Bases que presentan los Sacerdotes Españoles, individuos de la Congregación de la Misión, para el definitivo arreglo de las diferencias suscitadas por el Superior General de la misma, residente en París.
- Que el Visitador de España, sea nombrado por el Superior general, de uno de los tres que le presente está provincia, y que su duración sea de seis años.
- Que por esta vez, sea nombrado el Visitador, por el Eminentísimo Sr. Cardenal Arzobispo de Toledo de acuerdo con el Gobierno de S. M. G., y confirmada esta elección por el Santo Padre.
- Que resida cerca del Superior general un Asistente español, nombrado por la provincia de España, cuya duración sea de seis años, y la época de su cambio, el año en que se celebrare la asamblea sexenal; teniendo en esta voz activa, no solo el Asistente que cesa, sino también, el que va a reemplazarle.
- Que el Visitador en unión de su Consejo, pueda establecer, para el bien y prosperidad de la provincia, lo que crea necesario, conveniente y oportuno.
- Que sean reincorporados en la Congregación, todos los individuos que se hallan fuera, por las diferencias y cuestiones pasadas y deseen volver a ella.
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1.- Hay hechos públicos y generales, que si no se escila sobre ellos la atención de la Sociedad, pasan enteramente desapercibidos: hay empero, hechos particulares de tal índole y naturaleza, que por sí solos llaman la atención pública, y excitan de un modo extraordinario el interés general. Tal es en nuestros días, la cuestión de los PP. de la Congregación de la Misión, conocidos en España con el nombre de Paules. Por mucho tiempo había permanecido esta cuestión oculta, ocupando tan solo la atención de una que otra Corporación Religiosa, de uno que otro Prelado y de algunos Magistrados y Literatos; mas en el día, sin dejar de ser particular, se ha hecho pública y de general interés, ocupando la alta atención de nuestra Augusta Soberana (Q. D. G.), y la de su Gobierno, así como la de los más esclarecidos hombres de todos los partidos.
2.- La cuestión de los Misioneros españoles de S. Vicente de Paul no es nueva, como algunos han querido propalar, ni motivada por uno que otro misionero, amigo de innovaciones y variedades peligrosas; se ha visto que ella era muy antigua y que había sido suscitada no por los españoles sino por los extranjeros; por esto la voz pública se la ha hecho suya y el honor e interés Nacional piden con entusiasmo su pronta conclusión. Nada puede oponerse a este grito; nada puede impedir el que sea atendido porque en España, en la Nación de grandes hombres y de grandes empresas, como ha dicho un sabio y profundo escritor moderno, el honor es más necesario que la vida.
3.- Por esto, al llegar a nuestras manos las Bases que los Misioneros españoles han presentados a S. M. para el definitivo arreglo de la cuestión suscitada en dicha Congregación sobre la sujeción que han de tener nuestros Misioneros al Superior extranjero hemos creído hacer un servicio a la Nación presentando las razones en que se apoyan los mencionados Sacerdotes españoles al presentarlas a fin de que no se extravié la opinión pública ni se atribuya a innobles miras los muy justos y fundados deseos de los esclarecidos españoles hijos de S. Vicente de Paul, restablecidos en España en virtud del Concordato de 1851 y del Real Decreto de 23 de Julio de 1852.
