Fundación de la Congregación de la Misión en México

Mitxel OlabuénagaHistoria de la Congregación de la Misión1 Comment

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Author: Vicente de Dios, C.M. · Year of first publication: 1993 · Source: CEME.
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De hecho la Congregación de la Misión apareció en México por causa de las Hijas de la Caridad. Por eso era obligado y agradecido comenzar por la narración la fundación de las Hermanas. Hasta que los Padres llegaron a la República no w ningún testimonio de que alguien hubiera pensado en la fundación en ella de la Congregación de la Misión. Los PP. Armengol y Sanz desfilaban poco menos que ignorados cuando las multitudes daban su clamorosa bienvenida a las Hijas de la Caridad. Sin embargo, aunque venían ante todo como directores de las Hermanas, seguro que también alentaban la idea de fincar su propia Congregación en tierras mexicanas.

Concurrieron además dos circunstancias que pusieron en marcha el proceso de la fundación. Una fue el Dr. Don Manuel Andrade, conocedor desde sus años parisinos de todas las obras vicencianas y fundador en México, antes de que existie­se legalmente la Congregación de la Misión, de las Conferencias que Ozanam puso bajo el patrocinio de san Vicente. Y la otra fue el prestigio que inmediatamente ad­quirió la actividad apostólica de los dos primeros misioneros, notables por su celo, ciencia y, al menos en el caso del P.Sanz, la elocuencia de su predicación, que, aunque algo «enfática» que dice Nieto, gustaba y era efectiva en aquel tiempo.

En un momento de decadencia de los religiosos hasta motivar una verdadera preocupación en la jerarquía eclesiástica mexicana39, se veía con deseo la savia ferv­orosa que podían aportar algunas fundaciones nuevas. En ese sentido puede en­tenderse la desmedida confidencia que el obispo de Michoacán, Juan Cayetano Gómez de Portugal, hizo a uno de los misioneros: «La Congregación de la Misión está llamada en México a reemplazar a todas las comunidades religiosas que han existido aquí hasta ahora». Y lo mismo las palabras de Mons. Munguía, su sucesor en la misma sede, cuando, años más tarde, y eran otros tiempos, predicó el 19 de lijo de 1860 en la última fiesta de San Vicente de Paúl que habría de celebrarse en el templo del Espíritu Santo: «Seáis bienvenidos (familias de San Vicente), lo diré una y mil veces, a residir entre nosotros… Os habríamos recibido siempre con los brazos abiertos y las emociones más vivas del placer aún en tiempos menos infaus­tos… Hoy, que no podemos ofrecer a vuestras miradas otra cosa que infortunios, dolores y muertes, os recibimos con el impulso de la tribulación hacia la caridad, con las emociones dulcísimas de la esperanza. Vinisteis a última hora, porque ha­bíais nacido para vivir no con los opulentos y felices, sino con los pobres y desgraciados. ¡Esta es vuestra tierra, éste es vuestro tiempo, éste es vuestro teatro!…

Desde finales de 1844, las cartas del P. Armengol al superior general están llenas de insistencias para que se inicie la fundación de la Congregación en México:

«Monseñor el Arzobispo desea fundar aquí una casa de lazaristas» (28.11.44). «Parece que la existencia de lazaristas en esta República muy pronto será legalizada con poder para adquirir establecimientos, etc. La cosecha aquí es inmensa» (30.12.44). «El santo obispo de Pue­bla, Mons. Vázquez, pide una fundación de Hermanas… Le ruega tam­bién que envíe lazaristas para establecerlos cerca de él y trabajar en misiones y retiros… Silao pide lazaristas y nos dan un seminario y una iglesia… Sería preciso que nos enviara algunos misioneros, si fuera posi­ble seis o siete sacerdotes y seis hermanas buenas para hermanas sirvientes; si vinieran de España sería conveniente que se embarcaran a fines de noviembre o principios de diciembre; si vienen de Estados Uni­dos quizá podrían hacerlo más pronto. Puebla está a 10 leguas de aquí y Silao a 80… El Sr. Arzobispo quiere damos un seminario situado a 8 le­guas de aquí, que era tiempo atrás la casa noviciado de los padres jesui­tas… Necesitamos también algunos hermanos…» (28.1.1845). «Los miembros de las Conferencias de San Vicente, de acuerdo con el Sr. Arzobispo, han hecho una petición a la legislatura a fin de obtener una ley concediendo a los lazaristas establecerse en toda la República… El Arzo­bispo nos quiere aquí, en el Espíritu Santo. Monseñor de Puebla nos ofrece una hermosa iglesia, una casa grande y un capital de cien mil pe­sos fuertes. En Querétaro se nos ofrece un Seminario que es al mismo tiempo casa de retiros, con un capital de 50 mil pesos fuertes. En Silao también se desea a los misioneros para una casa de retiros y la enseñan­za eclesiástica» (28.3.45)…

