- Origen de la Sociedad.—Su objeto y restauración.
San Vicente de Paúl, el año 1617, siendo Cura de Chatillon-les-Dombes, fundó esta Sociedad de Señoras, bajo el título de Cofradía de la Caridad: «Dios la ha erigido—decía hablando de ella este incomparable varón— para honrar a Nuestro Señor Jesucristo, como el manantial y modelo de toda caridad.» Su fin es imitar al Divino Salvador, visitando a los enfermos y suministrándoles los socorros espirituales y corporales, y las Damas que la componen intentan este fin por la práctica de las virtudes de humildad, sencillez y caridad.
Fue establecida primeramente en la Parroquia de Chatillón tan sólo, y aprobada por el Arzobispo de Lyón; pero no tardó en esparcirse por otras muchas Parroquias, no solamente en las aldeas, sino en el mismo París, donde fue erigida en casi todas sus iglesias parroquiales, hasta en la misma Corte del Rey de Francia. La diversidad de lugares obligó a San Vicente a modificar su reglamento primitivo para adaptarse a las circunstancias, aunque en el fondo y substancia permaneció el mismo. Siempre consistió y consiste la Sociedad en una asociación de personas sinceramente cristianas, administrada por un Consejo y bajo la dirección del Cura Párroco; el fin principal es y fue siempre la visita personal de los pobres enfermos, para asistirlos corporal y espiritualmente.
El reglamento puede mudarse en sus pormenores atendiendo a los diferentes lugares y tiempos, con tal que se respete el espíritu de la Sociedad y se conserven las obligaciones fundamentales.
La Sociedad de Señoras de la Caridad de San Vicente de Paúl fue aprobada implícitamente por el Papa Urbano VIII, en 1632, en la Bula de la institución de la Congregación de la Misión, y de un modo expreso y formal el año 1695, por el Pontífice Inocencio XII.
Como otras muchas, esta Sociedad desapareció en Francia bajo las ruinas de la espantosa revolución a fines del siglo XVIII; pero fue restablecida en 1340, con la autorización del Arzobispo de París, por el Sr. Etienne, Superior General de la Congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad. El Papa Pío IX, por el Breve del i6 de Julio de 1850, le concedió las mismas indulgencias y favores espirituales que su predecesor Gregorio XVI había concedido por los Breves de 10 de Enero y 12 de Agosto de 1845 a la Sociedad de Caridad fundada en París algunos años antes con el nombre de Sociedad de San Vicente de Paúl, y está reservada exclusivamente para caballeros. Estas indulgencias y favores espirituales se extienden a todas las Sociedades de Señoras de la Caridad que existen y podrán establecerse en cualquier parte del mundo, con tal que estén afiliadas al Centro de la Asociación.
- Modo de erigir una Sociedad de Señras de la Caridad
El Centro de la Asociación está en París, en la calle de Sevres, núm. 95, y el Superior General de los Lazaristas (Paules) y de las Hijas de la Caridad es el Director general. Cuando se trata de establecer una Sociedad de Señoras en una Parroquia, lo primero que debe hacerse es enterarse el Cura Párroco si entre sus feligreses hay personas devotas que estén dispuestas a visitar personalmente a los pobres enfermos, porque esta visita es una de las condiciones esenciales para la erección de la Sociedad. Después de esto se pide al Superior General de la Congregación de la Misión la patente de erección, la que da derecho a todas las indulgencias concedidas por la Sede Apostólica. Si en la región hay fundada una casa de PP. Paúles o Hijas de la Caridad, se puede recurrir a ella para obtener los documentos concernientes a la Sociedad de Señoras y a su establecimiento. Finalmente, no se puede fundar una Sociedad de Señoras sin la venia del Sr. Obispo diocesano, a quien se le presentará un reglamento y la patente de erección.
En las ciudades que tienen muchas Parroquias puede haber una Sociedad en cada Parroquia, o bien una para muchas de la misma ciudad.
- — Organización del Instituto.
I.° Las Señoras de la Caridad se dividen en Señoras visitantes y Señoras honorarias, que se llaman también Señoras Tesoreras. Las primeras visitan los pobres enfermos y les llevan sus socorros; las otras, impedidas por causas especiales de visitar, contribuyen al bien que hace la Asociación con sus socorros pecuniarios, oraciones y buenos ejemplos.
2.° El Director de cada Asociación Parroquia] es ordinariamente el Cura de la Parroquia, sin embargo, el señor Obispo puede designar otro Sacerdote para dirigirla.
3.° Las Señoras que deseen pertenecer a la Sociedad, deben dirigir a la Sra. Presidenta una instancia, y ésta la someterá a la decisión del Sr. Director.
Cada una de las Señoras que ingresen en la Sociedad, recibirá del Director un diploma de recepción y. un crucifijo que llevarán cuando visiten a los pobres enfermos.
4.° Cada Asociación particular tendrá su Presidenta, su Secretaria y Tesorera. Según el antiguo reglamento, las dignatarias serán elegidas anualmente por lo.; miembros de la Sociedad: no obstante eso, hoy en muchos. lugares, el Sr. Director es quien las nombra por tiempo indeterminado. En los parajes en que hay fundadas Casas de las Hijas de la Caridad, las señoras de la Sociedad deben considerarse unidas a ellas para ayudarlas a socorrer a los pobres enfermos. Las Hijas de la Caridad por su parte se obligarán a alentar y animar a las Señoras en sus visitas y socorro de los desgraciados. La Superiora de las Hijas de la Caridad de la Parroquia, es por derecho la Tesorera de la Asociación.
