Estatutos comentados de la SSVP (3. Del Presidente General, de la Mesa del Consejo General y Estructura de servicio internacional)

Francisco Javier Fernández ChentoDocumentos de la Sociedad de San Vicente de PaúlLeave a Comment

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Author: Sociedad de san Vicente de Paúl · Year of first publication: 2005.
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3. Del Presidente General, de la Mesa del Consejo General y Estructura de servicio internacional

3.1 Del Presidente General

El Presidente de la Confederación de la Sociedad de San Vicente de Paúl y de su Consejo General, representa a la Sociedad ante la Santa Sede y ante todos los organismos internacionales religiosos o civiles, y en general ante cualquier entidad pública o privada.

Desde la fundación de la primera Conferencia, ha representado el nexo de unión y de autoridad moral de la Sociedad, en aquellos periodos en los que no se encuentra reunido en Asamblea el Consejo General.

El Presidente General personifica la unidad de la Sociedad en todo el mundo.

Comentario.- «representa a la Sociedad» – normalmente se refiere a asuntos que afectan a la Sociedad a nivel internacional pero, ocasionalmente y en circunstancias ciertamente excepcionales, puede existir la necesidad de representar a la Sociedad a otro nivel. Lo habitual, será que el Presidente del Consejo Superior, Asimilado o Asociado sea quien represente a la Sociedad dentro del territorio de su Consejo.

«ante la Santa Sede» – es costumbre que el Presidente General presente al Santo Padre, un informe anual sobre el trabajo de la Sociedad en el mundo, transmitiéndole también el afecto y las oraciones de los consocios.

«organizaciones» – En la práctica, el Presidente General delega algunas tareas de representación en otros vicentinos que cuentan con el conocimiento y antigüedad necesarios.

«autoridad moral» El Presidente General es elegido después de invocar la asistencia del Espíritu Santo para que realice su contribución específica a la Sociedad por amor a los pobres. Los consocios vicentinos, reconocen que el Presidente General dirige la Sociedad en un espíritu de humilde servicio y carga con una fuerte responsabilidad. Responden con afecto y lealtad cuando expresa sus opiniones y toma, tras la consulta oportuna, aquellas decisiones que están dentro de su autoridad, a la luz del espíritu y las tradiciones de la Sociedad.

«personifica» – especialmente cuando visita los países en los que la Sociedad está establecida, el Presidente General no es sólo un símbolo, sino que verdaderamente personifica la unidad de la Sociedad, como su cabeza visible, y se esfuerza en mantener esa unidad que es absolutamente vital si la Sociedad quiere ser signo del amor de Cristo en el mundo. Para ello, el espíritu de conciliación es imprescindible.

3.2 De las funciones del Presidente General

El Presidente General apoyado por sus colaboradores en la Estructura Internacional, tutela, anima y coordina las actividades de la Sociedad en el mundo entero y a ese efecto, toma las decisiones que estima necesarias, adaptándose a las resoluciones dictadas en las Asambleas del Consejo General y con respecto a lo que dispone la Regla, estos Estatutos Internacionales y la Tradición.

Comentario.- La Sociedad concede al Presidente General, autoridad para un abanico de decisiones, que tomará tras consulta y oración, especialmente para nombrar cargos de servicio en la estructura internacional. También para intervenir cuando sea necesario proteger la Sociedad, y para ejecutar resoluciones como las más arriba indicadas.

3.2.1 Informe moral sobre el Estado de la Sociedad

Durante el mes de Enero de cada año y para conocimiento general de todos los consocios y Consejos, el Presidente General redacta un informe moral para todos los miembros del Consejo General, en el que reflejará el Estado de la Sociedad durante el año anterior y las aspiraciones para el futuro.

Comentario.- Este informe sobre el Estado de la Sociedad a los miembros del Consejo General, es una expresión de la responsabilidad del Presidente General ante el resto de la Sociedad. Debe ser difundido de la manera más amplia posible. El CEI, que se reúne en el primer semestre del año, expresará su opinión sobre el contenido de este informe.

Desde los primeros tiempos de las Conferencias, ha sido tradicional que algunos de los Presidentes Generales, animaran a todos los consocios del mundo con cartas- circular, y llamaran la atención hacia las nuevas posibilidades de entrega vicentina o hacia los aspectos del espíritu o práctica de las Conferencias que necesitaran un énfasis renovado. Tales cartas forman parte de un rico patrimonio vicentino y muchas de las más antiguas son todavía hoy muy útiles y suponen una inspiración constante. Se debe animar a todos los consocios a que se familiaricen con las Cartas-circulares más relevantes.

3.3 De la elección del Presidente General

El Presidente del Consejo General, es elegido por todos los miembros de la Sociedad, representados por los Presidentes de los Consejos Superiores, Asimilados y Asociados, que ejercen ese derecho por si mismos y por los consocios que representan.

