{"id":87700,"date":"2015-05-31T06:06:43","date_gmt":"2015-05-31T04:06:43","guid":{"rendered":"http:\/\/somos.vicencianos.org\/?p=87700"},"modified":"2016-07-26T19:17:45","modified_gmt":"2016-07-26T17:17:45","slug":"subsidiariedad-y-corresponsabilidad-en-el-gobierno-de-la-compania","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/vincentians.com\/es\/subsidiariedad-y-corresponsabilidad-en-el-gobierno-de-la-compania\/","title":{"rendered":"Subsidiariedad y corresponsabilidad en el gobierno de la Compa\u00f1\u00eda"},"content":{"rendered":"<div>\n<h2><strong>El problema: autoridad y fraternidad<\/strong><\/h2>\n<p><a href=\"https:\/\/i0.wp.com\/vicencianos.org\/wp-content\/2012\/06\/Hijas25.gif\"><img data-recalc-dims=\"1\" loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignright size-full wp-image-87855\" title=\"Hijas2\" src=\"https:\/\/i0.wp.com\/vicencianos.org\/wp-content\/2012\/06\/Hijas25.gif?resize=161%2C212\" alt=\"\" width=\"161\" height=\"212\" \/><\/a>La autoridad es un dato antropol\u00f3gico. Esto quiere decir que (excepto por pe\u00adque\u00f1os grupos basados s\u00f3lo en la amistad) toda agrupaci\u00f3n de dos o m\u00e1s seres humanos asociados para conseguir un fin necesita alg\u00fan tipo de mecanismo para llegar a decisiones que obliguen a todos los miembros del grupo o a alguno de ellos. Autoridad es el poder de decisi\u00f3n. El miembro o los miembros del grupo que tienen el poder de decisi\u00f3n son las personas investidas de autoridad.<\/p>\n<p>Dec\u00edamos que se trata de un dato antropol\u00f3gico. Efectivamente, todas las cultu\u00adras, sin excepci\u00f3n, han desarrollado una gran variedad de modos de asignar la auto\u00adridad a alguna persona, tratando de garantizar as\u00ed que las energ\u00edas de todos se orien\u00adten a conseguir el fin o los fines que se propone el grupo organizado. Parecer\u00eda que el ser humano, social por naturaleza, no puede mantener su sociabilidad sin la exis\u00adtencia de alg\u00fan tipo de autoridad que vele por mantener la cohesi\u00f3n y el caminar del grupo hacia el fin. Dato antropol\u00f3gico inscrito como una constante en la naturaleza humana misma, en todo tiempo y en toda cultura.<\/p>\n<p>La revelaci\u00f3n cristiana no s\u00f3lo no pasa por alto ni abroga este dato antropol\u00f3\u00adgico, sino que lo confirma, y afirma adem\u00e1s que el dato procede de la voluntad expresa de Dios mismo. Escribe san Pablo: \u00abLa autoridad viene de Dios&#8230;, de modo que quien se opone a la autoridad se rebela contra el orden divina\u00bb. Este es el hecho, el dato seguro acerca del origen de la autoridad en la vida humana, dato aceptado por la fe cristiana, la doctrina constante de la Iglesia y la tradici\u00f3n teol\u00f3gica.<\/p>\n<p>Pero a partir de esa unanimidad de principio comienzan a surgir variaciones interpretativas que tal vez suenen a primera vista como puramente te\u00f3ricas y abs\u00adtractas, pero que tienen mucho inter\u00e9s para mejor entender ideas que se van a exponer m\u00e1s adelante sobre el modo de ejercer la autoridad en la compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad. La pregunta &#8216;abstracta&#8217; que origina las diferencias posteriores es esta: \u00bfEs la autoridad algo querido por Dios para la humanidad en cualquier situaci\u00f3n imaginable, o lo es s\u00f3lo para la humanidad ca\u00edda en el pecado desde el mismo origen? Por ejemplo: \u00bfhar\u00eda falta autoridad en el para\u00edso terrenal, en el peque\u00f1o grupo social matrimonial formado por Ad\u00e1n y Eva antes de la ca\u00edda en el pecado? \u00bfseguir\u00e1 siendo necesaria la autoridad en la vida eterna, una vez supe\u00adrada definitivamente la historia pecadora de la humanidad?<\/p>\n<p>Ciertamente no har\u00e1 falta autoridad alguna en el cielo. En cuanto a Ad\u00e1n y Eva, antes de la ca\u00edda, parecer\u00eda que tampoco, pues lo que se le da a Ad\u00e1n en la persona de Eva no es una s\u00fabdita, sino una compa\u00f1era igual a \u00e9l: \u00abcarne de mi carne y hueso de mis huesos\u00bb<sup>2<\/sup>. S\u00f3lo despu\u00e9s de la ca\u00edda aparece Eva como subordinada a su marido, precisamente como resultado o consecuencia del pecado: \u00ab\u00e9l te dominar\u00e1\u00bb <sup>3<\/sup>. (Entre par\u00e9ntesis: este texto b\u00edblico de ninguna manera se debe usar para justificar, como se ha hecho tan a menudo, la secular dominaci\u00f3n de la mujer por parte del var\u00f3n que se ha dado casi como una constante, y a\u00fan se da, dentro y fuera de la Iglesia. V\u00e9ase la enc\u00edclica de Juan Pablo II Mulieris dignitatem, n.10).