Eran ofertas muy generosas que a la hora de la verdad no lo serían tanto, pero las posibilidades eran una realidad. Las diligencias concretas para el estableci­miento oficial de la Congregación de la Misión en México fueron incitativa del Dr. Andrade. El mismo título que se otorga a la Condesa de la Cortina como funda­dora de las Hijas de la Caridad, se debe otorgar al Dr. Manuel Andrade como funda­dor de la Congregación de la Misión. En los días 15 y 22 de diciembre de 1844 quedó constituida reglamentariamente la primera Conferencia de San Vicente de Paúl en México. En su primera reunión ordinaria del mes de enero de 1845 se pro­puso como agenda de trabajo la procura del establecimiento legal de la Congrega­ción en la República. El Dr. Andrade expuso el origen, la identidad y la finalidad de los sacerdotes de la Misión y allí mismo se aprobó la propuesta de nombrar una co­misión que se ocupara ya de los trámites pertinentes para la autorización de los mismos en el país. Integraron la comisión el Sr. Andrade, don Pedro Rojas y el P.Sanz.

El 9 de febrero de 1845 se envió el oficio correspondiente al ministro de Justi­cia y Negocios Eclesiásticos, don Mariano Riva Palacio. He aquí parte de su texto:

«Excmo. Sr.:

La grandiosa obra de caridad que el genio benéfico de V.E. acaba de levantar, admitiendo en el hermoso suelo de la capital de la República la institución de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, al paso que eternizará en ella el justo tributo de la gratitud, debido al magnáni­mo corazón de V.E., y lo consignará en la más hermosa página de su historia nacional, depara a nuestros sucesores un porvenir el más feliz y lisonjero… Los pueblos, entusiasmados con una institución de la que tantas ventajas se creen reportar, esperan todavía de la bondad caracte­rística de V.S. y del amor patrio personificado en el Gobierno que con tanto acierto nos rige, un adelanto más que ultimará y llevará a su com­pleta perfección ese monumento de gloria y de utilidad nacional con que V.E. acaba de enriquecemos.

Este es, Excmo. Sr., el establecimiento legal en nuestra República de los hijos del común padre de todos los seres desgraciados y héroe de la humanidad, San Vicente de Paúl. En la instalación de estos varones apostólicos hallará la religión dignos ministros del Evangelio y la Repú­blica unos sostenedores de sus leyes fundamentales, unos civilizadores de los pueblos y unos verdaderos padres de la Patria, que con la influencia moral de su pacífico ministerio y con el ascendiente irresistible de sus virtudes, cicatrizarán las profundas llagas que tantas veces le han abierto nuestras políticas disensiones.

El Instituto de los Sacerdotes de la Congregación de la Misión se ex­tiende al remedio de todas las necesidades públicas y personales que en­tran en el gran plan de reformas que V.E. con tanto tino y prudencia tiene proyectado. La formación de los jóvenes aspirantes al clericato, la instrucción en los deberes de su alta dignidad, la dirección de los Semi­narios, los Ejercicios espirituales para toda clase de personas, las misio­nes hechas a sus propias expensas a los pueblos más necesitados y a las aldeas más oscuras, la aplicación jamás interrumpida a las funciones más humildes del sacerdocio y por eso las menos ambicionadas, son los principales ramos a que se extiende tan ventajoso Instituto, que, sin des­viarse de la sencillez evangélica, marcha constantemente al par de las ideas de ilustración de nuestros días, y que a la práctica de las virtudes cristianas sabe unir el extrínseco cumplimiento de los deberes sociales…

A estas visibles ventajas provenientes del establecimiento de los misio­neros, puede añadirse que esto serviría para consolidar y sacar del estre­cho círculo de su primera fundación en la capital al naciente Instituto de las Hijas de la Caridad. Estas dos asociaciones, como hijas de un común Padre, nunca van aisladas, y ya en su misma cuna recibieron de su San­to establecedor un influjo mutuo, que, faltándoles, están expuestas a pe­recer por casi una indeclinable necesidad…