Comentario.- ‘en nombre de los consocios’. Se debe hacer un esfuerzo para llevar a cabo una consulta adecuada entre todos los miembros de las Conferencias, para que vivan la elección lo más cerca posible.

Aunque, normalmente, los consocios no conozcan personalmente a los candidatos, es posible, por ejemplo, que indiquen las cualidades que desean en el Presidente General. Teniendo en cuenta estos puntos de vista, y después de un periodo de oración al Espíritu Santo para ser guiados, los Presidentes votarán al consocio que

ellos consideren como mejor para promover la misión de la Sociedad hacia el mundo de los pobres. Por ejemplo: el desarrollo espiritual de los consocios, la unidad profunda y la eficacia organizativa de la Sociedad, que abogue por relaciones más profundas con la Familia Vicenciana, la Iglesia, el ecumenismo, una mayor presencia en la sociedad civil, la búsqueda de la justicia social (estos aspectos reflejan la estructura de la Regla).

Los Presidentes de Consejos Asociados, que habitualmente tienen derecho de voz pero no de voto, si lo tienen en esta ocasión extraordinaria de la elección del Presidente General

Insistimos en la necesidad de que a los consocios, se les facilite la cercanía al proceso de elección, y lo vivan como experiencia propia.

3.4 De la duración del mandato

Su mandato es de seis años y puede ser renovado una sola vez.

Comentario.- Los mandatos en otros niveles de Consejos y Conferencias son más limitados (ver RB 11). La razón de que el del Presidente General sea una excepción es que la escala de su servicio es más amplia y el plazo de los proyectos, frecuentemente, más largo que lo son a escala nacional o local. Por tanto, puede ser a veces aconsejable que se conceda al Presidente General suficiente tiempo para terminar determinados proyectos clave, en beneficio de la Sociedad.

El Presidente General, al igual que el resto de los Presidentes en las Conferencias y Consejos, entienden su misión como un servicio a los pobres, los consocios y a la propia Sociedad, y no solo como una posición de honor.

No se apegan a su servicio y «prefieren otros a sí mismos» (Fil 2:3, Rom 12;10). Son conscientes de la necesidad de encontrar consocios que tengan el talento apropiado y el carisma espiritual para los servicios vicentinos en la estructura internacional de forma tal que los posibles sucesores, estén preparados lo mejor posible. Se debe considerar, por tanto, la re-elección como inhabitual y la norma de seis años.

3.5 De la limitación por edad

El Presidente General, no puede superar los 65 años en el momento de su elección.

Comentario.- Este requisito tiene el objetivo de dejar clara la firme convicción de la Regla sobre que el Presidente General necesita a la vez experiencia – al menos 15 años (ver artículo 3.7), y energía. Nos recuerda el papel que los jóvenes tuvieron en la Sociedad en sus primeros años y es una suave indicación de que, muy a menudo, es deseable asegurar el «espíritu de juventud» en toda la Sociedad considerando a los miembros más jóvenes para tan fundamental servicio.

Sin embargo, se debe valorar profundamente la experiencia, y ponerla al servicio de los Presidentes más jóvenes mediante el nombramiento de consocios mayores con más experiencia en otros cargos o como Consultores (ver Comentario sobre 1.10.3).

El límite de edad es aceptado en el ordenamiento jurídico francés. El Consejo General, es consciente de que un límite de edad semejante, puede no ser aceptado en otros ordenamientos jurídicos

3.6 Del método y plazos de la elección

Cuando hay que proceder a la elección de un Presidente General, por finalización de su mandato, el Vicepresidente General lo anuncia, al menos con diez meses de antelación al momento de la elección, a los miembros del Consejo General que se encargan de anunciarlo a los consocios.

Comentario.- De acuerdo a lo indicado en el comentario al 3.3 de estos Estatutos, es muy conveniente dar entre los consocios y Conferencias, la mayor publicidad a este anuncio.

3.6.1 De la Mesa electoral

La Mesa electoral estará presidida por el Vicepresidente General, y formada por el mismo, el Secretario General y el Tesorero General, siempre que ninguno de ellos sea candidato. En caso de reunir esa circunstancia alguno de los tres, será sustituido por un miembro de derecho del Consejo General.

Comentario.- Aun cuando el propio artículo no lo prevé, en caso de necesidad, es de suponer que cualquier sustituto será nombrado por el Presidente General.

3.7 De la presentación de candidatos, formas y limitaciones

A lo largo de los dos meses siguientes a la promulgación de la convocatoria electoral, los miembros del Consejo General, individualmente o agrupados, pueden presentar los candidatos que estimen aptos y dignos, entre aquellos consocios con más de quince años de pertenencia a la Sociedad y que no ocupen servicios remunerados en la Confederación a ningún nivel o en cualquiera de las obras participadas o afines.

Comentario.- Se indica un nivel mínimo de experiencia/antiguedad, y se confirma la naturaleza voluntaria de la Sociedad.