<\/p>\n<p>De entre las variadas interpretaciones a la pregunta abstracta formulada arriba destacamos la mejor conocida y la m\u00e1s aceptada por la tradici\u00f3n posterior. Es de san Agust\u00edn, y dice as\u00ed. La autoridad viene de Dios, ciertamente, es un dato querido por Dios, pero no para cualquier situaci\u00f3n posible de la humanidad, sino s\u00f3lo para la humanidad ca\u00edda. La autoridad ha sido dada por Dios a la humanidad \u00abpropter peccatum\u00bb, porque existe el pecado (De civitate Dei, 19,15). El mismo san Pablo parecer\u00eda haber anticipado el pensar de san Agust\u00edn. Advierte en el mismo lugar citado de la carta a los romanos: \u00abObra el bien, y obtendr\u00e1s elogios de la autoridad, pues para ti es un servidor de Dios para el bien. Pero, si obras mal, teme; pues no en vano lleva la espada, pues es un servidor de Dios para hacer justicia y castigar al que obra mal\u00bb.<\/p>\n<p>Pero tampoco las personas constituidas en autoridad est\u00e1n libres del todo de pe\u00adcado, ni dentro ni fuera de la Iglesia, ni tampoco en la compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad. De hecho las personas constituidas en autoridad van a sufrir una tentaci\u00f3n adicional, adem\u00e1s de las tentaciones comunes: la tentaci\u00f3n de usar mal de la autoridad recibida de Dios, de quien la persona con autoridad no es m\u00e1s que un simple \u00abservidor para el bien\u00bb, como acaba de decirnos san Pablo. Para el bien com\u00fan, por supuesto, y se cae en la tentaci\u00f3n cuando la autoridad no se usa cuando se debe para el bien, o cuando se usa para el bien propio o para el mal ajeno.<\/p>\n<p>Que en estas tentaciones se cae con frecuencia lo prueba de sobra la historia de la humanidad, la historia de la Iglesia y tambi\u00e9n la historia de las instituciones fundadas por san Vicente de Pa\u00fal. De hecho \u00e9l mismo ten\u00eda una visi\u00f3n m\u00e1s bien pesimista del uso de la autoridad en su propia congregaci\u00f3n hasta el punto de que en una ocasi\u00f3n se le escap\u00f3 la amarga queja de que \u00abtodos los des\u00f3rdenes vienen principalmente del superior\u00bb<sup>5<\/sup>. Y, en la l\u00ednea misma de san Agust\u00edn, justifica la necesidad de controles y de consejos que asesoren a los superiores precisamente por su debilidad pecadora: \u00abSi los superiores fueran impecables&#8230; no ser\u00eda nece\u00adsario darles consejeros. Pero como est\u00e1n inclinados a pecar (el original franc\u00e9s es m\u00e1s fuerte: \u00absujets \u00e1 p\u2018Cher\u00bb) y a cometer faltas, no es justo que no tengan un admonitor y personas a las que pedir consejo\u00bb.<\/p>\n<p>Nuestro Se\u00f1or Jesucristo no aboli\u00f3 lo que llam\u00e1bamos arriba el dato antropo\u00adl\u00f3gico de la existencia necesaria de la autoridad (cosa que s\u00ed han pretendido a lo largo de los siglos muy variados grupos her\u00e9ticos de tendencias radicalmente igua\u00adlitarias). No lo aboli\u00f3, pero, pues conoce muy bien lo que hay en el coraz\u00f3n de todo ser humano, nos previno muy seriamente contra los excesos y el mal uso de la autoridad en toda comunidad que se quiera llamar de verdad cristiana. Los pr\u00ednci\u00adpes de las naciones oprimen a sus s\u00fabditos, y los poderosos los explotan, \u00abpero entre vosotros no sea as\u00ed\u00bb. No puede ser as\u00ed si el cristiano reconoce y acepta la otra ense\u00f1anza del Se\u00f1or, que es m\u00e1s radical a\u00fan que el dato antropol\u00f3gico: \u00abUno solo es vuestro Padre y Maestro, y todos vosotros sois hermanos\u00bb.<\/p>\n<p>Aqu\u00ed est\u00e1 el problema: \u00bfc\u00f3mo compaginar en una comunidad a la vez el valor pri\u00admero de la fraternidad e igualdad fundamental con el uso de una autoridad sujeta a mil tentaciones de dominio que tiende a destruir la fraternidad? La respuesta te\u00f3rica nos la da santo Tom\u00e1s de Aquino: \u00abEl poder de Dios es lo mismo que su bondad, y por eso usa necesariamente bien de ese poder. Pero con el ser humano no sucede lo mismo, y por eso no le basta que se parezca a Dios en el poder, sino que se ha de parecer tambi\u00e9n en la bondad\u00bb. Lo que en romance paladino quiere decir: para ejer\u00adcer la autoridad tan bien como Dios hay que ser tan bueno como Dios.<\/p>\n<p>Pasemos ahora a ver c\u00f3mo la compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad quiere ayudar a las que tengan autoridad a resolver este dif\u00edcil problema.<\/p>\n<h2><strong>La fuente de la autoridad en la Compa\u00f1\u00eda<\/strong><\/h2>\n<\/div>\n<p>El origen de la vocaci\u00f3n de cada Hermana y de la naturaleza esencialmente comunitaria de esa vocaci\u00f3n est\u00e1 en Dios mismo. En la vida misma de Dios <em>&#8216;ad <\/em><em>infra&#8217;, <\/em>en la sant\u00edsima Trinidad, debe encontrar la Comunidad de Hijas de la Caridad su principio y su modelo: tres personas iguales unidas por el amor mutuo. No hay, ni hace ninguna falta, autoridad alguna en la vida interna de la Trinidad, pues todo en ella es igualdad radical y amor sin l\u00edmites. Hubo un intento temprano por parte del pensar teol\u00f3gico de establecer entre las tres personas alg\u00fan tipo de jerarqu\u00eda y de subordinaci\u00f3n, pero esa manera de ver las cosas fue prontamente descartada como her\u00e9tica (monarquianos, subordinacionistas).