5.° Los recursos de la Asociación provienen de las cotizaciones anuales de las Señoras visitantes y honorarias, o de las colectas que se hagan en las Juntas de la Sociedad, así como de las ventas o sermones de Caridad; en fin, de todo socorro que se destine para ayudar la misma Sociedad. La Sra. Tesorera empleará la suma conveniente cada mes, en la compra de bonos destinados a los pobres enfermos, y los enviará a las señoras visitadoras,
6.° Cada mes se celebrará una Junta bajo la presidencia del Director, y se invitarán todas las Señoras que pertenecen a la Asociación. La junta se celebrará ordinariamente por la mañana, y se oirá antes la Santa Misa. Se dará comienzo a la reunión con la antífona Veni Sancte Spiritus, el Ave María y la invocación «San Vicente de Paúl, rogad por nosotros.» Después de la lectura del acta de la Junta anterior, la Secretaria dará cuenta de las visitas que se han hecho a los enfermos durante el mes, de los socorros que se han distribuido y de todo el bien que se ha hecho. La Tesorera expondrá el estado de la caja, y después se tratarán los asuntos relativos a la Sociedad; acto seguido, el Director dirigirá una breve alocución a las Señoras, que podrá ser sustituida por una lectura piadosa que tenga relación con el fin y espíritu de la Asociación; después seguirá la colecta a beneficio de los infelices, y se terminará la Junta con la oración Sub tuum, etc., y la invocación «San Vicente de Paúl, rogad por nosotros».
7.° Cada año, antes del I.° de Julio, la Presidenta de cada Asociación local enviará a la Presidenta General de París una relación del bien que se ha hecho durante el año pasado por la Asociación que preside.
4.—De la visita de los pobres enfermos.
I.° Las Señoras visitantes tendrán un cuaderno en el que apuntarán: 1.°, los nombres de los enfermos que visiten; 2.°, el número de visitas que han hecho; 3.°, los socorros que han distribuido; 4.0, lo recogido en las suscripciones; y 5.°, los frutos espirituales obtenidos, como conversiones, bautismos, matrimonios, etc., etc.
2.° Visitarán los pobres enfermos una vez cada semana, y si se encuentran impedidas se harán suplir por una Hija de la Caridad, o por otra señora. Recibirán de la Tesorera los socorros que van a distribuir, y no los confiarán a nadie que no pertenezca a la Sociedad, así como no los darán sino a los enfermos que se les haya indicado.
3.° Si las Señoras visitantes quieren añadir de su propio peculio algunos socorros a los que reciben para distribuir a los enfermos, no deberán distribuirlos ellas mismas, sino que lo harán por medio de las Hijas de la Caridad o de la Tesorera, a fin de que los enfermos no vean diferencia alguna en la manera de obrar de las Señoras visitantes.
4.° En las visitas llevarán siempre su Crucifijo, y sería también conveniente hiciesen una visita a Jesús Sacramentado antes de ir a las casas de los enfermos.
5.° Al visitar a los pobres, las Señoras se interesarán por todos los miembros de la familia y tratarán, por todos los medios, de procurar la comodidad, la moralización y la salud de las familias pobres.
6.° Considerarán como un deber el asistir a la administración de los Sacramentos a los moribundos que visiten, y también cumplirán con sus obligaciones para con los enfermos que dejen de existir, ya sea asistiendo a sus entierros, ya orando o aplicando sufragios por el eterno descanso de sus almas.
- Prácticas espirituales y principales indulgencias concedidas.
1.° La fiesta principal de la Sociedad es la de su Patrona la Inmaculada Concepción de– la Santísima Virgen.
2.° También se celebrará la fiesta de San Vicente de Paúl el 19 de Julio, y si es posible la de la Traslación de sus Reliquias el segundo domingo después de Pascua. En cada una de estas fiestas, o en sus octavas, el Director celebrará una Misa por la Asociación y las Señoras asistirán y comulgarán en ella. Cuando una señora cae enferma, las otras tienen obligación de visitarla; y si fallece, harán todo lo posible por asistir a sus funerales.
3.° Al fallecimiento de una señora de la Sociedad se celebrará una Misa en la Parroquia por el descanso de su alma, y se invitará a todas las Señoras para que asistan; además cada una ofrecerá una comunión por cada señora que muera.
4.º Se gana indulgencia plenaria el día de la admisión en la Sociedad; las Señoras visitantes que han asistido fielmente a las Asambleas trimestrales, ganan dos indulgencias plenarias al mes; también en las siguientes festividades, tanto las Señoras visitantes como las honorarias; Inmaculada Concepción, Traslación de las Reliquias de San Vicente de Paúl, que se celebra el segundo domingo después de Pascua; y el 19 de Julio, fiesta de San Vicente de Paúl, con la condición de asistir a las reuniones que tienen lugar en esas épocas; en artículo de muerte, para todos los miembros de la Sociedad y pobres cuidados por las Señoras de la Caridad.
5.° Ganan indulgencia de siete años y siete cuarentenas las Señoras visitantes por cada vez que visiten una familia pobre u obren algún bien, según el espíritu de la Asociación.
ANALES 1909