Es posible que esta presentación de candidatos que deben hacer los miembros del Consejo General, pueda ser entendida como un primer sondeo sobre la prolongación del mandato del Presidente General en ejercicio. Efectivamente, si se dan las circunstancias extraordinarias que contempla el comentario al artículo 3.4 de estos estatutos, se reflejará necesariamente en el número de Consejos que propongan como candidato al Presidente General en ejercicio.

3.8 De la proclamación de candidatos

Al menos tres meses antes de la fecha de la celebración de la Asamblea del Consejo General, el Vicepresidente General proclamará los candidatos que reúnan las condiciones exigidas y de los que previamente y de manera fehaciente, el Vicepresidente General haya obtenido su aceptación.

Acompañará a tal proclamación, un pequeño «currículum vitae» vicentino, y su programa de actuación en el caso de ser elegido, en un máximo de dos hojas.

3.9 Del momento de la elección y su forma

En la Asamblea General, ordinaria o extraordinaria que se convocará con este fin entre otros, se elegirá el nuevo Presidente General.

3.9.1 Quórum requerido para la elección

Para que la Asamblea General a efecto de la nueva elección de un Presidente General esté válidamente constituida, se exigirá un quórum del 30% de los miembros con derecho a voto que señala el artículo 2.1.1 de estos Estatutos Internacionales.

3.9.2 De la forma de la votación

El sistema utilizado para la votación será el de a dos vueltas, y a través de voto secreto. Para la primera vuelta, se incluirán el voto por correo de aquellos electores que no hubieran podido asistir. Para la segunda vuelta, necesaria sólo en caso de que ningún candidato haya obtenido la mitad más uno de los votos emitidos, serán candidatos los dos consocios que hayan obtenido mayor cantidad de votos en la primera vuelta. Por razones de tiempo, esta segunda votación será directa y secreta, no siendo admitido el voto por correo.

Las votaciones se celebrarán precisamente, la tarde del primer día de la Asamblea del Consejo General en cuyo orden del día figure y con prioridad a cualquier otro asunto.

Comentario.- El propósito de reducir la votación a dos candidatos en una hipotética segunda vuelta, es asegurar que el Presidente General elegido deberá conseguir una clara mayoría. Se recomienda un acuerdo similar para los Estatutos Internos de los Consejos Superiores, Asimilados o Asociados.

3.9.2.1 Limitación

En el caso de ser presentado un Presidente General en ejercicio para un segundo mandato, y superada la primera vuelta sin alcanzar ningún candidato la mitad más uno de los votos emitidos, en la segunda y al objeto de que sea válida su elección, deberá alcanzar al menos la mitad más uno de los votos emitidos. En caso contrario, se iniciará de nuevo, veinticuatro horas más tarde, el proceso de votación con los candidatos propuestos, sin que entre ellos pueda encontrarse el Presidente titular.

Comentario.- Hay que entender este artículo como una caución tendente a respetar la excepcionalidad de las reelecciones para los Presidentes y hacerlo así también para el propio Presidente General. Efectivamente, este artículo, endurece las condiciones en las que el Presidente General puede ser reelegido. Se trata, repetimos, de afianzar el criterio de excepcionalidad. Por ello, si en una elección normal no son tenidos en cuenta para alcanzar la mayoría los votos en blanco, en la ocasión de concurrir un Presidente General, éste deberá obtener para ser válidamente elegido, la mitad más uno de los votos totales válidamente emitidos.

3.9.3 De la toma de posesión

El Presidente General, tomará posesión con ocasión de la siguiente festividad del Beato Federico Ozanam, el día 9 de Septiembre, en la ciudad de París.

Comentario.- En Paris nació la Sociedad y en Paris tomará siempre posesión el Presidente General. Si anteriormente fue elegida para ello la fecha de la celebración litúrgica de San Vicente de Paúl, hoy con uno de nuestros co-fundadores beatificados, parece natural utilizar su fiesta litúrgica para la toma de posesión del Presidente General.

3.10 Del fin de funciones

Los motivos del fin de funciones en el servicio en la Presidencia

General, pueden ser los siguientes:

a) Fin del periodo para el que fue elegido

b) No ser reelegido para un segundo mandato

c) Por agotamiento de los dos periodos máximos de servicio d) Por renuncia durante el periodo de servicio

e) Por incapacidad f) Por fallecimiento

g) Pérdida de los derechos civiles

Comentario.- Prever la pérdida de derechos civiles, nunca ha sido necesario y sin duda, nunca lo será. Sin embargo, una Institución de nuestra envergadura, ha de aspirar a tener previstas todas las situaciones que puedan plantearse. Aunque sean tan improbables como alguna de las que se prevén en este artículo.

3.11 De la renuncia al servicio

En el caso de renuncia de un Presidente General, al objeto de su eficacia, ésta debe ser efectuada de una manera formal, ante el Comité Ejecutivo Internacional que prevé el artículo 4.1 y siguientes de estos Estatutos Internacionales y aceptada por dicho Comité.

