Soldado, en plena propiedad y perpetuamente al Noviciado de las Hijas de la Caridad y que de las rentas de éste se asigne a aquélla perpetuamente treinta mil reales anuos, siendo de cuenta de ésta el pago de los censos de la referida casa, me manda decir a V.S. como Secretaria de la Junta de Señoras, encargada de la Inclusa de esta Villa, que su Eminencia se prestaría inmediatamente a comisionar persona que, en ejecución de la Real orden, se entregase de la casa con las formalidades necesarias y al efecto, espera Su Eminencia aviso de la Junta de Señoras, Dios guarde a V.S. muchos años = Madrid 3 de agosto de 1807 = Rafael Antón = Sra. Dña
María Cepeda de Gorostiza».
«En 12 de octubre se pasó oficio al contador Dn. Ramón Risel, comisionándole para que, en unión del Vicario de Madrid, otorgase la Escritura de venta y mutuo convenio, a favor de las Hijas de la Caridad».