<\/p>\n<p>El modelo es modelo precisamente porque lo han de imitar personas que no son ni tan santas ni tan sabias como las personas divinas. Para tratar de remediar las deficiencias de partida se da en la Comunidad de Hijas de la Caridad la ayuda de la autoridad, que tambi\u00e9n en su Compa\u00f1\u00eda procede de Dios mismo, y se ordena precisamente a descubrir y llevar a cabo la voluntad de Dios sobre la Compa\u00f1\u00eda y sobre la vida de cada una de las Hermanas.<\/p>\n<p>Pero no faltar\u00e1 quien piense que la vida interna de la Trinidad es un modelo de\u00admasiado lejano y m\u00e1s que un poco abstracto, que la divinidad en s\u00ed misma es poco accesible para limitadas mentes terrenales. Algo de raz\u00f3n hay que reconocer en esta manera de pensar. Pero la encarnaci\u00f3n, el hacerse Dios mismo carne humana y te\u00adrrena, convierte en totalmente accesible lo que a primera vista parecer\u00eda inaccesible. Ha habido un hombre, Jes\u00fas de Nazaret, plenamente humano (y no s\u00f3lo aparente\u00admente humano, como lo pensaba otra visi\u00f3n her\u00e9tica, la de los docetas), enviado por Dios, investido de la autoridad misma de Dios sobre la humanidad, que ha dejado un modelo hist\u00f3rico, accesible y posible sobre c\u00f3mo ejercer esa realidad divina presente entre los hombres que llamamos autoridad. La autoridad <em>\u00abse ejerce como un servicio, <\/em><em>a imitaci\u00f3n de Cristo servidor, que am\u00f3 a los suyos hasta dar su vida por ellos\u00bb. <\/em>Pues viene de Dios, el ejercicio de la autoridad en la Compa\u00f1\u00eda no puede ser m\u00e1s que obra de amor, y se manifiesta sobre todo en la prueba suprema del amor que consiste en dar la vida por los dem\u00e1s.<\/p>\n<h2><strong>Para qu\u00e9 es la autoridad en la Compa\u00f1\u00eda<\/strong><\/h2>\n<p>\u00abLos Superiores saben que los poderes que les han sido conferidos se ordenan al cumplimiento de la misi\u00f3n de la Compa\u00f1\u00eda en la Iglesia\u00bb. La misi\u00f3n de la. Compa\u00f1\u00eda en la Iglesia es obra del \u00abamor de Cristo crucificado que anima e inflama el coraz\u00f3n de la Hija de la Caridad\u00bb. Por ello, el amor de Cristo mismo debe ser tambi\u00e9n el alma y el modelo de toda autoridad en la Compa\u00f1\u00eda para ayudarle a cumplir el fin que le ha se\u00f1alado Dios mismo: \u00abacudir al servicio de todas las miserias\u00bb.<\/p>\n<p>Esta es la misi\u00f3n principal, el punto de vista que nunca se ha de olvidar en el ejercicio de la autoridad en la Compa\u00f1\u00eda. Compa\u00f1\u00eda que no hay que ver como una especie de mecanismo organizado en el que sus partes son f\u00e1cilmente intercam\u00adbiables y aun desechables, sino que es una asociaci\u00f3n libre de hijas de Dios, a las que la autoridad debe <em>\u00abestimular su fidelidad al carisma de los fundadores y <\/em><em>procurar la formaci\u00f3n y el bien de sus miembros\u00bb<\/em>, para que ellas a su vez crezcan en la dedicaci\u00f3n al fin de la Compa\u00f1\u00eda, pues en eso consiste tambi\u00e9n el bien verdadero de cada Hermana.<\/p>\n<p>Como la autoridad en la Compa\u00f1\u00eda procede de Dios mismo, sus determinaciones obligan en conciencia, pues obligan ante Dios, y no s\u00f3lo ante la autoridad concreta como una mera exigencia disciplinar reforzada por posibles sanciones. De hecho los hermosos textos de las constituciones sobre estos temas han evitado toda referencia a sanciones de ning\u00fan tipo; apelan exclusivamente a la responsabilidad y a la con\u00adciencia de cada Hermana. De ello resulta un tratamiento de la autoridad y la obedien\u00adcia que podr\u00edamos calificar de plenamente &#8216;moderno&#8217; y acorde con la sensibilidad actual, en l\u00ednea con lo previsto en el n\u00famero 3 del documento conciliar sobre la vida religiosa, <em>Perfectae caritatis: \u00abLa forma de gobierno de los institutos ha de adaptarse <\/em><em>debidamente a las condiciones sicol\u00f3gicas actuales de los miembros\u00bb.<\/em><\/p>\n<p>No hay que dar esto por supuesto, ni ha sido as\u00ed durante siglos en las legisla\u00adciones de \u00f3rdenes y congregaciones. Por poner un ejemplo: las constituciones escritas por santa Teresa misma, que era sin duda un esp\u00edritu plenamente evan\u00adg\u00e9lico, prev\u00e9n penas, algunas de ellas dur\u00edsimas, para las infractoras de algunas reglas. No es que la Compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad carezca del sentido realista de la fragilidad y posibles fallos de las que tienen y de las que no tienen alg\u00fan cargo de autoridad. Pero para remediar los fallos no se acude a sanciones en el texto de las constituciones, sino a la caridad y correcci\u00f3n fraterna, a revisio\u00adnes personales y comunitarias frecuentes. Correcciones y revisiones que son sin duda necesarias, pues se trata nada menos que de dar cuenta a Dios de la propia conciencia en el ejercicio de la autoridad y de la obediencia.