{"id":122156,"date":"2021-09-01T07:54:18","date_gmt":"2021-09-01T05:54:18","guid":{"rendered":"http:\/\/somos.vicencianos.org\/?p=122156"},"modified":"2022-08-09T20:14:59","modified_gmt":"2022-08-09T18:14:59","slug":"trabajo-y-salarios","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/vincentians.com\/es\/trabajo-y-salarios\/","title":{"rendered":"Trabajo y salarios"},"content":{"rendered":"<h2><b>I. La naturaleza del trabajo<\/b><\/h2>\n<p>251. La Iglesia halla ya en las primera p\u00e1ginas del libro del G\u00e9nesis la fuente de su convicci\u00f3n seg\u00fan la cual el trabajo constituye una dimensi\u00f3n fundamental de la existencia humana sobre la tierra. El an\u00e1lisis de estos textos nos hace conscientes a cada uno del hecho de que en ellos\u2014a veces aun manifestando el pensamiento de una manera arcaica\u2014han sido expresadas las verdades fundamentales sobre el hombre, ya en el contexto del misterio de la Creaci\u00f3n. Estas son las verdades que deciden acerca del hombre desde el principio y que, al mismo tiempo, trazan las grandes l\u00edneas de su existencia en la tierra, tanto en el estado de justicia original como tambi\u00e9n despu\u00e9s de la ruptura, provocada por el pecado, de la alianza original del Creador con lo creado, en el hombre. Cuando \u00e9ste hecho \u00aba imagen de Dios &#8230; var\u00f3n y hembra\u00bb (Gn 1, 27), siente las palabras: \u00abProcread y multiplicaos, y bendecid la tierra; sometedla\u00bb (Gn 1, 28\u201329), aunque estas palabras no se refieren directa y expl\u00edcitamente al trabajo, indirectamente ya se lo indican sin duda alguna como una actividad a desarrollar en el mundo. M\u00e1s a\u00fan, demuestran su misma esencia m\u00e1s profunda. El hombre es la imagen de dios, entre otros motivos por el mandato recibido de su Creador de someter y dominar la tierra. En la realizaci\u00f3n de este mandato, el hombre, todo ser humano, refleja la acci\u00f3n misma del Creador del universo. El trabajo entendido como una actividad \u00abtransitiva\u00bb, es decir, de tal naturaleza que, empezando en el sujeto humano, est\u00e1 dirigida hacia un objeto externo, supone un dominio espec\u00edfico del hombre sobre la \u00abtierra\u00bb y a la vez confirma y desarrolla este dominio. Est\u00e1 claro que con el t\u00e9rmino \u00abtierra\u00bb, del que habla el texto b\u00edblico, se debe entender ante todo la parte del universo visible en el que habita el hombre; por extensi\u00f3n sin embargo, se puede entender todo el mundo visible, dado que se encuentra en el radio de influencia del hombre y de su b\u00fasqueda por satisfacer las propias necesidades. La expresi\u00f3n \u00absometer la tierra\u00bb tiene un amplio alcance. Indica todos los recursos que la tierra (e indirectamente el mundo visible) encierra en s\u00ed y que, mediante la actividad consciente del hombre, pueden ser descubiertos y oportunamente usados. De esta manera, aquellas palabras, puestas al principio de la Biblia, no dejan de ser actuales. Abarcan todas las \u00e9pocas pasadas de la civilizaci\u00f3n y de la econom\u00eda, as\u00ed como toda la realidad contempor\u00e1nea y las fases futuras del desarrollo, las cuales, en alguna medida, quiz\u00e1s se est\u00e1n delineando ya, aunque en gran parte permanecen todav\u00eda casi desconocidas o escondidas para el hombre. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 4)<\/p>\n<p>252. En nuestro tiempo es cada vez m\u00e1s importante <i>el papel del trabajo humano <\/i>en cuanto factor productivo de las riquezas inmateriales y materiales; por otra parte, es evidente que el trabajo de un hombre se conecta naturalmente con el de otros hombres. Hoy m\u00e1s que nunca, trabajar es trabajar con otros y trabajar para otros: es hacer algo para alguien. El trabajo es tanto m\u00e1s fecundo y productivo, cuanto el hombre se hace m\u00e1s capaz de conocer las potencialidades productivas de la tierra y ver en profundidad, las necesidades de los otros hombres, para quienes se trabaja. (<i>Centesimus Annus<\/i>, n. 31)<\/p>\n<p>253. En los designios de Dios, cada hombre est\u00e1 llamado a promover su propio progreso, porque la vida de todo hombre es una vocaci\u00f3n dada por Dios para una misi\u00f3n concreta. Desde su nacimiento, ha sido dado a todos, como un germen, un conjunto de aptitudes y de cualidades para hacerlas fruct\u00edferas: su floraci\u00f3n, fruto de la educaci\u00f3n recibida en el propio ambiente y del esfuerzo personal, permitir\u00e1 a cada uno orientarse hacia el destino, que le ha sido propuesto por el Creador. Dotado de inteligencia y de libertad, el hombre