7 enero 1650.
En cuanto al choque que han tenido ustedes con los señores de las oficinas de Sedan, que quieren examinar las cuentas de la cofradía del Rosario, será conveniente que en semejantes discusiones públicas que afecten a la compañía, nos avise usted enseguida. Entretanto convendrá que se atenga usted a los deseos de esos señores sobre las cuentas, para amansarlos y para conservar la buena amistad con ellos, ya que los ve usted dispuestos a no tolerar que las cosas sigan estando en manos del párroco de una manera tan absoluta, sin que ellos tengan conocimiento de nada, y por otra parte es justo lo que piden, según el reglamento. La misma gente que contribuye a esas limosnas tienen que desearlo así. El religioso que hizo la fundación no ha podido derogar con sus órdenes ni con las costumbres de los demás lugares en que se ha fundado esta cofradía, las reglas de la parroquia, a no ser que hayan consentido en ello los mayordomos de entonces.