Comentario.- Es un signo de humildad, por parte de un Presidente General, el que solicite dejar un puesto en un organismo que represente a aquellos que lo eligieron. El CEI puede tener la posibilidad de garantizar al Presidente General un mayor nivel de apoyo y persuadirle de que continúe. Pero, en otros casos, será adecuado el aceptar la dimisión. En todo caso el CEI resolverá.

3.12 De la incapacidad

En el caso de observarse incapacidad para el servicio en el Presidente General, los miembros de la Mesa, esto es el Vicepresidente General, el Secretario General y el Tesorero General, conjuntamente, convocarán una reunión extraordinaria y reservada del Comité Ejecutivo Internacional para tratar exclusivamente de ese asunto. Esta reunión, se celebrará en un plazo máximo de 30 días.

Para que la reunión esté válidamente constituida se necesitará al menos la asistencia del 30% de los miembros que prevé el artículo 4.3 de estos Estatutos Internacionales.

Comentario.- Es conveniente que el CEI, cuyos miembros con derecho a voto son Presidentes democráticamente elegidos, tomen esta decisión.

La incapacidad puede deberse a varias causas, tales como estado medico, falta de tiempo disponible debido a circunstancias personales, falta del espíritu de conciliación que un dirigente servidor necesita para mantener la armonía, o incluso una aptitud insuficiente para el puesto.

Se recomienda que los Consejos Superiores, Asimilados o Asociados consideren la necesidad de incluir disposiciones similares en sus Estatutos Internos.

3.12.1 Del examen de la incapacidad

El Comité, reunido de forma extraordinaria y urgente con ese único asunto en el orden del día, examinará en caridad y bajo reserva, la pretendida incapacidad del Presidente General de acuerdo a los serios y documentados razonamientos que presenten los miembros de la Mesa del Consejo. Durante el periodo que medie entre la convocatoria del Comité y su dictamen, ninguna encomienda de servicio vicentino internacional, puede ser suspendida, sustituida o anulada.

Comentario.- De darse una situación de esta naturaleza, la decisión ha de llegar con la mayor rapidez y con todas las garantías necesarias en cuanto a su seriedad. Los miembros de la Mesa han de presentar al CEI su demanda de incapacidad, debidamente documentada.

caritativo’ – debemos la misma cordialidad y sensibilidad que mostramos hacia los que visitamos, para los consocios y especialmente cuando se puedan encontrar en una situación tan delicada.

«sin suspensión de encomiendas de servicio» – Es una garantía claramente democrática.

3.13 Garantizando la decisión sobre la incapacidad

Para que la incapacidad pueda ser legalmente establecida y en orden a su eficacia, se necesitará la votación favorable a la misma de al menos las dos terceras partes de los votos presentes y representados del Comité Ejecutivo Internacional. El Secretario General de la Sociedad, levantará acta pormenorizada e inmediata de cuanto sucedió en la reunión del Comité que, en esta ocasión concreta, deberá ser firmada por todos los asistentes.

Comentario.- «dos tercios» – refleja la gravedad de esta decisión. Se requiere, por ello, tal mayoría reservada sólo para cambios de la Regla y los Estatus o para un traslado de la sede central (ambas son decisiones de la Asamblea General).

3.14 De la sustitución del Presidente General

En cualquiera de los supuestos contemplados para el cese en su servicio de un Presidente General, el Vicepresidente General de la Sociedad, se hace cargo de la dirección internacional de la Sociedad.

En todos los casos, lo comunica al resto de los miembros del Consejo General y en particular en el caso de declararse su incapacidad, al Presidente General.

Comentario.- Hay que suponer el dolor que una decisión de esta naturaleza, supondría para la Sociedad y para los miembros que la propongan. Hay que imaginar la enorme caridad que habrá de ejercer el Vicepresidente General, si excepcionalmente un día, la Sociedad se encuentra ante tal situación.

3.15 De los plazos para la elección de un nuevo Presidente General, en caso de renuncia o incapacidad.

En caso de renuncia o incapacidad y en el plazo máximo e improrrogable de 90 días, el Vicepresidente General, convocará elecciones de acuerdo a cuanto previenen los artículos 3.3 a 3.10 de estos Estatutos Internacionales.

Comentario.- Se aplicará el mismo procedimiento en el caso de cualquiera de las situaciones previstas en el artículo 3.10 de los E.I..

3.16 De los miembros de la Mesa del Consejo General

El Presidente General, después de las oportunas consultas, por un tiempo limitado que puede ser renovado, nombra un Vicepresidente General, un Secretario General y un Tesorero General que componen junto con él, la Mesa del Consejo General de la Confederación, que le asesora y además, tiene las funciones que prevé el artículo 7.4 de estos Estatutos Internacionales.

El Presidente General presidirá la Mesa. Todos los miembros de derechos indicados en los artículos 3.16 y 3.18 de estos Estatutos Internacionales tienen derecho a voto en las reuniones de la Mesa, excepto el Asesor Espiritual. No se requiere ningún quórum para las reuniones de la Mesa y las decisiones se tomarán por simple mayoría.