<\/p>\n<h2><strong>C\u00f3mo se debe ejercer la autoridad en la Compa\u00f1\u00eda<\/strong><\/h2>\n<p><em>\u00abEntre vosotros no sea as\u00ed\u00bb. <\/em>Escuchando la ense\u00f1anza del Se\u00f1or, la Compa\u00f1\u00eda confiesa que <em>\u00abla autoridad en la Compa\u00f1\u00eda se ejerce como un servicio\u00bb. <\/em>No podr\u00eda ser de otra manera en una comunidad creada no por los lazos naturales de la sangre, ni por la imposici\u00f3n de una legislaci\u00f3n civil, sino por elecci\u00f3n libre y voluntaria; una comunidad, adem\u00e1s, en la que todos sus miembros, con autoridad o sin ella, son radicalmente iguales. El ejercicio de la autoridad debe hacerse, pues, en una alta estima de las Hermanas sometidas a ella. Toda minusvaloraci\u00f3n de la dignidad personal de cada Hermana (del tipo, por ejemplo, \u00abesta Hermana es una in\u00fatil\u00bb, o \u00abesta Hermana es tonta\u00bb) crear\u00e1 sin remedio una tendencia a usar la autoridad con estilo autoritario impositivo. La Hermana m\u00e1s &#8216;in\u00fatil&#8217;, la m\u00e1s &#8216;tonta&#8217;, es tambi\u00e9n una hija libre de Dios, a la que hay que ayudar a crecer en la <em>\u00ablibertad de los hijos de Dios\u00bb, <\/em>tanto m\u00e1s cuanto m\u00e1s deficiente parezca.<\/p>\n<p>Pues el ejercicio de la autoridad es un servicio, la Hermana investida con au\u00adtoridad debe ser paciente con las lentas, sufrida siempre, abierta al di\u00e1logo y a la escucha, confiada, respetuosa con todas, discreta y capaz de guardar el secreto necesario<sup>23<\/sup> precisamente por respeto a las personas. La autoridad en la Comuni\u00addad no debe atentar nunca contra la igualdad entre las Hermanas, por lo que debe evitar todo tipo de favoritismo, as\u00ed como toda clase de privilegios injustificados, sobre todo los privilegios que la Hermana con autoridad se siente tentada a con\u00adcederse a s\u00ed misma. Esto \u00faltimo, la de permitirse privilegios a s\u00ed misma, es una tentaci\u00f3n permanente de toda autoridad.<\/p>\n<p>Pero no es la \u00fanica. Hay otra m\u00e1s importante y m\u00e1s dif\u00edcil de evitar, y es el &#8216;cre\u00e9rselo&#8217;, como se dir\u00eda en lenguaje coloquial: el sentido de la importancia propia, el creerse m\u00e1s que las dem\u00e1s porque se tiene autoridad. El sentir la tentaci\u00f3n es pr\u00e1cticamente inevitable, y el caer en ella muy com\u00fan dentro y fuera de la compa\u00ad\u00f1\u00eda y de la Iglesia, y tambi\u00e9n, por supuesto, fuera de ambas. Si nuestra propia experiencia no fuera prueba suficiente, podr\u00edamos aprender al menos de nuestro fundador en un texto conocido. Habla a sus misioneros, pero nadie se ofender\u00e1, esperamos, si se aplica tambi\u00e9n a las Hermanas: \u00abHe experimentado hace ya mucho tiempo, y veo que en la mayor parte sucede esto, que este estado de superioridad y de gobierno es tan maligno que deja por s\u00ed mismo y por su natura\u00adleza una malignidad, una mancha villana y maldita. S\u00ed, hermanos m\u00edos, una malig\u00adnidad que infecta el alma y todas las facultades&#8230;Sus palabras, sus gestos, su andar y su porte tienen un no s\u00e9 qu\u00e9 que revela su suficiencia, a no ser que sea uno de esos hombres (o mujeres, a\u00f1adimos por nuestra cuenta) consumidos por Dios. Pero creedme, hermanos, de esos hay muy pocos\u00bb.<\/p>\n<p>No ser\u00eda malo, si se quiere usar bien de la autoridad, tener en cuenta estas pala\u00adbras vehementes de Vicente de Pa\u00fal. Ellas ense\u00f1ar\u00e1n a las que tienen autoridad otra virtud necesaria que brota de su condici\u00f3n de sirvientes: la humildad. Nos recuerda tambi\u00e9n el fundador: \u00abOtra cosa que le recomiendo es la humildad de Nuestro Se\u00f1or. Diga a menudo: \u00bfqu\u00e9 he hecho yo para merecer tal cargo? Oh, Dios m\u00edo, lo voy a estropear todo si no diriges t\u00fa mismo todas mis palabras y mis obras\u00bb.<\/p>\n<p>No se dice todo esto para que la Hermana con autoridad sea una persona medrosa e indecisa para tomar decisiones que obligan a las Hermanas, y que obligan adem\u00e1s, como dec\u00edamos arriba, en conciencia. Fuera de las previsiones acerca de la Asamblea General, del Consejo General y del Provincial en los casos en que las Constituciones prev\u00e9n no un simple consejo sino el consentimiento de las consejeras, s\u00f3lo la persona con autoridad <em>\u00abes responsable de las decisiones <\/em><em>que haya que tomar\u00bb<\/em> caso que se da siempre con relaci\u00f3n a la Hermana Sirviente en todos los aspectos de la comunidad local (tenga esta o no tenga un consejo formalmente constituido). S\u00f3lo la Hermana Sirviente (y tambi\u00e9n, por supuesto, en sus niveles propios la Superiora General y la Visitadora en los casos en que no se requiere el consentimiento de sus respectivos consejos) tiene el poder de decidir cuando sea necesario para el buen funcionamiento de la vida com\u00fan y para garan\u00adtizar el buen ejercicio de las actividades apost\u00f3licas. La conciencia de su humildad y la conciencia realista de su falta de capacidad no debe crear en ella, aunque sea t\u00edmida de car\u00e1cter, un sentimiento de miedo hacia sus Hermanas o hacia la opini\u00f3n de los Superiores Mayores que le paralice a la hora de tomar decisiones.