Por tanto, rendidamente suplicamos a V.E. que se digne acordar el correspondiente permiso para el establecimiento legal de los Misioneros de San Vicente de Paúl en la República, y para facilitar la pronta ejecu­ción de tan ventajosa y benéfica institución, nos atrevemos a esperar de la bondad característica de V.E. que dispondrá que el edificio del Espíritu Santo se ponga a disposición de dichos Misioneros y sirva de casa ma­triz a su naciente Congregación, conforme al espíritu de la ley del 1º  de octubre de 1820, y particularmente a los artículos 20 y 26 de la misma»

Firman Andrade, Sanz y siete miembros de las Conferencias. No se puede decir que la literatura del documento sea un modelo de sencillez y humildad vicencianas, pero su intención era excelente. Y el documento se dio gusto atravesando rápida y victoriosamente todos esos mares de la burocracia donde tan frecuentemente naufragan las mejores embarcaciones. Y, quién sabe, acaso se debió a su estilo.

La Comisión de Negocios Eclesiásticos lo aprobó el 16 de mayo, la Cámara de Diputados el día 27, la Comisión de Puntos Constitucionales el 6 de junio, el Senado el día 18, el Poder Ejecutivo de la Nación el día 23. Sólo quedaba la promulga­ción del decreto oficial por el Departamento de México. Se hizo de este modo el día 26 de junio de 1845:

«El C. Manuel Rincón, General de División y Gobernador constitucio­nal del Departamento de México. Por el Ministro de Justicia e Instruc­ción pública se me ha comunicado lo siguiente: Excmo. Sr.: El Excmo. Sr. Presidente interino de la República se ha servido dirigirme el decreto siguiente:

JOSE JOAQUIN HERRERA, General de División y Presi­dente interino de la República Mexicana, a los habitantes de ella, sabed: Que el Congreso general ha decretado y el Ejecuti­vo sancionado lo siguiente:

Se permite en cualquier lugar de la República el estable­cimiento de la Congregación de Misioneros instituida por San Vicente de Paúl, bajo las Reglas dadas por el mismo Santo, que se presentarán al Supremo Gobierno para su aprobación si en ella no encuentra inconveniente.

Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del Gobierno nacional en México, a 23 de junio de 1845. José Joaquín Herrera. A D.Mariano Riva Palacio.

Y lo comunico a V.E. para su conocimiento y fines consiguientes. Dios y libertad. México, junio 23 de 1845. Riva Palacio. Al Excmo. Sr. Gobernador del Departamento de México.

Y para que llegue a noticia de todos, mando se publique por bando en esta Capital y en las demás ciudades, villas y lugares de la compren­sión de este Departamento, fijándose en los parajes acostumbrados, y circulándose a quienes corresponda. Dado en México, a 26 de junio de 1845. Manuel Rincón. José de Inclán, Secretario».

Este documento, el más importante, exigía el requisito de presentar al Gobier­no las Reglas Comunes de la Congregación de la Misión para su examen y aproba­ción legal. Presentáronse, pues, y la Comisión pertinente dio el visto bueno, con lo cual, el 10 de septiembre de 1845, el Ministerio de Justicia e Instrucción Pública emitió un extenso decreto aprobatorio. La Congregación de la Misión quedaba instituida en México «con todas las formalidades y requisitos de rúbrica».

Menos uno: faltaba su aprobación canónica explícita, que no se verificó hasta el 18 de noviembre de 1851.» ¿Por qué tan tarde? Porque, como se dirá en el ca­pítulo siguiente, hasta entonces no hubo un número significativo de misioneros. Tengamos presente además que el arzobispo Posada Garduño había recibido con los brazos abiertos a hermanas y padres y que contaban con su más sincera aproba­r verbal y cordial. Su muerte ocurrió muy pronto, el 30 de abril de 1846, y su sucesor, Lázaro de la Garza Ballesteros, no tomó posesión del arzobispado de México o hasta el 11 de febrero de 1851. Fue entonces cuando los misioneros se decidieron a formalizar del todo su situación canónica.

Dispóngase el lector, con grande ánimo y liberalidad, a acometer la lectura del documento aprobatorio de la Congregación de las Misión expedido por el Gobier­no eclesiástico de México:

«Gobierno eclesiástico del Arzobispado de México.