4. Que la Congregación de Misioneros de S. Vicente de Paul fue establecida en España a principios del siglo pasado es una cosa pública y que nos lo atestigua nuestra historia; que fue sumamente útil a la Nación española desde el momento que empezó sus trabajos apostólicos en la Península es también un hecho que nos lo confirman innumerables monumentos que por do quier se encuentran entre los pueblos del Principado; que con su ejemplo en las misiones y en los ejercicios santos consiguió encender, en la mayor parte del Clero español, el amor y aprecio debido a su santa, elevada y divina vocación lo dicen bien alto Cataluña, Aragón, Mallorca, Valencia, Extremadura y Castilla; que por su medio se consiguió ver en España un clero morigerado, instruido y celoso, amante de los pueblos puestos bajo sus cuidados e incansable para conseguir su instrucción y moralización es notorio y lo dicen bien claramente los pueblos todos de los lugares citados: que den virtud de las relevantes cualidades que adornaran a los primeros Misioneros españoles por su aislamiento de los asuntos y cuestiones políticas, por su constante trabajo, asiduidad en el cumplimiento de sus deberes, admirable acierto en la formación del Clero y gracia particular en la dirección de las misiones rurales fue consignada en el último Concordato que el Gobierno español celebró con la Santa Sede lo deja bien entender el art. 29 del expresado documento; que después de haber sido restablecida, después de haber dado en los primeros días de su restauración las más risueñas esperanzas e hicieran que el Episcopado, el Clero y el pueblo español se complacieran de su restablecimiento vino de repente a quedar paralizada y casi sin acción alguna; es un hecho triste a la verdad mas no por esto menos cierto. ¿Cuál ha sido la causa de esto? ¿Qué es lo que ha podido influir para que contra las esperanzas más justas y fundadas haya permanecido casi del todo estéril esta Congregación que, en tiempos no muy remotos, trabajó con los más felices resultados en la grande obra de la formación del Clero, instrucción y moralización de los pueblos de la Península? ¿Será acaso por haber terminado ya su vida social? ¿O es por ventura incapaz para hacer frente a las imperiosas y urgentes necesidades religiosas que aquejan por do quier a la Nación española? ¡Ah! no, no; porque, si hay en España alguna Corporación que pueda trabajar con feliz éxito y cubrir todas las necesidades que en el día la afligen en el orden espiritual captándose a la vez el aprecio, la estima y la veneración de todas y cada una de las clases de nuestra sociedad es sin disputa la de los Misioneros de S. Vicente de Paúl. Así lo comprendió el esclarecido e ilustre Episcopado español cuando por mucho tiempo estuvo pidiendo que su restauración fuese consignada en el Concordato; tal fue la convicción del Gobierno de S. M. C. cuando dio un Real decreto para que se restableciera en la Península; por esto se alegraron en el día de su restablecimiento los hombres de todos los partidos. La razón de esto está en el carácter especial de este Instituto, que reúne en sí según la bella expresión de un grande y esclarecido obispo, el espíritu de todas las antiguas instituciones, de tal manera acomodado a las exigencias sociales que pasarán los siglos sin desvirtuar jamás su acción vivificadora, y su benéfica influencia.
5.- Y siendo esto una verdad, confirmada por grandes e irrecusables testimonios, corroborados con la experiencia de más de dos siglos, nos vemos en la precisión de volver a preguntar -¿por qué, después de doce años que se halla restablecida en España, no da, ni promete dar casi resultado alguno? ¿Qué es lo que debe hacerse para sacarla de la inacción en que se halla y cumpla los fines por los cuales fue restaurada en la Península?—Las Bases presentadas por los Misioneros españoles, lo dan bien a entender.
6.- En efecto; por medio de ellas se descubre cuál ha sido la causa y cuáles los inconvenientes que han impedido el que dicha Congregación, después de doce años de restablecida, no haya dado los resultados que de ella esperaban tanto el Episcopado como el Clero y pueblo español. Por ellas se ve que se pretende que los Misioneros españoles no tengan libertad alguna, ni intervengan siquiera en la elección del Superior que deba gobernarlos; se ve que se les quiere obligar a sujetarse y a obedecer a aquel que les nombre el General francés, sea o no apto para desempeñar tal destino, conozca o no las necesidades de España, tenga o no afecto y cariño a su Patria.
7.- No nos ocuparemos en examinar si debe permitirse y tolerarse tal régimen en el Gobierno de una Comunidad española que se ha restablecido en España sin contar más que con la Santa Sede y en cuya restauración, como se descubre bien claramente por el art. 29 del Concordato de 1851, no se tuvo otra mira que la de atender a las imperiosas y urgentes necesidades del Clero y pueblo español.
Dejaremos este asunto, muy ajeno de nuestro propósito y dilucidado ya por nuestros más esclarecidos jurisconsultos, honor de la Magistratura española, y corroborado además con grandes ejemplos que nos da la Nación que se precia de ser la más civilizada del mundo. Nos concretaremos tan solo a manifestar las justísimas razones en que se fundan las Bases presentadas por los Misioneros españoles, la necesidad que hay de admitirlas y los funestos efectos que se seguirían si fuesen desechadas. Veremos lo que en esta cuestión reclaman imperiosamente la Religión, la justicia y el honor e interés nacional.