<\/p>\n<h2><strong>Las estructuras de la autoridad fraternal en la Compa\u00f1\u00eda<\/strong><\/h2>\n<p>No vamos a exponer aqu\u00ed las estructuras de gobierno en la Compa\u00f1\u00eda, de sobra conocidas en la teor\u00eda y en la pr\u00e1ctica. (En cuanto a la teor\u00eda, lo fundamental se dice en 2.8, personas con autoridad en la Compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad, y en 3.23-3.50, personas con autoridad y \u00f3rganos de gobierno. V\u00e9anse tambi\u00e9n Estatutos 35-60). Vamos a tratar de lo que se dice en el subt\u00edtulo de este apartado: qu\u00e9 estructuras se ha impuesto a s\u00ed misma la compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad para conseguir que el ejercicio de la autoridad sea verdaderamente fraternal; para ayudar, en otras palabras, a todas las Hermanas con alguna autoridad a no olvidar nunca que su autoridad no recae sobre s\u00fabditas, sino sobre Hermanas suyas que han entregado su vida libremente a cumplir la voluntad de Dios en la Compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n<p>Tal vez lo que se va a decir suene a demasiado &#8216;t\u00e9cnico&#8217; y a poco &#8216;espiritual&#8217;. Eso mismo piensan muchos de gran parte de la legislaci\u00f3n del Derecho Can\u00f3nico. Pero, en el fondo, \u00e9ste no pretende m\u00e1s que la santidad de los bautizados: <em>\u00absalus anima\u00adrum, suprema lex\u00bb, <\/em>la ley m\u00e1s importante es la salvaci\u00f3n de las almas. Si todos los fieles bautizados fueran ya santos, no har\u00eda falta tanta ley, y aun ninguna, hecho que nos vuelve a la idea del principio: la ley y las estructuras de autoridad son necesarias, tambi\u00e9n en una asociaci\u00f3n radicalmente fraternal como es la Iglesia, para remediar las deficiencias de los que mandan y de los que obedecen; para ayudarles, en otras palabras, a ser santos, y, en nuestro caso, ayudarles a cumplir el fin de la Compa\u00f1\u00eda que cada Hermana acept\u00f3 libremente al ingresar en el Seminario.<\/p>\n<p>\u00abLa autoridad suprema\u00bb dentro de la Compa\u00f1\u00eda reside no en una persona sola sino en una estructura colectiva que \u00abrepresenta inmediatamente a toda la Compa\u00f1\u00eda\u00bb, la Asamblea General <sup>27<\/sup>. Estructura `fraternal&#8217;, si las hay. Ante la imposibi\u00adlidad pr\u00e1ctica de que todos los miembros de la Compa\u00f1\u00eda se re\u00fanan a la vez en un mismo lugar, lo hacen en su nombre las que han sido delegadas y elegidas para ello democr\u00e1ticamente. Ninguna Hermana del mundo est\u00e1 excluida, si no se excluye a s\u00ed misma, de la creaci\u00f3n de esta estructura pensada para \u00abestablecer estatutos y decretos para el bien de toda la Compa\u00f1\u00eda\u00bb<sup>28<\/sup>, es decir, de todas las Hermanas.<\/p>\n<p>Excepto por lo que se refiere a ser la autoridad suprema en su respectivo nivel, hay que decir lo mismo de las Asambleas provinciales y locales. Todas ellas son estructuras fraternales de autoridad, todas ellas est\u00e1n pensadas para ayudar a las superioras correspondientes a gobernar en fraternidad y a tener en cuenta la opi\u00adni\u00f3n de las Hermanas que no tienen cargo de autoridad.<\/p>\n<p>Otra estructura para un gobierno de car\u00e1cter fraternal son los consejos. No vamos a decir nada sobre el consejo general ni sobre el provincial, descritos con mucho detalle en las Constituciones. Nos parece que ambos tipos de consejo aseguran suficientemente el esp\u00edritu de fraternidad en la toma de decisiones que obligan a las Hermanas. Vamos a hablar s\u00f3lo del consejo local, y en esto nos detendremos un poco. Tema importante en verdad, pues afecta profundamente a toda Hija de la Caridad en lo que m\u00e1s de cerca le toca, el vivir de cada d\u00eda.<\/p>\n<p>Las vacilaciones de san Vicente sobre el consejo local no vinieron a dar, que sepamos, en la creaci\u00f3n de los consejos locales despu\u00e9s de su muerte. Si no estamos equivocados, la Compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad no ha conocido esa `estructura&#8217; de gobierno desde entonces hasta hoy. Pero hoy no s\u00f3lo deber\u00eda co\u00adnocerse sino que toda la Compa\u00f1\u00eda tiene un mandato de la Asamblea de 1985 para establecerlo en todas las casas. El texto de las Constituciones, aprobadas y en vigor desde 1983, hab\u00eda previsto el consejo dom\u00e9stico como estructura discrecio\u00adnal: \u00abla Hermana Sirviente puede recibir la ayuda de un consejo dom\u00e9stico\u00bb 30 Pero lo que era discrecional en las constituciones se hizo obligatorio a partir de dicha Asamblea: \u00abLa Hermana Sirviente debe estar asistida por un consejo\u00bb, for\u00admado bien por toda la comunidad, bien por un consejo reducido de dos o m\u00e1s Hermanas. Este segundo caso lo deciden la Visitadora y su Consejo \u00abdespu\u00e9s de consultar a la Hermana Sirviente y a sus compa\u00f1eras\u00bb.