A los señores miembros del parlamento.
Vicente de Paúl, sacerdote, superior general de la congregación de sacerdotes de la Misión establecida en San Lázaro, en París, suplica humildemente a sus señorías, diciendo que: tras haberse enterado de la réplica que ha hecho el señor Bonhomme, señalada al procurador del suplicante el once del presente mes de julio, ha encontrado que las razones e ideas que allí se recogen no son más que una repetición enojosa de lo ya dicho y que todo es contrario a la verdad; porque es una mera suposición, excepto la referencia al tribunal, lo que hace el mencionado Bonhomme al decir y sostener que el embargo que se le ha hecho en manos del suplicante ha sido buscado por éste a fin de no pagar la cantidad que había que pagar a dicho Bonhomme. Lo contrario se demuestra no sólo por la verdad de esos embargos que han sido ejecutados por intervención delsuplicante, sino también por los que han obtenido los verdaderos acreedores de dicho Bonhomme. De hecho, los decretos han ordenado que los pague el suplicante, tal como lo ha hecho, habiendo todavía algunos otros embargos que hacer y de los que el mismo Bonhomme confiesa que hay que desembargar. Después de lo cual, es extraño que se atreva a alegar que se están utilizando contra él algunas triquiñuelas.
Pero todavía está más fuera de razón afirmar que por ello hay que indemnizarle de intereses y de gastos, ya que esto se le debe más bien al suplicante por un doble motivo: el primero, que se ha visto obligado a atender a una infinidad de problemas por parte de los dichos acreedores, por culpa precisamente de dicho Bonhomme, que está lleno de deudas, siendo él por consiguiente el que debería cargar con todos los gastos que se hacen e indemnizar al suplicante, el segundo motivo es que, debido a todas esas trampas y vejaciones, el suplicante se encuentra ahora reducido a una situación extrema, pues aunque le hayan pagado lo que ha desembolsado no puede sin embargo entrar en posesión de lo que es suyo y el dicho Bonhomme, por una injusticia sin ejemplo, sigue estando en la posesión y disfrute de la casa y de los terrenos de donde ha sido expulsado por decreto; éste no ha podido ejecutarse con el pretexto de que ha realizado ciertas mejoras (que consisten más en su imaginación que en la realidad de las cosas), que por otra parte no son suficientes para apoyar esa injusta detención y posesión, dado que el suplicante ha pagado el precio en su mayor parte y no le queda por pagar más que una poca cosa; lo cual le convierte en dueño y propietario de dicha casa. Además la pretensión de Bonhomme sobre dichas mejoras no puede impedir la ejecución del decreto: el suplicante por lo demás podrá cumplir mejor con lo pactado una vez que esté en posesión y disfrute de lo dicho que si no está, pues de lo contrario resultará que los decretos que se han dado sobre el embargo habrán sido inútiles e ilusorios, por no haber tenido efecto y porque surgen continuamente nuevos incidentes por parte de los acreedores de Bonhomme, el cual hará siempre todo lo que pueda para no tener que salir de la casa. Con ello el suplicante cada vez resultaría más perjudicado, pues aunque el tribunal ordene compensarle (como espera razonablemente de su justicia) de los daños y perjuicios, sin embargo lo más conveniente sería que entrase cuanto antes en posesión de lo que justamente se le debe con un título tan oneroso que, si hubiera podido prever todos estos incidentes y triquiñuelas que se han empleado con él, no habría emprendido nunca la reclamación de esos terrenos, ya que opinaba efectivamente que no iban a surgir tantos problemas.
Considerando todo esto, les ruego hagan darle acta al suplicante para que, a pesar de todas las alegaciones en contra, pueda ejecutarse lo solicitado con todo lo que se ha escrito y decidido. Y será justo.