es responsable de su crecimiento lo mismo que de su salvaci\u00f3n. Ayudado, y a veces estorbado, por los que lo educan y lo rodean, cada uno permanece siempre, sean lo que sean los influjos que sobre \u00e9l se ejercen, el art\u00edfice principal de su \u00e9xito o de su fracaso: por s\u00f3lo el esfuerzo de su inteligencia y de su voluntad, cada hombre puede crecer en humanidad, valer m\u00e1s, ser m\u00e1s. (<i>Populorum Progressio<\/i>, n. 15)<\/p>\n<p>254. El trabajo humano procede directamente de personas creadas a imagen de Dios y llamadas a prolongar, unidas y para mutuo beneficio, la obra de la creaci\u00f3n dominando la tierra. El trabajo es, por tanto, un deber: \u00abSi alguno no quiere trabajar, que tampoco coma\u00bb (2 Tes 3, 10). El trabajo honra los dones del Creador y los talentos recibidos. Puede ser tambi\u00e9n redentor. Soportando el peso del trabajo, en uni\u00f3n con Jes\u00fas, el carpintero de Nazaret y el crucificado del Calvario, el hombre colabora en cierta manera con el Hijo de Dios en su obra redentora. Se muestra como disc\u00edpulo de Cristo llevando la Cruz cada d\u00eda, en la actividad que est\u00e1 llamado a realizar. El trabajo puede ser un medio de santificaci\u00f3n y de animaci\u00f3n de las realidades terrenas en el esp\u00edritu de Cristo. (CIC, n. 2427)<\/p>\n<p>255.Una cosa hay cierta para los creyentes: la actividad humana individual y colectiva o el conjunto ingente de esfuerzos realizados por el hombre a lo largo de los siglos para lograr mejores condiciones de vida, considerado en s\u00ed mismo, responde a la voluntad de Dios. Creado el hombre a imagen de Dios, recibi\u00f3 el mandato de gobernar el mundo en justicia y santidad, sometiendo a s\u00ed la tierra y cuanto en ella se contiene, y de orientar a Dios la propia persona y el universo entero, reconociendo a Dios como Creador de todo. (<i>Gaudium et Spes<\/i>, n. 34)<\/p>\n<p>256. El hombre debe someter la tierra, debe dominarla, porque como \u00abimagen de Dios\u00bb es una persona, es decir, un ser subjetivo capaz de obrar de manera programada y racional, capaz de decidir acerca de s\u00ed y que tiende a realizarse a s\u00ed mismo. Como persona, el hombre es pues sujeto del trabajo. Como persona \u00e9l trabaja, realiza varias acciones pertenecientes al proceso del trabajo; \u00e9stas, independientemente de su contenido objetivo, han de servir todas ellas a la realizaci\u00f3n de su humanidad, al perfeccionamiento de esa vocaci\u00f3n de persona, que tiene en virtud de su misma humanidad. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 6)<\/p>\n<p>257. El hombre debe trabajar bien sea por el hecho de que el Creador lo ha ordenado, bien sea por el hecho de su propia humanidad, cuyo mantenimiento y desarrollo exigen el trabajo. El hombre debe trabajar por respeto al pr\u00f3jimo, especialmente por respeto a la propia familia, pero tambi\u00e9n a la sociedad a la que pertenece, a la naci\u00f3n de la que es hijo o hija, a la entera familia humana de la que es miembro, ya que es heredero del trabajo de generaciones y al mismo tiempo coart\u00edfice del futuro de aquellos que vendr\u00e1n despu\u00e9s de \u00e9l con el sucederse de la historia. Todo esto constituye la obligaci\u00f3n moral del trabajo, entendido en su m\u00e1s amplia acepci\u00f3n. Cuando haya que considerar los derechos morales de todo hombre respecto al trabajo, correspondientes a esta obligaci\u00f3n, habr\u00e1 que tener siempre presente el entero y amplio radio de referencias en que se manifiesta el trabajo de cada sujeto trabajador. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 16)<\/p>\n<h2><b>II. Salarios justos y compensaci\u00f3n<\/b><\/h2>\n<p>258. Pero entre los primordiales deberes de los patronos se destaca el de dar a cada uno lo que sea justo. Cierto es que para establecer la medida del salario con justicia hay que considerar muchas razones; pero generalmente tengan presente los ricos y los patronos que oprimir para su lucro a los necesitados y a los desvalidos y buscar su ganancia en la pobreza ajena, no lo permiten ni las leyes divinas ni las humanas. Y defraudar a alguien en el salario debido es un gran crimen, que llama a voces las iras vengadoras del cielo. \u00abHe aqu\u00ed que el salario de los obreros &#8230; que fue defraudado por vosotros, clama; y el clamor de ellos ha llegado a los o\u00eddos del Dios de los ej\u00e9rcitos\u00bb (Jas 5, 4). Por \u00faltimo, han de evitar cuidadosamente los ricos perjudicar en lo m\u00e1s m\u00ednimo, los intereses de los proletarios ni con violencia, ni con enga\u00f1os, ni con artilugios