Comentario.- ‘por un periodo renovable limitado’ – la ventaja de este tipo de nombramiento es que los cambios entre los consocios que sirven a la Estructura internacional, pueden hacerse con más armonía y rapidez, si ello se hace necesario

3.16.1 De su misión

La Mesa colabora con el Presidente General, en orden al desarrollo de la estrategia necesaria para poner en práctica los acuerdos de las Asambleas del Consejo General y las recomendaciones del Comité Ejecutivo Internacional.

Igualmente colabora con el Presidente General, en el diseño de la estrategia a proponer a las Asambleas del Consejo General y al Comité Ejecutivo Internacional.

Es el órgano vicentino más próximo al Presidente General, al que aconseja y asesora, ante cualquier asunto.

El Presidente General consulta formalmente la Mesa al menos tres veces al año, entre las reuniones del Comité Ejecutivo Internacional.

Comentario.- Mientras que la Mesa opera a un nivel estratégico, la Sección Permanente lo hace principalmente a nivel de táctica y de gestión cotidiana de la Sociedad.

La consulta, efectuada regularmente tanto la Mesa del Consejo como del CEI, asegurará que el Presidente General reciba consejo de los vicentinos más experimentados, en la difícil tarea de dirigir la Sociedad. Se arbitraran los medios oportunos cuando no todos los miembros de la Mesa pudieran viajar para asistir a las reuniones.

3.16.2 Del Asesor Religioso Internacional

A la Mesa del Consejo General, en calidad de miembro, con voz pero sin voto, se une siempre el Asesor Religioso Internacional, igualmente nombrado por el Presidente General, con el permiso de su superior mayor inmediato.

Comentario.- Puesto que somos una Sociedad laica, no regulada en este sentido por el Derecho Canónico, se mantiene la costumbre de que el Presidente General elija un Consejero Espiritual, aunque por supuesto es necesario que el sacerdote elegido obtenga el acuerdo de su superior eclesiástico.

Al incorporarlo a la Mesa, con voz pero sin voto, los estatutos internacionales resaltan la importancia de los Asesores religiosos en la Sociedad. Si las Conferencias optaron desde su fundación por mantener un estatus legal al amparo de las leyes civiles, (estatus que tanto ha facilitado su trabajo en favor de los pobres en situaciones concretas), no por ello deja de indicar la necesidad de una constante y profunda renovación cristiana para cada uno de los consocios, en su vida personal y en el ejercicio de su apostolado. La cercanía del presbítero católico, a la Mesa del Consejo y al propio Presidente General, ayudará a facilitar este proceso, y a que siempre imperen la ética y la moral cristiana.

3.16.3 Del Delegado Internacional de Juventud

De la Mesa del Consejo General, formará siempre parte el consocio que tenga encomendada la Delegación Internacional para la Juventud.

Comentario.- Este nombramiento es una muestra del afecto especial que los miembros de la Sociedad sienten hacia sus consocios más jóvenes, y de la intención de brindar oportunidades a los jóvenes con talento, para que contribuyan al gobierno de la Sociedad al más alto nivel de servicio. De este modo, recordamos lo eficaces que fueron nuestros fundadores, a pesar de su juventud. Los consocios jóvenes que tengan esta experiencia, tendrán mucho que ofrecer a la Sociedad en el futuro. Se recomienda que los Consejos Superiores, Asimilados y Asociados consideren tal disposición en sus Estatutos Internos, para los diferentes niveles de Consejo.

3.16.4 Otros miembros de la Mesa

De acuerdo a las necesidades, pueden ser nombrados otros consocios como adjuntos al Vicepresidente, al Secretario o al Tesorero.

3.17 Del Vicepresidente General

El Vicepresidente General, reemplaza al Presidente General en caso de impedimento, ausencia o incapacidad y en todas aquellas funciones que le delegue.

Comentario.- Es la tradición de la Sociedad a todos los niveles. En ausencia del Presidente, el Vicepresidente desempeña su servicio con plena capacidad, de forma que, especialmente en el caso de una larga ausencia, los Consejos y Conferencias no estén sin dirección, sino que sigan siendo productivos y eficaces. Es así también para el propio Consejo General.

3.17.1 De la misión especial

Se encarga de asegurar y organizar la elección de un nuevo Presidente General, cuando se produzca la vacante y de acuerdo a cuanto previenen los artículos 3.6 y siguientes de estos Estatutos Internacionales. Proclama los resultados de la elección y los comunica a la Sociedad.

Comentario.- Además de las funciones o delegaciones que pueda encomendarle el Presidente General, le corresponde por oficio, tutelar todo el proceso de elección de un nuevo Presidente General.

