Ser cristianos en un estado laico. 05. Financiación de la Iglesia en un estado laico

Francisco Javier Fernández ChentoFormación CristianaLeave a Comment

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Author: Luis González-Carvajal Santabárbara · Year of first publication: 2010 · Source: Encuentro de formación para la Misión, Zaragoza, Diciembre de 2010.
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Duración: 30 minutos

Esquema de la Charla

1. Según el Concilio Vaticano II (PO 17 c), LA IGLESIA NECESITA DINERO PARA:

1.1. La acción pastoral.

1.2. El servicio a los pobres.

1.3. El mantenimiento del personal liberado para la acción pastoral (mayoritariamente presbíteros).

1.4. La celebración del culto divino.

2. ESE DINERO PUEDE PROCEDER DE:

2.1. Los rendimientos del patrimonio

2.1.1. Esa fuente, importantísima en el pasado, hoy no cubre en ninguna diócesis ni siquiera el 5% del presupuesto.

2.2. La subvenciones de los poderes públicos.

2.2.1. En España la fórmula elegida es la asignación tributaria del 0,7% del IRPF de aquellos contribuyentes que manifiesten expresamente ese deseo en su declaración. Cubre en estos momentos alrededor del 25% del presupuesto.

2.2.2. Se justifica no como indemnización por las desamortizaciones de los bienes eclesiásticos ocurridas en el siglo XIX, sino por la aportación de la Iglesia al bien común.

2.3. Las aportaciones directas de los fieles.

2.3.1. Es la fuente más testimonial y la que garantiza mayor libertad a la Iglesia.

2.3.2. La meta —hoy todavía lejana— es que la Iglesia alcance la plena autofinanciación y pueda renunciar a las subvenciones de los poderes públicos.

2.3.3. La corresponsabilidad de los laicos en la gestión económica y la transparencia de ingresos y gastos contribuirá a potenciar esta fuente.

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