usurarios; tanto m\u00e1s cuanto que no est\u00e1n suficientemente preparados contra la injusticia y el atropello, y, por eso mismo, mientras m\u00e1s d\u00e9bil sea su econom\u00eda, tanto m\u00e1s debe considerarse sagrada. (<i>Rerum Novarum<\/i>, n. 20)<\/p>\n<p>259. Para fijar la cuant\u00eda del salario deben tenerse en cuanta tambi\u00e9n las condiciones de la empresa y del empresario, pues ser\u00eda injusto exigir unos salarios tan elevados que, sin la ruina propia y la consiguiente de todos los obreros, la empresa no podr\u00eda soportar. No debe, sin embargo, reputarse como causa justa para disminuir a los obreros el salario el escaso r\u00e9dito de la empresa cuando esto sea debido a incapacidad o abandono o a la despreocupaci\u00f3n por el progreso t\u00e9cnico y econ\u00f3mico. Y cuando los ingresos no son lo suficientemente elevados para poder atender a la equitativa remuneraci\u00f3n de los obreros, porque las empresas se ven gravadas por cargas injustas o forzadas a vender los productos del trabajo a un precio no remunerador, quienes de tal modo las agobian son reos de un grave delito, ya que privan de su justo salario a los obreros, que, obligados por la necesidad, se ven compelidos a aceptar otro menor que el justo. (<i>Quadragesimo Anno<\/i>, n. 72)<\/p>\n<p>260. Es necesario tambi\u00e9n que en la agricultura se implanten dos sistemas de seguros: el primero, relativo a los productos agr\u00edcolas, y el segundo, referente a los propios agricultores y a sus respectivas familias. Porque, como es sabido, la renta per capita del sector agr\u00edcola es generalmente inferior a la renta per capita de los sectores de la industria y de los servicios, y, por esto, no parece ajustado plenamente a las normas de la justicia social y de la equidad implantar sistemas de seguros sociales o de seguridad social en los que el trato dado a los agricultores sea substancialmente inferior al que se garantiza a los trabajadores de la industria y de los servicios. Las garant\u00edas aseguradoras que la pol\u00edtica social establece en general, no deben presentar diferencias notables entre s\u00ed, sea el que sea el sector econ\u00f3mico donde el ciudadano trabaja o de cuyos ingresos vive. (<i>Mater et Magistra<\/i>, n. 135)<\/p>\n<p>261. Adem\u00e1s del salario, aqu\u00ed entran en juego algunas otras prestaciones sociales que tienen por finalidad la de asegurar la vida y la salud de los trabajadores y de su familia Los gastos relativos a la necesidad de cuidar la salud, especialmente en caso de accidentes de trabajo, exigen que el trabajador tenga f\u00e1cil acceso a la asistencia sanitaria y esto, en cuanto sea posible, a bajo costo e incluso gratuitamente. Otro sector relativo a las prestaciones es el vinculado con el derecho al descanso; se trata ante todo de regular el descanso semanal, que comprenda al menos el domingo y adem\u00e1s un reposo m\u00e1s largo, es decir, las llamadas vacaciones una vez al a\u00f1o o eventualmente varias veces por per\u00edodos m\u00e1s breves. En fin, se trata del derecho a la pensi\u00f3n, al seguro de vejez y en caso de accidentes relacionados con la prestaci\u00f3n laboral. En el \u00e1mbito de estos derechos principales, se desarrolla todo un sistema de derechos particulares que, junto con la remuneraci\u00f3n por el trabajo, deciden el correcto planteamiento de las relaciones entre el trabajador y el empresario. Entre estos derechos hay que tener siempre presente el derecho a ambientes de trabajo y a procesos productivos que no comporten perjuicio a la salud f\u00edsica de los trabajadores y no da\u00f1en su integridad moral. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 19)<\/p>\n<p>262. Ante todo, el trabajador hay que fijarle una remuneraci\u00f3n que alcance a cubrir el sustento suyo y el de su familia. Es justo, desde luego, que el resto de la familia contribuya tambi\u00e9n al sostenimiento com\u00fan de todos, como puede verse especialmente en las familias de campesinos, as\u00ed como tambi\u00e9n en las de muchos artesanos y peque\u00f1os comerciantes; pero no es justo abusar de la edad infantil y de la debilidad de la mujer. Las madres de familia trabajar\u00e1n principalmente en casa o en sus inmediaciones, sin desatender los quehaceres dom\u00e9sticos. Constituye un horrendo abuso, y debe ser eliminado con todo empe\u00f1o, que las madres de familia, a causa de la cortedad del sueldo del padre, se vean en la precisi\u00f3n de buscar un trabajo remunerado fuera del hogar, teniendo que abandonar sus peculiares deberes y, sobre todo, la educaci\u00f3n de los hijos. Hay que luchar