<\/p>\n<p>No quisi\u00e9ramos molestar a nadie si damos nuestra impresi\u00f3n de que este de\u00adcreto tan claro de la Asamblea de 1985 no se ha tenido a\u00fan muy en cuenta, por lo menos en muchas casas de las que tenemos noticia en varias provincias. Se nos permitir\u00e1, esperamos, una palabra de consejo fraternal: los decretos de las Asam\u00adbleas, tambi\u00e9n los que modifican alg\u00fan punto de las Constituciones, se dan para que se cumplan. Es m\u00e1s: el n\u00famero \u00faltimo de las Constituciones recuerda que estas<\/p>\n<p>deben ser observadas <em>\u00abcomo la expresi\u00f3n de la voluntad de Dios sobre ellas\u00bb, <\/em>sobre las Hijas de la Caridad. La voluntad de Dios, y, en este tema concreto, tambi\u00e9n la voluntad expresa de la autoridad eclesi\u00e1stica competente, que en este caso ha sugerido la modificaci\u00f3n del texto original de las constituciones para adap\u00adtarlo a las exigencias del Derecho Can\u00f3nico, que determina claramente que en la Iglesia todo superior debe tener el asesoramiento de un consejo. Y no bastar\u00edan para suplir a ese consejo como si fueran su equivalente (como hemos o\u00eddo m\u00e1s de una vez) las reuniones regulares de toda la comunidad previstas en E.53, pues el E.56 habla del consejo dom\u00e9stico como realidad diferente de esas reuniones.<\/p>\n<p>En efecto, las reuniones comunitarias, aunque muy \u00fatiles y aun necesarias, tienen por s\u00ed mismas una estructura `informal&#8217;. No as\u00ed los consejos, que exigen una estructuraci\u00f3n mayor: fechas peri\u00f3dicas fijadas y anunciadas de antemano, una agenda de temas a tratar, un di\u00e1logo abierto a todas, una secretaria que tome notas de lo tratado; en fin, un libro de actas del consejo para futuras referencias y tambi\u00e9n para cumplir en el nivel local otra determinaci\u00f3n de la Asamblea de 1985: <em>\u00abLos <\/em><em>archivos establecen un v\u00ednculo con el pasado y contribuyen a mantener la continui\u00ad<\/em><em>dad del esp\u00edritu de la compa\u00f1\u00eda. Su conservaci\u00f3n debe garantizarse a todos los <\/em><em>niveles, local, provincial y general\u00bb. <\/em>Una de las piezas b\u00e1sicas del archivo local es el libro de actas del consejo dom\u00e9stico. Las reuniones comunitarias m\u00e1s `informa\u00adles&#8217; de las que se habla en E.53 no tienen por qu\u00e9 guardar un libro de actas.<\/p>\n<p>El consejo en todos los niveles es una de las estructuras que mejor garantizan la verdadera coparticipaci\u00f3n y la corresponsabilidad, a las que tanto animan las constituciones. Pero no basta con animar: hay que crear estructuras de copartici\u00adpaci\u00f3n y corresponsabilidad que las garanticen en la pr\u00e1ctica de cada d\u00eda. Si no se hace as\u00ed, los modos y los grados de coparticipaci\u00f3n y de corresponsabilidad en el nivel local quedar\u00e1n a discreci\u00f3n de la Hermana Sirviente de turno.<\/p>\n<p>Hay en las Constituciones otros varios mecanismos que quieren dar cuerpo a una verdadera coparticipaci\u00f3n y corresponsabilidad: las consultas, el dar cuenta en ambas direcciones, hacia arriba y hacia abajo. Muchas de las consultas est\u00e1n bien determinadas en las Constituciones, otras no lo est\u00e1n tanto o no lo est\u00e1n en manera alguna. Esto \u00faltimo es cierto sobre todo en lo que se refiere a dar cuentas hacia abajo por parte de las que tienen autoridad. Si no hemos le\u00eddo mal las constitucio\u00adnes, apenas si se encuentra en ella alg\u00fan caso en que la autoridad est\u00e9 obligada a dar cuentas de su gesti\u00f3n a la Comunidad (no s\u00f3lo de su gesti\u00f3n econ\u00f3mica, pero tambi\u00e9n de esta). Ahora bien, el dar cuenta tan detallada como lo permitan las circunstancias (a veces se impone la necesidad de la discreci\u00f3n y del secreto) es una de las formas que m\u00e1s contribuyen al ejercicio fraternal de la autoridad.