3.18 De los Vicepresidentes Generales Adjuntos

De acuerdo a la necesidad y para Áreas generales determinadas de alta responsabilidad vicentina, el Presidente General nombra Vicepresidentes Generales Adjuntos, en los que delega funciones ciertas, que forman automáticamente parte de la Mesa del Consejo General.

Comentario.- Pretende este artículo, facilitar la posibilidad de una cierta colegialidad en las funciones de la Presidencia General. Si los artículos 3.1 y 3.2 de estos Estatutos describen las funciones y capacidades del Presidente General, este artículo que estamos contemplando, facilita una cierta delegación de las mismas si se estima necesaria. La enormidad de las obligaciones encomendadas al consocio que se elige para el servicio en la Presidencia General, hace necesario que cuente con algunos consocios próximos en los que delegar parte de ellas. En cada momento, cada Presidente General sabrá cuantas y hasta que punto debe hacerlo de acuerdo a las circunstancias que concurran.

3.19 Del Secretario General, funciones

Bajo la autoridad del Presidente General, el Secretario General asegura el buen funcionamiento de los diferentes servicios y organismos administrativos que dependen directamente del Consejo General en cualquier lugar del mundo. Establece el calendario de las Asambleas del Consejo General, organiza su orden y redacta las Actas. La misma misión le alcanza para con el Comité Ejecutivo Internacional, la Sección Permanente y la Mesa.

Cuida de las relaciones habituales y regulares, entre la Sección

Permanente y los diferentes Consejos y Conferencias de la Sociedad.

Es responsable de los archivos del Consejo General y puede ser asistido por Secretarios Adjuntos.

Comentario.- «organizando sus órdenes del día» – esto incluye la consulta previa a los participantes (ver 2.4 y 4.5.1)

3.19.1 De la Memoria anual

En julio de cada año, redactará una Memoria sobre las actividades de la Sociedad en el mundo, de conformidad con la información que recabará de los Consejos Superiores. Dará a este Informe anual, la conveniente publicidad interna y externa.

Comentario.- «divulgado externamente» – existe la tentación de malinterpretar el concepto de la humildad de la Sociedad y dar poca o ninguna publicidad externa. El resultado es que una gran parte de la sociedad eclesial y civil e incluso en el propio entorno de las Conferencias, siente que somos casi una ‘sociedad secreta’. Nuestra misión de dejar conocer al mundo que Cristo es nuestra inspiración, requiere que dejemos nuestra luz «brillar ante los hombres, de manera que puedan ver vuestras buenas obras y glorificar a vuestro Padre que está en el cielo» (Mt 5:15-16).

Podemos y debemos divulgar el trabajo de la Sociedad, y a veces los medios de comunicación mencionarán nombres de consocios, aunque nunca buscamos tal publicidad personal. Somos, sin embargo, cuidadosos con no exagerar el impacto de lo que hacemos. La verdad es suficientemente elocuente.

Hay que dar pues publicidad, tanto interna como externamente, a los principales hechos de este informe internacional, junto con los acontecimientos, actividades, estadísticas y anécdotas espirituales de todos los niveles de la Sociedad. Además de su principal propósito de «difundir el evangelio», tal publicidad genera una imagen de buena voluntad que puede atraer nuevos consocios e ingresos adicionales.

En definitiva, no hay que hablar de nosotros, de los Vicentinos, pero sí de las obras que realiza la Sociedad y que pueden llevar a tantos a unirse a nosotros, por ese conocimiento.

3.20 Del Tesorero General, funciones

Bajo la autoridad del Presidente General, el Tesorero General está encargado de la gestión financiera del Consejo General. Lleva las cuentas que deben ser comprobadas por lo menos todos los años por una Comisión financiera nombrada por el Consejo General y por un organismo independiente profesionalmente cualificado.

Puede ser asistido por Tesoreros Adjuntos.

Comentario.- Si en toda Institución debe buscarse la claridad en las cuentas, ello es especialmente importante dentro de la Sociedad. Desde el Consejo General, hasta la más humilde de las Conferencias, las cuentas deben ser responsablemente llevadas. Si la envergadura de las mismas lo requiere, deben ser además, examinadas por expertos externos, tal y como este artículo prevé para el propio Consejo General.

3.21 Del Presupuesto del Consejo General

El Tesorero General establece el presupuesto de la Administración del Consejo General: los ingresos y los gastos son aprobados por la Sección Permanente en su calidad de Consejo de Administración, antes de ser presentados al Consejo General reunido en Asamblea. En los años en los que no corresponda convocar Asamblea ordinaria, le corresponderá al Comité Ejecutivo Internacional, la aprobación de estos Presupuestos.

Comentario.- Entre tales reuniones, el Presidente de la Comisión Financiera, junto con el Tesorero General, informarán también a la Mesa del Consejo General.