denodadamente, por tanto, para que los padres de familia reciban un sueldo lo suficientemente amplio para tender convenientemente a las necesidades dom\u00e9sticas ordinarias. Y si en las actuales circunstancias esto no siempre fuera posible, la justicia social postula que se introduzcan lo m\u00e1s r\u00e1pidamente posible las reformas necesarias para que se fije a todo ciudadano adulto un salario de este tipo. No est\u00e1 fuera de lugar hacer aqu\u00ed el elogio de todos aquellos que, con muy sabio y provechoso consejo, han experimentado y probado diversos procedimientos para que la remuneraci\u00f3n del trabajo se ajuste a las cargas familiares, de modo que, aumentando \u00e9stas, aumente tambi\u00e9n aqu\u00e9l; e incluso, si fuere menester, que satisfaga a las necesidades extraordinarias. (<i>Quadragesimo Anno<\/i>, n. 71)<\/p>\n<p>263. El salario justo es el fruto leg\u00edtimo del trabajo. Negarlo o retenerlo puede constituir una grave injusticia. Para determinar la justa remuneraci\u00f3n se han de tener en cuenta a la vez las necesidades y las contribuciones de cada uno. \u00abEl trabajo debe ser remunerado de tal modo que se den al hombre posibilidades de que \u00e9l y los suyos vivan dignamente su vida material, social, cultural y espiritual, teniendo en cuenta la tarea y la productividad de cada uno, as\u00ed como las condiciones de la empresa y el bien com\u00fan\u00bb (GS, n. 67). El acuerdo de las partes no basta para justificar moralmente la cuant\u00eda del salario. (CIC, n. 2434)<\/p>\n<p>264. Ofr\u00e9zcase, adem\u00e1s, a los trabajadores la posibilidad de desarrollar sus cualidades y su personalidad en el \u00e1mbito mismo del trabajo. Al aplicar, con la debida responsabilidad, a este trabajo su tiempo y sus fuerzas, disfruten todos de un tiempo de reposo y descanso suficiente que les permita cultivar la vida familiar, cultural, social y religiosa. M\u00e1s a\u00fan, tengan la posibilidad de desarrollar libremente las energ\u00edas y las cualidades que tal vez en su trabajo profesional apenas pueden cultivar. (<i>Gaudium et Spes<\/i>, n. 67)<\/p>\n<p>265. Atacamos aqu\u00ed un asunto de la mayor importancia, y que debe ser entendido rectamente para que no se peque por ninguna de las partes. A saber, que es establecida la cuant\u00eda del salario por libre consentimiento, y seg\u00fan eso, pagado el salario convenido, parece que el patrono ha cumplido su parte y que nada m\u00e1s debe. Que procede injustamente el patr\u00f3n s\u00f3lo cuando se niega a pagar el sueldo pactado, y el obrero s\u00f3lo cuando no rinde el trabajo que se estipul\u00f3; que en estos casos es justo que intervenga el poder pol\u00edtico, pero nada m\u00e1s que para poner a salvo el derecho de cada uno. (<i>Rerum Novarum<\/i>, n. 43)<\/p>\n<p>266. Pase, pues, que obrero y patrono est\u00e9n libremente de acuerdo sobre lo mismo, y concretamente sobre la cuant\u00eda del salario; queda, sin embargo, latente siempre algo de justicia natural superior y anterior a la libre voluntad de las partes contratantes, a saber; que el salario no debe ser en manera alguna insuficiente para alimentar a un obrero frugal y morigerado. Por tanto, si el obrero, obligado por la necesidad o acosado por el miedo de un mal mayor, acepta, aun no queri\u00e9ndola, una condici\u00f3n m\u00e1s dura, porque la imponen el patrono o el empresario, esto es ciertamente soportar una violencia, contra la cual reclama la justicia. (<i>Rerum Novarum<\/i>, n. 45)<\/p>\n<p>267. Por otra parte, la sociedad y el Estado deben asegurar unos niveles salariales adecuados al mantenimiento del trabajador y de su familia, incluso con una cierta capacidad de ahorro. Esto requiere esfuerzos para dar a los trabajadores conocimientos y aptitudes cada vez m\u00e1s amplios, capacit\u00e1ndolos as\u00ed para un trabajo m\u00e1s cualificado y productivo; pero requiere tambi\u00e9n una asidua vigilancia y las convenientes medidas legislativas para acabar con fen\u00f3menos vergonzosos de explotaci\u00f3n, sobre todo en perjuicio de los trabajadores m\u00e1s d\u00e9biles, inmigrados o marginales. En este sector es decisivo el papel de los sindicatos que contratan los m\u00ednimos salariales y las condiciones de trabajo. (<i>Centesimus Annus<\/i>, n. 15)<\/p>\n<h2><b>III. El lugar de trabajo<\/b><\/h2>\n<p>268. El trabajo, sin duda ambivalente, porque promete el dinero, la alegr\u00eda y el poder, invita a los unos al ego\u00edsmo y a los otros a la revuelta; desarrolla tambi\u00e9n la conciencia profesional, el sentido del deber y la caridad para con el pr\u00f3jimo. M\u00e1s cient\u00edfico y