<\/p>\n<p>Hay un tema que es totalmente nuevo en la historia de la Compa\u00f1\u00eda, y que deber\u00eda ser a la larga una de las estructuras m\u00e1s eficaces para cultivar en la comunidad local el sentido de la corresponsabilidad y la coparticipaci\u00f3n, as\u00ed como la verdadera subsidiariedad, de la que se dir\u00e1 algo m\u00e1s adelante. Nos referimos al proyecto comunitario local. Sobre este tema no vamos a decir nada, pues lo que dicen las Constituciones es m\u00e1s que suficiente, si se cumple bien, y si la elabora\u00adci\u00f3n del proyecto comunitario no se limita a ser una repetici\u00f3n rutinaria, tal vez con peque\u00f1as modificaciones, del proyecto del a\u00f1o anterior; sobre todo si se tiene en cuenta lo que dice acerca de ellos la \u00faltima Asamblea General: \u00abproyectos comu\u00adnitarios creativos, realistas, exigentes y evaluables\u00bb. La elaboraci\u00f3n del proyecto es obra de todas las Hermanas que componen la comunidad local, y se lleva a la pr\u00e1ctica entre todas, sin duda siempre bajo la autoridad de la Hermana Sirviente. Apenas si se pod\u00eda haber pensado una estructura mejor para asegurar la corres\u00adponsabilidad y la participaci\u00f3n de todas y, a la vez, la necesaria obediencia.<\/p>\n<p>La corresponsabilidad y la coparticipaci\u00f3n son flores delicadas de convivencia comunitaria que hay que cuidar y cultivar con esmero. Pero hay ciertas estructuras actuales con una larga tradici\u00f3n que m\u00e1s bien tienden a agostarlas. En la tradici\u00f3n, y tambi\u00e9n en las constituciones actuales, aunque en estas en menor medida, se da en el nivel local una especie de monopolio de responsabilidades por parte de la Hermana Sirviente. Las hermanas se quejan de ello con frecuencia en todas partes. La queja depender\u00e1 sin duda a veces de la tendencia universal a criticar a los que mandan. Pero en este caso se da tambi\u00e9n una raz\u00f3n estructural objetiva. Por poner un ejemplo: \u00bfes necesario e inevitable que la Hermana Sirviente administre por s\u00ed misma los bienes de la comunidad local? \u00bfno podr\u00eda tener en todos los casos una ec\u00f3noma que bajo su supervisi\u00f3n llevara la administraci\u00f3n, como sucede, con tan buenos resultados, en el nivel provincial y en el general? Ese ser\u00eda un excelente ejemplo de corresponsabilidad pr\u00e1ctica en un terreno importante. Y m\u00e1s si se tiene en cuenta que la corresponsabilidad en la administraci\u00f3n de los bienes est\u00e1 previs\u00adta en las mismas Constituciones en principio <em>(\u00abEn la compa\u00f1\u00eda Superiores y Her\u00ad<\/em><em>manas son corresponsables de los bienes comunes\u00bb<sup>35<\/sup>), <\/em>pero sin que se haya pensado en ning\u00fan tipo de mecanismo para llevarlo a cabo en la comunidad local.<\/p>\n<p>Esta carencia nos parece apuntar a un hecho indudable en la historia de la compa\u00f1\u00eda. Durante siglos la hermana sirviente ha tenido efectivamente algo as\u00ed como un monopolio de responsabilidades en todos los aspectos de la vida com\u00fan, y siempre cuesta imaginar y cambiar los modos de gobernar tradicionales, aunque todo el mundo se queje de ellos como ya anacr\u00f3nicos. Las Constituciones quieren dise\u00f1ar un modo nuevo de gobernar y acabar de una vez con los antiguos. A ello le mueven leg\u00edtimamente los nuevos aires que corren en la misma Iglesia para una mayor participaci\u00f3n por parte de todos. En la Iglesia, pero tambi\u00e9n fuera de ella. Este es uno de esos signos de los tiempos que parece claramente inspirado por el Esp\u00edritu Santo de Dios. Se basa en la fraternidad e igualdad radicales de todo ser humano como criatura de Dios, dato de revelaci\u00f3n y principio fundamental de convivencia y de gobierno entre las Hijas de la Caridad seg\u00fan sus Constituciones.<\/p>\n<p>Pero, como dec\u00edamos, no basta con reconocer el principio y animar a las Hermanas a vivirlo. Hay que encarnarlo en estructuras que lo faciliten.<\/p>\n<p>Unas palabras sobre la subsidiariedad. La primera formulaci\u00f3n de este principio dentro de la Iglesia en tiempos modernos (decimos en tiempos modernos, porque en realidad el principio, con otros nombres, es anterior a la Edad Media) se encuentra en el n\u00famero 35 de la enc\u00edclica <em>Quadragesimo anno <\/em>de P\u00edo XI en 1931. Dice as\u00ed:<\/p>\n<p><em>\u00abEs injusto confiar a un nivel m\u00e1s alto de la sociedad lo que pueden hacer las <\/em><em>comunidades inferiores. Toda acci\u00f3n de la sociedad debe prestar auxilio <\/em>(subsi\u00addium: de ah\u00ed el nombre del principio en cuesti\u00f3n) <em>a los miembros del cuerpo social, pero nunca absorberlos\u00bb.<\/em><\/p>\n<p>P\u00edo XI aplica en la enc\u00edclica el principio de subsidiariedad directamente a la socie\u00addad civil, pero es un principio que en la historia se debe a y fue creado por la pr\u00e1ctica interna de la Iglesia y de sus instituciones, y que por tanto se debe aplicar ante todo a sus organizaciones propias. Tambi\u00e9n debe aplicarlo a s\u00ed misma la Compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad, tal como lo exponen sus constituciones en varios lugares.