3.21.1. De los ingresos

El presupuesto ordinario del Consejo General en ingresos se nutre por:

  • las contribuciones de los Consejos Superiores, Asimilados y Asociados.
  • el producto de la colecta efectuada durante las reuniones del Consejo,
  • los donativos con aplicación especial o sin ella,
  • las subvenciones de cualquier tipo de instituciones públicas o privadas.
  • Por la contribución personal de cada uno de los miembros de la Sociedad, realizada a través de la correspondiente colecta secreta en el cuarto trimestre de cada año como muestra de solidaridad con el Consejo General.
  • Otros

Comentario.- Sostener la Estructura Internacional que tanto bien hace a los pobres a través de su trabajo hacia las Conferencias y Consejos, debe ser una obligación alegre y caritativamente sentida por todos los consocios. El Consejo General depende fundamentalmente de las generosas contribuciones provenientes de menos del 20% de los Consejos Superiores para cubrir sus gastos, y le resulta muy difícil cumplir sus compromisos, incluso los más básicos como por ejemplo el personal de nuestra sede o la formación y la propia acción de extensión en los países en los que estamos deficientemente establecidos.

Las contribuciones personales de los consocios son también una ayuda significativa y un recordatorio constante a los miembros de que todos compartimos la responsabilidad del Consejo General. A través de estas ayudas personales de los consocios, estos sienten que están realmente contribuyendo con su esfuerzo personal para prestar un mejor servicio a los Consejos y Conferencias de todo el mundo en su ayuda a los más pobres y son conscientes de que forman una única Conferencia que se extiende por el mundo.

Cada país tiene la posibilidad de adoptar una norma más específica sobre la contribución personal, como por ejemplo pedir una cantidad mínima a cada consocio, como es costumbre en alguno. En cualquier caso, los consocios de los países más ricos deben ser especialmente generosos, aceptando que la contribución de los miembros en países más pobres sea, comprensiblemente, más reducida.

3.21.2 De los gastos

Los principales gastos son:

  • Los gastos para la financiación de acciones en cualquier país con el fin de desarrollar, extender y asistir a la Sociedad.
  • los gastos del secretariado y las publicaciones del Consejo General,
  • la organización de las reuniones y de los encuentros de los Vicentinos que sirven a la estructura internacional,
  • los viajes estrictamente indispensables.

Comentario.- Como se indica en el comentario al artículo anterior, todos los consocios estamos llamados a sentirnos responsables de los gastos que, con carácter general, quedan en este artículo indicados. Realmente, si nosotros hemos recibido la bendición de formar parte de una Conferencia, debemos aspirar a que otros, puedan acceder a ese mismo bien y a que, los pobres, estén mejor servidos con ello. El Consejo General, siempre aspiró a unos gastos humildes y a trabajar con la austeridad que permite un servicio bien hecho. Sin embargo, la falta de recursos es sin lugar a dudas un freno a la extensión de la Sociedad en nuevas regiones, así como a la creación de nuevas Conferencias en países donde la Sociedad está ya establecida. Ello representa una grave preocupación para todos los miembros cuyo «corazón late al unísono con el de los pobres en todas partes».

3.21.3 De los Presupuestos extraordinarios, Fondos Globales o Especiales y otros

Al lado del presupuesto ordinario, se puede prever la creación de Fondos Globales o Especiales, gestionados de la misma manera y destinados a socorros o ayudas en circunstancias particulares a favor de uno o varios Consejos, Conferencias, países, zonas geográficas del mundo, catástrofes o para cualquier otro fin que se considere necesario.

Comentario.- Dada la extensión de las Conferencias, el Consejo General, siempre dispone de cuentas abiertas para hacer frente a diferentes problemáticas. Así, ante catástrofes naturales, guerras o cualesquiera otros motivos de sufrimiento, los consocios y Conferencias pueden remitir fondos al Consejo General, ya sea para hacer frente a carencias determinadas o de carácter general. El Consejo General, con la adecuada publicidad dentro de la Sociedad, hará llegar los mismos a las Conferencias u obras especializadas que más lo necesiten.

3.22 Del resto de la estructura de servicio internacional

El Presidente General nombra entre los consocios del mundo, Vicepresidentes Territoriales Internacionales y Coordinadores de Zona.

3.22.1 Consultas

Previamente a los nombramientos para el servicio a la Estructura Internacional, el Presidente General de manera no vinculante, consultará siempre con los países concernidos en los nombramientos.

Los países concernidos por un nombramiento para el servicio de la Estructura de un Coordinador o Vicepresidente Territorial Internacional que no se sientan en conformidad con él mismo, si pusieran este hecho por mayoría, en conocimiento del Presidente General, éste estará obligado a revocar su confianza en el consocio, y nombrar otro Coordinador u otro Vicepresidente Territorial Internacional en el plazo más breve posible.

Comentario.- Es necesario que el Presidente General pueda trabajar armoniosamente con los consocios más adecuados y para ello, le asiste el derecho de nombrar colaboradores en la Estructura Internacional, entre consocios que sean amigos y esten cercanos a su pensamiento en el espíritu del Beato Federico y San Vicente. El Presidente General no necesita consentimiento alguno para los nombramientos tras la consulta a la que se refiere el artículo, pero siempre tendrá en consideración los consejos y sugerencias que reciba. Este artículo asegura que si se presentara alguna situación inviable, se resolvería rápida y armoniosamente.