En la ciudad de México, a 18 de noviembre de 1851, el Ilmo. Sr. D. Lázaro de la Garza y Ballesteros, por la gracia de Dios y de la Santa Sede Apostólica Arzobispo de México:

vista la exposición que ante S.S.lima. hizo el Sr.Buenaventura Ar­rnengol en junio del presente año, pidiendo licencia para la erección y fundación canónica en esta capital de la Congregación de la Misión de San Vicente de Paúl, con calidad de que la casa que aquí se erigiese y fundase tuviese el carácter de Casa Matriz, tanto de los Padres San Vicente como de las Hermanas de la Caridad del mismo Santo; visto además lo que el mismo Sr. Armengol contestó ante el infrascri­to Secretario el 18 del mismo mes de junio, al notificarle el superior de­creto de la misma fecha sobre que la autorización para fundar en este Arzobispado la Congregación constaba del amplio poder que en 27 de abril de 1846 le había conferido el Sr. General de las Misiones de San Vicente; y de b de que la casa y Congregación que aquí se fundase hu­biese de ser la casa Matriz de las Misiones de los Padres y de los establecimientos de las Hermanas de la Caridad que en la actualidad hay o en lo sucesivo hubiere en la República, constaba de las cartas del 28 de octubre y 29 de noviembre de 1847; todos los cuales documentos yo, el infrascrito Secretario, leí y devolví al P. Armengol, quien al mismo tiempo expuso no haber inconveniente en que las Reglas que tiene pre­sentadas en un tomo en 42 y las bulas que al calce de ellas obran se pa­sasen con esa respuesta al Sr. Promotor;

visto también el dictamen de éste, fecha 22 de julio último, en el que, entre otras cosas, pide que el Sr.Armengol manifieste los fondos con que cuenta para el sostén de los Padres, lo que verificándolo el dicho Sr. declaró de palabra a S.S.I. el monto de esos fondos y en qué consistían, con expresión de que jamás se admitirían más individuos que los que pueda mantener la Congregación sin gravamen del público y de ninguna comunidad eclesiástica, secular o regular;

vistas por último las diversas aclaraciones que el Sr. Armengol tiene hechas y obran en el expediente sobre el local de los Padres que se halla unido al que ocupan las Hermanas de la Caridad; sobre el título de or­den de los individuos que pertenecen a la Congregación; sobre el modo con que hayan de permanecer los que sean despedidos de ella o se sal­gan por pura veleidad; con lo demás que debió verse y tenerse presente; y teniendo además a la vista S.S. Ilma. las bulas del Sr. Urbano 8º del 18 de enero de 1634, la del Sr. Adriano 7º de 22 de septiembre de 1655, las dos del Sr. Alejandro 7º de 7 de agosto de 1662 y de 7 de octubre del mismo año, la del Sr. Benedicto 13º del 27 de septiembre de 1725 y la del Sr. Benedicto 14º de 18 de septiembre de 1742 sobre aproba­ción, erección de la Congregación de Misiones de San Vicente de Paúl, sobre su exención de la jurisdicción ordinaria de los Obispos, fuera de los casos que en ellas se expresan, sobre dimisorias para órdenes de los individuos que pertenecen a la Congregación, sobre los cuatro votos que deben hacer y el modo de emitirlos y sobre la indispensabilidad de ellos por cualquier otro que no sea el Romano Pontífice o el Superior Gene­ral en el acto de dimisión de individuos de la Congregación,

S. S. Ilma. dijo:

Que con arreglo en un todo a las reglas formadas por San Vicente y aprobadas por la Silla Apostólica y a las insinuadas bulas, daba su Superior licencia y permiso para que en esta ciudad se erija y funde la Congregación de Padres Misioneros de San Vicente, con las calidades siguientes:

1º. Que el local en que éstos hayan de habitar deberá ser distinto del que actualmente ocupan, si N. S. Padre, a quien dirigió sobre esto pre­ces el Sr. Armengol, que a S.S. le informó en 3 de agosto último como aparece de la minuta adjunta, lo determinare así.

2º. Que los individuos que hayan de admitirse en esa casa Matriz o Congregación de México no han de pasar de los que la Congregación pueda sostener sin gravamen, como queda dicho.

3º. Que el superior de la casa no podrá dar las dimisorias sino a los individuos de ella que hayan ya emitido los votos acostumbrados y que, con respecto a los que presente para órdenes antes de la emisión de los votos, se guardarán las leyes comunes de la Iglesia sobre ordenandos, excepto la expedición de publicatas.

4º Que, estando declarado por la Asamblea General de 1747, sesión 15º, número 1º, que los individuos de la Congregación de San Vicente de Paúl conservan el dominio de los bienes inmuebles y de los beneficios simples que poseyeren al tiempo de hacer sus votos, el Superior de la casa tendrá obligación de participar a la Mitra tanto el ingreso a la Con­gregación de los que tengan Capellanía como de su fallecimiento, para que pueda proceder al nombramiento de nuevos capellanes, según lo pi­dan las fundaciones de semejantes beneficios.