mejor organizado, tiene el peligro de deshumanizar a quien lo realiza, convertido en siervo suyo, porque el trabajo no es humano si no permanece inteligente y libre. Juan XXIII ha recordado la urgencia de restituir al trabajador su dignidad, haci\u00e9ndole participar realmente en la labor com\u00fan: \u00abSe debe tender a que la empresa se convierta en una comunidad de personas, en las relaciones, en las funciones y en la situaci\u00f3n de todo el personal\u00bb (MM, n. 91). Pero el trabajo de los hombres, mucho m\u00e1s para el cristiano, tiene todav\u00eda la misi\u00f3n de colaborar en la creaci\u00f3n del mundo sobrenatural, no terminado hasta que lleguemos, todos juntos, a constituir aquel hombre perfecto, de que habla San Pablo, que realiza la plenitud de Cristo (Efe 4, 13). (<i>Populorum Progressio<\/i>, n. 28)<\/p>\n<p>269. Esto exige que las relaciones mutuas entre empresarios y dirigentes, por una parte, y los trabajadores por otra, lleven el sello del respeto mutuo, de la estima, de la comprensi\u00f3n y, adem\u00e1s, de la leal y activa colaboraci\u00f3n e inter\u00e9s de todos en la obra com\u00fan; y que el trabajo, adem\u00e1s de ser concebido como fuente de ingresos personales, lo realicen tambi\u00e9n todos los miembros de la empresa como cumplimiento de un deber y prestaci\u00f3n de un servicio para la utilidad general. Todo ello implica la conveniencia de que los obreros puedan hacer o\u00edr su voz y aporten su colaboraci\u00f3n para el eficiente funcionamiento y desarrollo de la empresa. Observaba nuestro predecesor, de feliz memoria, P\u00edo XII \u00abque la funci\u00f3n econ\u00f3mica y social que todo hombre aspira a cumplir exige que no est\u00e9 sometido totalmente a una voluntad ajena el despliegue de la iniciativa individual\u00bb (Alocuc\u00edon, 1956). Una concepci\u00f3n de la empresa que quiere salvaguardar la dignidad humana debe, sin duda alguna, garantizar la necesaria unidad de una direcci\u00f3n eficiente; pero de aqu\u00ed no se sigue que pueda reducir a sus colaboradores diarios a la condici\u00f3n de meros ejecutores silenciosos, sin posibilidad alguna de hacer valer su experiencia, y enteramente pasivos en cuanto afecta a las decisiones que contratan y regulan su trabajo. (<i>Mater et Magistra<\/i>, n. 92)<\/p>\n<p>270. En fin, hay que garantizar el respeto por horarios \u00abhumanos\u00bb de trabajo y de descanso, y el derecho a expresar la propia personalidad en el lugar de trabajo, sin ser conculcados de ning\u00fan modo en la propia conciencia o en la propia dignidad. Hay que mencionar aqu\u00ed de nuevo el papel de los sindicatos no s\u00f3lo como instrumentos de negociaci\u00f3n, sino tambi\u00e9n como \u00ablugares\u00bb donde se expresa la personalidad de los trabajadores: sus servicios contribuyen al desarrollo de una aut\u00e9ntica cultura del trabajo y ayudan a participar de manera plenamente humana en la vida de la empresa. (<i>Centesimus Annus<\/i>, n. 15)<\/p>\n<p>271. De estos deberes, los que corresponden a los proletarios y obreros son: Los deberes de los ricos y patronos: no considerar a los obreros como esclavos; respetar en ellos, como es justo, la dignidad de la persona, sobre todo ennoblecida por lo que se llama el car\u00e1cter cristiano. Que los trabajos remunerados, si se atiende a la naturaleza y a la filosof\u00eda cristiana, no son vergonzosos para el hombre, sino de mucha honra, en cuanto dan honesta posibilidad de ganarse la vida. Que lo realmente vergonzoso e inhumano es abusar de los hombres como de cosas de lucro y no estimarlos en m\u00e1s que cuanto sus nervios y m\u00fasculos pueden dar de s\u00ed. E igualmente se manda que se tengan en cuenta las exigencias de la religi\u00f3n y los bienes de las almas de los proletarios. Por lo cual es obligaci\u00f3n de los patronos disponer que el obrero tenga un espacio de tiempo id\u00f3neo para atender a la piedad, no exponer al hombre a los halagos de la corrupci\u00f3n y a las ocasiones de pecar y no apartarlo en modo alguno de sus atenciones dom\u00e9sticas, y de la afici\u00f3n al ahorro. Tampoco debe impon\u00e9rseles m\u00e1s trabajo del que puedan soportar sus fuerzas ni de una clase que no est\u00e9 conforme con su edad y su sexo. (<i>Rerum Novarum<\/i>, n. 20)<\/p>\n<p>272. Por ello la Iglesia puede y debe ayudar a la sociedad actual, pidiendo incansablemente que el trabajo de la mujer en casa sea reconocido por todos y estimado por su valor insustituible. Esto tiene una importancia especial en la acci\u00f3n educativa; en efecto, se elimina la ra\u00edz misma de la posible discriminaci\u00f3n entre los