<\/p>\n<p>El principio tiene dos aspectos, uno que se suele formular de forma negativa, y que dice m\u00e1s o menos as\u00ed: la autoridad no debe en principio inmiscuirse en el funcionamiento propio de los niveles inferiores. En la pr\u00e1ctica esto quiere decir que en la compa\u00f1\u00eda la Superiora General y su Consejo no intervienen normalmente en el funcionamiento de los gobiernos provinciales respecto a sus competencias pro\u00adpias definidas en las Constituciones; que el gobierno provincial no interviene de manera normal en las competencias propias de las comunidades locales, definidas tambi\u00e9n en las Constituciones; que, finalmente, la Hermana Sirviente deja normal\u00admente en paz a las Hermanas particulares en el desempe\u00f1o de los cargos que se les han confiado.<\/p>\n<p>Decimos en todos los casos &#8216;normalmente&#8217;, porque el otro aspecto de la sub\u00adsidiariedad, el positivo, consiste en proveer a cada nivel de los medios suficientes para llevar a cabo sus competencias propias: personal suficiente, trabajos principa\u00adles de la casa, medios materiales adecuados&#8230; Uno de los &#8216;medios&#8217; que todo nivel inferior necesita es la intervenci\u00f3n del nivel superior cuando el inferior no funciona o es incapaz de corregir por s\u00ed mismo deficiencias importantes de funcionamiento. En esos casos la verdadera subsidiariedad exige la intervenci\u00f3n de la Hermana Sirviente sobre la Hermana particular, de la Visitadora sobre la comunidad local, de la Superiora General sobre la provincia.<\/p>\n<p>En las Constituciones las competencias propias de cada nivel est\u00e1n suficiente\u00admente definidas. S\u00f3lo queda desear que la Compa\u00f1\u00eda no se deje llevar en ninguno de sus niveles por modos de gobernar intervencionistas propios del pasado y asuma de coraz\u00f3n en la pr\u00e1ctica, y no s\u00f3lo en el texto de las Constituciones, el principio de sub\u00adsidiariedad. Pues este principio tiene tambi\u00e9n sus ra\u00edces en la radical fraternidad e igualdad de las Hermanas, y en la libertad propia de las hijas de Dios. Quiere tener en cuenta y hacer crecer la dignidad de las Hermanas, su capacidad de iniciativa, su creatividad, su sentido de la responsabilidad, su madurez, y acabar de una vez con toda manifestaci\u00f3n de infantilismo, deficiencia esta que se cubre a veces con el man\u00adto de una falsa obediencia pasiva: \u00abYo, lo que me manden los superiores\u00bb.<\/p>\n<p>Ahora bien, no hay que enga\u00f1arse pensando que este cambio de visi\u00f3n va a ser f\u00e1cil o r\u00e1pido. Est\u00e1, primero, la herencia de los h\u00e1bitos de pensar y de actuar del pasado, de los que, como hemos dicho, no va a ser f\u00e1cil desprenderse del todo. Y est\u00e1n tambi\u00e9n las tentaciones permanentes del presente y del futuro: las ganas de entrometerse en el funcionamiento de los niveles inferiores, y por parte de estos la comodidad, la pasividad, el no atreverse a asumir la carga y el riesgo de tomar decisiones, el miedo a la opini\u00f3n de la autoridad superior, a la que se bombardea con consultas innecesarias para asegurarse las espaldas propias, el miedo, en fin, a las cr\u00edticas de las inferiores. No va a ser f\u00e1cil el cambio, pero hay que ponerse en camino. El cambio exigido de mentalidad y de pr\u00e1ctica est\u00e1 claramente expuesto en las Constituciones; es por ello expresi\u00f3n de la voluntad de Dios sobre c\u00f3mo se debe gobernar en la Compa\u00f1\u00eda de las Hijas de la Caridad.<\/p>\n<h2><strong>Ep\u00edlogo<\/strong><\/h2>\n<p>Las Constituciones de las Hijas de la Caridad quieren seguir siendo fieles al esp\u00edritu de los fundadores y tambi\u00e9n adaptarlo a las exigencias leg\u00edtimas de los tiempos que corren. En ambos aspectos lo han hecho muy bien: mantienen la fidelidad al esp\u00edritu que les dio origen y se adaptan muy bien al esp\u00edritu de estos tiempos. Pensamos que ni siquiera una mentalidad feminista avanzada encontrar\u00eda en el texto de las Constituciones nada que no pudiera aceptar, nada que atentar\u00eda contra la condici\u00f3n de la mujer madura y libre.<\/p>\n<p>Si de hecho lo encuentra en la vida de comunidad tal como se vive hoy en la Compa\u00f1\u00eda, eso no se deber\u00eda a las Constituciones, sino a una de tres posibles causas ajenas a las Constituciones mismas: a los h\u00e1bitos del pasado, a los que nos hemos referido ya varias veces; a las deficiencias de las personas que tienen autoridad en la compa\u00f1\u00eda, y a las deficiencias de las que no la tienen (por ejemplo, en estas \u00faltimas, la pasividad y la renuncia a la propia responsabilidad). Los h\u00e1bitos del pasado que no son compatibles con el vino nuevo de las Constituciones hay que desecharlos sin m\u00e1s como a otros tantos odres viejos. En cuanto a las defi\u00adciencias de las que tienen y de las que no tienen autoridad, el \u00fanico remedio eficaz ser\u00e1 siempre un buen conocimiento del esp\u00edritu y de la letra de las Constituciones, y su puesta en pr\u00e1ctica en la vida de cada d\u00eda.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El problema: autoridad y fraternidad La autoridad es un dato antropol\u00f3gico. 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