3.23 De los Vicepresidentes Territoriales Internacionales

En íntima comunión con el Presidente General y en su nombre, los Vicepresidentes Territoriales Internacionales, alientan, aconsejan, protegen, facilitan y coordinan la Sociedad en amplias zonas geográficas en el mundo.

3.23.1 De los Encuentros regionales

En las zonas del mundo que tutelen y tengan confiadas a su servicio, podrán organizar Encuentros regionales con la autorización del Presidente General.

Comentario.- Con este artículo y siguiendo una buena y antigua tradición, el Estatuto recuerda la conveniencia de encontrarse, coordinarse e intercambiar experiencias de todo tipo, entre los consocios más cercanos. También a escala internacional.

3.24 De los Coordinadores

Los Vicepresidentes Territoriales Internacionales, están ayudados en su misión de tutela y animación, por consocios que de ellos dependen y a los que se encarga cometidos concretos de servicio a determinado grupo de países.

Siempre guardarán un pleno respeto hacia la libertad de acción de los Consejos Superiores, Asimilados y Asociados a cuyo servicio de unión y comunicación se encuentran.

Comentario.- Los Vicepresidentes y Coordinadores Territoriales sirven al conjunto de la Sociedad, reconociendo la autoridad de los Consejos Superiores, Asimilados y Asociados en el territorio de sus demarcaciones. Esta sin embargo, plenamente incardinada en nuestra tradición, la costumbre de permitir a los Vicepresidentes y Coordinadores Territoriales hacer una positiva contribución con su experiencia al desarrollo de los Consejos encomendados a su cuidado.

La amistad generada durante las reuniones regionales y otros contactos informales entre los consocios, debe ser aprovechada como fuente de inspiración y de nuevas obras y oportunidades de servicio. También de nuevas visiones y de nuevas soluciones, ante cualquier los problemas que pudieran presentarse.

Estos nombramientos permiten al Presidente General estar bien informado de los asuntos y desarrollos más importantes en todo el mundo y servir a los Consejos más eficazmente.

3.25 Comisiones Internacionales

Para cometidos especiales, el Presidente General encarga a diferentes consocios, la presidencia de Comisiones de trabajo o representación, creadas con objetivos concretos.

3.25.1 De los miembros de las Comisiones Internacionales

A propuesta de los diferentes Presidentes de Comisiones, el Presidente General nombra a los miembros de las mismas.

Comentario.- Trata de nuevo con este artículo los Estatutos, de auxiliar al Presidente General en su labor. El Presidente de cada Comisión propondrá los posibles miembros de la misma, reservando al Presidente General, la decisión final.

3.26 De los encargos individuales

Igualmente y para cometidos concretos que no necesiten más amplio número de colaboradores, el Presidente General puede confiar misiones determinadas a consocios individuales.

Comentario.- Al igual que en otros artículos, se trata de nuevo de dotar al Presidente General, de la capacidad necesaria para hacer frente a las necesidades del Consejo General.

3.27 De los consocios con encargos internacionales

Todos los consocios, llamados a prestar importantes servicios internacionales a sus consocios y a los pobres, no abandonan nunca en lo posible, su empeño para simultanear estos encargos con su entrega a la Conferencia a la que pertenezcan.

Comentario.- Es muy importante que todos los servidores internacionales, incluyendo al propio Presidente General, pertenezcan a una Conferencia y sigan asistiendo a ella y visitando a los pobres tan a menudo como sea posible. Es una hermosa costumbre, que asegura que todos operen al nivel más básico y «mantengan los pies en el suelo». Es también una expresión de humildad, pues incluso el Presidente General aceptará jubilosamente la autoridad del Presidente de la Conferencia cuando éste adjudique el trabajo por hacer. Esta disposición debe incluirse en los Estatutos Internos de los Consejos Superiores, Asimilados y Asociados (ver R.B.11).

3.28 Del fin de los mandatos

Para facilitar la ordenada transición, todos los mandatos, cargos y servicios confiados por el Presidente General, cesan automáticamente seis meses después de que un nuevo Presidente General toma posesión del servicio.

Corresponde al nuevo Presidente General, acortar este período si así lo estima conveniente.

Comentario.- Este artículo facilita una cierta continuidad en los servicios clave, de manera que la Sociedad pueda seguir funcionando eficazmente cuando hay cambio en la titularidad de la Presidencia General. También brinda a un nuevo Presidente General, la oportunidad de evaluar la situación con más precisión y proporciona tiempo para discernir y reunir el nuevo equipo. Si por el contrario, el Presidente General desea seguir la costumbre de anular todos los nombramientos cuando su antecesor cese en el servicio, también es posible puesto que la prolongación del periodo puede ser cero.

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