diversos trabajos y profesiones cuando resulta claramente que todos y en todos los sectores se empe\u00f1an con id\u00e9ntico derecho e id\u00e9ntica responsabilidad. Aparecer\u00e1 as\u00ed m\u00e1s espl\u00e9ndida la imagen de Dios en el hombre y en la mujer. Si se debe reconocer tambi\u00e9n a las mujeres, como a los hombres el derecho de acceder a las diversas funciones p\u00fablicas, la sociedad debe sin embargo estructurarse de manera tal que las esposas y madres no sean de hecho obligadas a trabajar fuera de casa y que sus familias puedan vivir y prosperar dignamente, aunque ellas se dediquen totalmente a la propia familia. Se debe superar adem\u00e1s la mentalidad seg\u00fan la cual el honor de la mujer deriva m\u00e1s del trabajo exterior que de la actividad familiar. Pero esto exige que los hombres estimen y amen verdaderamente a la mujer con todo el respeto de su dignidad personal, y que la sociedad cree y desarrolle las condiciones adecuadas para el trabajo dom\u00e9stico. (<i>Familiaris Consortio<\/i>, n. 23)<\/p>\n<p>273. De la misma manera, aunque a veces puede llegarse a una m\u00edstica exagerada del trabajo, no es menos cierto, sin embargo, que el trabajo ha sido querido y bendecido por Dios. Creado a imagen suya, \u00abel hombre debe cooperar con el Creador en la perfecci\u00f3n de la creaci\u00f3n y marcar, a su vez, la tierra con el car\u00e1cter espiritual que \u00e9l mismo ha recibido\u00bb (Pablo VI, <i>Carta a la Cincuenta y una Sesi\u00f3n de las Semanas Sociales Franceses<\/i>). Dios, que ha dotado al hombre de inteligencia, la ha dado tambi\u00e9n el modo de acabar de alguna manera su obra; ya sea artista o artesano, patrono, obrero o campesino, todo trabajador es un creador. Aplic\u00e1ndose a una materia, que se le resiste, el trabajador le imprime un sello, mientras que \u00e9l adquiere tenacidad, ingenio y esp\u00edritu de invenci\u00f3n. M\u00e1s a\u00fan, viviendo en com\u00fan, participando de una misma esperanza, de un sufrimiento, de una ambici\u00f3n y de una alegr\u00eda, el trabajo une las voluntades, aproxima los esp\u00edritus y funde los corazones; al realizarlo, los hombres descubren que son hermanos. (<i>Populorum Progressio<\/i>, n. 27)<\/p>\n<h2><b>IV. Desempleo<\/b><\/h2>\n<p>274. Considerando los derechos de los hombres del trabajo, precisamente en relaci\u00f3n con este \u00abempresario indirecto\u00bb, es decir, con el conjunto de las instancias a escala nacional e internacional responsables de todo el ordenamiento de la pol\u00edtica laboral, se debe prestar atenci\u00f3n en primer lugar a un problema fundamental. Se trata del problema de conseguir trabajo, en otras palabras, del problema de encontrar un empleo adecuado para todos los sujetos capaces de \u00e9l. Lo contrario de una situaci\u00f3n justa y correcta en este sector es el desempleo, es decir, la falta de puestos de trabajo para los sujetos capacitados. Puede ser que se trate de falta de empleo en general, o tambi\u00e9n en determinados sectores de trabajo. El cometido de estas instancias, comprendidas aqu\u00ed bajo el nombre de empresario indirecto, es el de actuar contra el desempleo, el cual es en todo caso un mal y que, cuando asume ciertas dimensiones, puede convertirse en una verdadera calamidad social. Se convierte en problema particularmente doloroso, cuando los afectados son principalmente los j\u00f3venes, quienes, despu\u00e9s de haberse preparado mediante una adecuada formaci\u00f3n cultural, t\u00e9cnica y profesional, no logran encontrar un puesto de trabajo y ven as\u00ed frustradas con pena su sincera voluntad de trabajar y su disponibilidad a asumir la propia responsabilidad para el desarrollo econ\u00f3mico y social de la comunidad. La obligaci\u00f3n de prestar subsidio a favor de los desocupados, es decir, el deber de otorgar las convenientes subvenciones indispensables para la subsistencia de los trabajadores desocupados y de sus familias es una obligaci\u00f3n que brota del principio fundamental del orden moral en este campo, esto es, del principio del uso com\u00fan de los bienes o, para hablar de manera a\u00fan m\u00e1s sencilla, del derecho a la vida y a la subsistencia. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 18)<\/p>\n<p>275. El acceso al trabajo y a la profesi\u00f3n debe estar abierto a todos sin discriminaci\u00f3n injusta, a hombres y mujeres, sanos y disminuidos, aut\u00f3ctonos e inmigrados. Habida consideraci\u00f3n de las circunstancias, la sociedad debe por su parte ayudar a los ciudadanos a procurarse un trabajo y un empleo. (CIC, n. 2433)<\/p>\n<p>276. Puestos a desarrollar, en primer t\u00e9rmino, el tema de los derechos del hombre, observamos que \u00e9ste tiene un derecho a la existencia, a la integridad corporal, a los medios necesarios para un decoroso nivel de vida, cuales son, principalmente, el alimento, el vestido, la vivienda, el descanso, la asistencia m\u00e9dica y, finalmente, los servicios indispensables que a cada uno deber prestar el Estado. De lo cual se sigue que el hombre posee tambi\u00e9n el derecho a la seguridad personal en caso de enfermedad, invalidez, viudedad, vejez, paro y, por \u00faltimo, cualquier otra eventualidad que le prive, sin culpa suya, de los medios necesarios para su sustento. (<i>Pacem in Terris<\/i>, n. 11)<\/p>\n<h2><b>V. Sindicatos<\/b><\/h2>\n<p>277. De la sociabilidad natural de los hombres se deriva el derecho de reuni\u00f3n y de asociaci\u00f3n; el de dar a las asociaciones que creen, la forma m\u00e1s id\u00f3nea para obtener los fines propuestos; el de actuar dentro de ellas libremente y con propia responsabilidad, y el de conducirlas a los resultados previstos. (<i>Pacem in Terris<\/i>, n. 23)<\/p>\n<p>278. Deben tenerse, por consiguiente, en la m\u00e1xima estimaci\u00f3n las normas dadas por Le\u00f3n XIII en virtud de su autoridad, que han podido superar estas contrariedades y desvanecer tales sospechas; pero su m\u00e9rito principal radica en que incitaron a los trabajadores a la constituci\u00f3n de asociaciones profesionales, les ense\u00f1aron el modo de llevar esto a cabo y confirmaron en el camino del deber a much\u00edsimos, a quienes atra\u00edan poderosamente las instituciones de los socialistas, que, alardeando de redentoras, se presentaban a s\u00ed mismas como la \u00fanica defensa de los humildes y de los oprimidos. Con una gran oportunidad declaraba la enc\u00edclica <i>Rerum Novarum <\/i>que estas asociaciones \u00abse han de constituir y gobernar de tal modo que proporcionen los medios m\u00e1s id\u00f3neos y convenientes para el fin que se proponen, consistente en que cada miembro consiga de la sociedad, en la medida de lo posible, un aumento de los bienes del cuerpo, del alma y de la familia. Pero es evidente que se ha de tender, como a fin principal, a la perfecci\u00f3n de la piedad y de las costumbres y, asimismo, que a este fin habr\u00e1 de encaminarse toda la disciplina social\u00bb (RN, n. 53). Ya que \u00abpuesto el fundamento de las leyes sociales en la religi\u00f3n, el camino queda expedito para establecer las mutuas relaciones entre los asociados, para llegar a sociedades pac\u00edficas y a un florecimiento del bienestar\u00bb (RN, n. 54). (<i>Quadragesimo Anno<\/i>, nn. 31\u201332)<\/p>\n<p>279. El trabajo demasiado largo o pesado y la opini\u00f3n de que el salario es poco dan pie con frecuencia a los obreros para entregarse a la huelga y al ocio voluntario. A este mal frecuente y grave se ha de poner remedio p\u00fablicamente, pues esta clase de huelga perjudica no s\u00f3lo a los patrones y a los mismos obreros; sino tambi\u00e9n, al comercio y a los intereses p\u00fablicos; y como no escasean la violencia y los tumultos, con frecuencia ponen el peligro la tranquilidad p\u00fablica. En lo cual lo m\u00e1s eficaz y saludable es anticiparse con la autoridad de las leyes e impedir que pueda brotar el mal, removiendo a tiempo las causas de donde parezca que habr\u00eda de surgir el conflicto entre patronos y obreros. (<i>Rerum Novarum<\/i>, n. 39)<\/p>\n<p>280. En la obra del desarrollo, el hombre, que encuentra en la familia su medio de vida primordial, se ve frecuentemente ayudado por las organizaciones profesionales. Si su raz\u00f3n de ser es la de promover los intereses de sus miembros, su responsabilidad es grande ante la funci\u00f3n educativa que pueden y al mismo tiempo, deben cumplir. A trav\u00e9s de la informaci\u00f3n que ellas procuran, de la formaci\u00f3n que ellas proponen, pueden mucho para dar a todos el sentido del bien com\u00fan y de las obligaciones que \u00e9ste supone para cada uno. (<i>Populorum Progressio<\/i>, n. 38)<\/p>\n<p>281.Sobre la base de todos estos derechos, junto con la necesidad de asegurarlos por parte de los mismos trabajadores, brota a\u00fan otro derecho, es decir, el derecho a asociarse; esto es, a formar asociaciones o uniones que tengan como finalidad la defensa de los intereses vitales de los hombres empleados en las diversas profesiones. Estas uniones llevan el nombre de sindicatos. Los intereses vitales del trabajo son hasta un cierto punto comunes a todos; pero al mismo tiempo, todo tipo de trabajo, toda profesi\u00f3n posee un car\u00e1cter espec\u00edfico que en estas organizaciones deber\u00eda encontrar su propio reflejo particular. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 20)<\/p>\n<p>282. Entre los derechos fundamentales de la persona humana debe contarse el derecho de los obreros a fundar libremente asociaciones que representen aut\u00e9nticamente al trabajador y puedan colaborar en la recta ordenaci\u00f3n de la vida econ\u00f3mica, as\u00ed como tambi\u00e9n el derecho de participar libremente en las actividades de las asociaciones sin riesgo de represalias. Por medio de esta ordenada participaci\u00f3n, que est\u00e1 unida al progreso en la formaci\u00f3n econ\u00f3mica y social, crecer\u00e1 m\u00e1s y m\u00e1s entre todos el sentido de la responsabilidad propia, el cual les llevar\u00e1 a sentirse colaboradores, seg\u00fan sus medios y aptitudes propias, en la tarea total del desarrollo econ\u00f3mico y social y del logro del bien com\u00fan universal. (<i>Gaudium et Spes<\/i>, n. 68)<\/p>\n<p>283. La propia potestad civil constituye al sindicato en persona jur\u00eddica, de tal manera, que al mismo tiempo le otorga cierto privilegio de monopolio, puesto que s\u00f3lo el sindicato, aprobado como tal, puede representar (seg\u00fan la especie de sindicato) los derechos de los obreros o de los patronos, y s\u00f3lo \u00e9l estipular las condiciones sobre la conducci\u00f3n y locaci\u00f3n de mano de obra, as\u00ed como garantizar los llamados contratos de trabajo. Inscribirse o no a un sindicato es potestativo de cada uno, y s\u00f3lo en este sentido puede decirse libre un sindicato de esta \u00edndole, puesto que, por lo dem\u00e1s, son obligatorias no s\u00f3lo la cuota sindical, sino tambi\u00e9n algunas otras peculiares aportaciones absolutamente para todos los miembros de cada oficio o profesi\u00f3n, sean \u00e9stos obreros o patronos, igual que todos est\u00e1n ligados por los contratos de trabajo estipulados por el sindicato jur\u00eddico. Si bien es verdad que ha sido oficialmente declarado que este sindicato no se opone a la existencia de otras asociaciones de la misma profesi\u00f3n, pero no reconocidas en derecho. (<i>Quadragesimo Anno<\/i>, n. 92)<\/p>\n<h2><b>VI. Huelgas<\/b><\/h2>\n<p>284. La huelga es moralmente leg\u00edtima cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado. Resulta moralmente inaceptable cuando va acompa\u00f1ada de violencias o tambi\u00e9n cuando se lleva a cabo en funci\u00f3n de objetivos no directamente vinculados con las condiciones del trabajo o contrarios al bien com\u00fan. (CIC, n. 2435)<\/p>\n<p>285.Actuando en favor de los justos derechos de sus miembros, los sindicatos se sirvan tambi\u00e9n del m\u00e9todo de la \u00abhuelga\u00bb, es decir, del bloqueo del trabajo, como de una especie de ultim\u00e1tum dirigido a los \u00f3rganos competentes y sobre todo a los empresarios. Este es un m\u00e9todo reconocido por la doctrina social cat\u00f3lica como leg\u00edtimo en las debidas condiciones y en los justos l\u00edmites. En relaci\u00f3n con esto los trabajadores deber\u00edan tener asegurado el derecho a la huelga, sin sufrir sanciones penales personales por participar en ella. Admitiendo que es un medio leg\u00edtimo, se debe subrayar al mismo tiempo que la huelga sigue siendo, en cierto sentido, un medio extremo. No se puede abusar de \u00e9l; no se puede abusar de \u00e9l especialmente en funci\u00f3n de los \u00abjuegos pol\u00edticos\u00bb. Por los dem\u00e1s, no se puede jam\u00e1s olvidar que cuando se trata de servicios esenciales para la convivencia civil, \u00e9stos han de asegurarse en todo caso mediante medidas legales apropiadas, si es necesario. El abuso de la huelga puede conducir a la paralizaci\u00f3n de toda la vida socio-econ\u00f3mica, y esto es contrario a las exigencias del bien com\u00fan de la sociedad, que corresponde tambi\u00e9n a la naturaleza bien entendida del trabajo mismo. (<i>Laborem Exercens<\/i>, n. 20)<\/p>\n<p>286. En caso de conflictos econ\u00f3mico-sociales, hay que esforzarse por encontrarles soluciones pac\u00edficas. Aunque se ha de recurrir siempre primero a un sincero di\u00e1logo entre las partes, sin embargo, en la situaci\u00f3n presente, la huelga puede seguir siendo medio necesario, aunque extremo, para la defensa de los derechos y el logro de las aspiraciones justas de los trabajadores. B\u00fasquense, con todo, cuanto antes, caminos para negociar y para reanudar el di\u00e1logo conciliatorio. (<i>Gaudium et Spes<\/i>, n. 68)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>I. La naturaleza del trabajo 251. 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