Vicente de Paúl, Documento 139: Cartas Patentes Para Confirmar La Unión De San Lázaro A La Misión

Francisco Javier Fernández ChentoEscritos de Vicente de PaúlLeave a Comment

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[enero 1633]

Luis, por la gracia de Dios rey de Francia y de Navarra, a todos los presentes y venideros salud.

Nuestros apreciados sacerdotes de la congregación de la Misión nos han indicado y demostrado que, en virtud de nuestras cartas patentes aquí adjuntas y selladas con el contrasello de nuestra cancillería, dadas en Metz en enero de 1632, dando la aprobación y confirmación de unión del priorato leprosería y administración de San Lázaro, situado en el barrio de Saint-Denis de nuestra ciudad de Paris, han obtenido decreto del parlamento, con fecha de 21 de agosto pasado, por el que se habría ordenado que, sin tener en cuenta las oposiciones alegadas para impedir dicha unión, nuestra corte habría de ver tanto el acuerdo tomado para dicha unión entre el prior y religiosos de San Lázaro y los sacerdotes de la congregación de la Misión, como nuestras cartas mencionadas, para establecer el derecho, una vez comunicado todo ello a nuestro procurador; en consecuencia, nuestra corte, por decreto de 7 de septiembre, ordenó registrar nuestras cartas y el acuerdo mencionado para que los sacerdotes de la Misión pudieran gozar de su efecto y contenido, ordenando que, para su ejecución, se nombrase a nuestro amado y fiel consejero en nuestros consejos y gran maestre de nuestra capilla, el señor arzobispo de París, a fin de que él les diera cartas de establecimiento perpetuo en San Lázaro; a este decreto satisfizo el señor prior, por declaración del día 30 de diciembre último ante los señores Coustart y Paisant, notarios del Chatelet, cediendo y renunciando la administración que se le había confiado de la casa de San Lázaro y poniéndola en manos de dicho señor arzobispo, para que se la diera, trasfiriera y concediera a perpetuidad a los sacerdotes de la congregación de la Misión, bajo el gobierno y dirección del padre Vicente de Paúl, superior de dicha casa, y sus futuros sucesores; en consecuencia de estos decretos y declaración del mencionado prior, el señor arzobispo unió, anexionó e incorporó perpetuamente, con fecha de 31 de diciembre próximo pasado, la casa y leprosería de San Lázaro a los sacerdotes de la Misión, los cuales, para mayor validez y seguridad de la cosa, nos han suplicado humildemente que queramos de nuevo otorgarles nuestras cartas de confirmación y aprobación de la mencionada unión.

Por estas causas, deseando en esta ocasión como en cualquier otra que se ofrezca manifestar a los sacerdotes de la Misión lo mucho que estimamos su insigne piedad, honestidad de vida, costumbres y conducta, así como la caridad continua que practican en la instrucción, conversión y salvación de las almas de nuestros súbditos que residen en el campo, después de haber hecho ver en nuestro consejo los documentos señalados anteriormente, sellados con nuestro contrasello, por nuestra graCia especial y por nuestro pleno poder y autoridad real alabamos, aceptamos, confirmamos y aprobamos por las presentes, firmadas por nuestra mano, la unión hecha por el citado señor arzobispo del priorato, leprosería y administración de San Lázaro a la congregación de la Misión; deseamos y queremos que en el futuro los sacerdotes de la Misión y sus sucesores gocen perpetuamente de todos los frutos, derechos, rentas y emolumentos de cualquier clase que pertenezcan y dependan de dicha casa, con las cargas, reservas, cláusulas y condiciones indicadas en los mencionados acuerdos, decretos, declaración del prior y aprobación del señor arzobispo, que deseamos tengan pleno y total efecto.

Así se lo ordenamos a nuestros amados y fieles consejeros, las personas de nuestra corte y parlamento de París, el preboste de dicho lugar, su lugarteniente y todos los demás oficiales y empleados de justicia a quienes pertenezca, mandando que se registren las presentes y que los sacerdotes de la congregación de la Misión gocen y usen plenamente de su contenido, sin ponerles ni permitir que se les ponga impedimento u obstáculo alguno en contrario. Y para que todo sea firme y estable mandamos poner nuestro sello a las presentes.

Dado en Saint-Germain, en el mes de enero del año 1633, vigésimo tercero de nuestro reinado.

LUIS. DE LOMÉNIE

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