Y por este decreto así lo proveyó y firmó el Ilmo. Sr. Arzobispo, de que cer­tifico. F. Lázaro, Arzobispo de México. Lic. Joaquín Primo de Rivera, Srio.

Destaquemos tres puntos de este decreto:

Por lo que hace a la necesaria autorización del Superior General, nos entera­rnos del «amplio poder que en 27 de abril de 1846″ le había conferido el Superior General al P. Armengol».

Entrevemos una especie de empecinamiento opuesto por parte del P. Armengol y del Sr. Arzobispo. El primero quería, acaso por la necesidad del momento, que la casa central, tanto de las Hermanas como de los Padres, estuviera en el mismo edi­ficio, mientras que el segundo no quería tal cosa de ninguna manera. De hecho, las dos primeras comunidades de hermanas y padres vivieron en el mismo edificio, naturalmente en distintas partes del mismo, hasta 1854.

Se anuncia también un pequeño pleito sobre el requisito de testimoniales de los propios obispos de origen y domicilio antes de la admisión de los candidatos al noviciado; sin tales testimoniales el Sr. Arzobispo no quería conferirles las órdenes. La Provincia de Italia estaba exenta de dicho requisito, lo que sirvió de precedente a la de México, en atención a sus difíciles circunstancias, para obtener el mismo privilegio al menos «ad tempus»46.

El P. Clemente Vigo, historiador esquemático e impreciso de los primeros cien años, más o menos, de la Congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad en México», escribe así:

«Desde su llegada a México, los misioneros se alojaron en la casa de la Sra. Condesa de la Cortina, en donde permanecieron hasta el 15 de febrero de 1846. En esta fecha se trasladaron a una casa alquilada, perteneciente a San Juan de Dios.

El 3 de junio de 1853 pasaron al templo del Espíritu Santo, tomando posesión de la casa que estaba aneja, la cual ocuparon, a causa de la re­volución, sólo hasta el 25 de diciembre de 1860. Fueron después a diferentes casas.

Finalmente, después de haber permanecido cerca de treinta años en la casa número 19 de la calle segunda de San Lorenzo, ocuparon el 19 de julio de 1904 la casa número 7 del callejón de Dolores, adyacente a la hermosa Iglesia de la Concepción, de la que se hicieron cargo desde el 1 de mayo del citado año de 1904, por disposición del Ilmo. Sr. Arzobispo Sr. D. Próspero María Alarcón y Sánchez de la Barquera».

Un bosquejo de viacrucis o vialucis con seis estaciones es el que dibuja el P Vigo. Es un sumario inexacto en lugares y tiempos. Digamos que la casa central de la Provincia de México, exceptuado algún breve periodo insignificante, ha estaen cinco lugares de la capital: en San Juan de Dios, en «Las Bonitas» (la omite el P. Vigo), en el Espíritu Santo, en San Lorenzo y en La Concepción.

One Comment on “Fundación de la Congregación de la Misión en México”

  1. Muy buena presentación.Ojalá se añadieran datos de las demás fundaciones antes de la Reforma y expulsión.
    En particular me interesan las fundaciones de la entonces diócesis de Michoacán, dos de cuyos obispos son citados en la presentación, bien que hecho de menos las fuentes de esas citas.
    Encuentro que en 1854, gracias al obispo Munguía se establecieron en Pátzcuaro, aunque sólo duraron cuatro años , haciendo en ellos grandes progresos. «Se enseñaba gramática, filosofía y teología a gran número de estudiantes». (José Guadalupe Romero, Noticias para formar la historia y la estadística del Obispado de Michoacán, México, Imprenta de Vicente García Torres, 1862, p. 74. Fueron expulsados por Epitacio Huerta el 28 y 29 de diciembre de 1858.
    Sin embargo, los biógrafos del segundo arzobispo de Michoacán, José Ignacio Árciga, patzcuarense, aseguran que estudió en ese colegio de Paúles bajo la dirección del presbítero Juan E. León (Vicente de P. Andrade, Los capitulares de la Santa Iglesia de Michoacán desde su fundación hasta el día de hoy, México, Tip. Carmelitana, 1901, p. 22), lo cual parece imposible, pues se ordenó presbítero en 1853.
    Sea o que fuere de esto, ¿tienen ustedes más datos de los años que estuvieron en Pátzcuaro?
    Gracias

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