De las Constituciones de 1954 a las de 1980 (última parte)

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Author: Miguel Pérez Flores, C.M. · Year of first publication: 1984 · Source: Vincentiana.
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12. Los años preconciliares

En 1955 se tiene la primera Asamblea general, después de la promulgación de las nuevas Const. Leyendo las actas y los decretos de esta Asamblea, parece que todo va como siempre. Sólo un tema llama la atención: el traslado de la Curia general de París a Roma. En 1947 se dejó al buen juicio del Superior general, ahora se decide, teniendo en cuenta el art. 28 de las Const. por el que se requiere consultar a la Santa Sede. Se hará efectivo en 1963. Los demás decre­tos siguen la trayectoria tradicional: aspiraciones que no llegan a cumplirse, como son el crear un centro de estudios en Roma, o publi­ca un Epítome de nuestro derecho particular. Otras disposiciones sí se cumplen, como es la publicación de «Vincentiana», cuyo primer número aparecerá en enero de 1957.1 Es justo que, con ocasión de la aparición de Vincentiana», nos preguntemos qué sucedió con los «Annales», de tan grata memoria. Duraron hasta 1963. En 1966, el P. Slattery hace un esfuerzo para reanudarlos, porque «Vincentiana» no cubre todo el campo de información. Pero fue inútil. No se consi­guió y así se dejó de publicar «Anuales» tan ricos en historia de la Congregación. Ha sido una lástima.2 La nuevas Const., como es lógico, suscitan dudas de interpretación que el Superior general y las Asambleas irán clarificando. Más importante es, sin duda, los escritos que a partir de las Const. se comienzan a hacer y a editar.3 Un trabajo del P. A. Coppo merece citarse: En ‹Annali della Missione» da cuenta de un hallazgo en Sarzana. Se trata de un ma­nuscrito que contienen las Const. y Reglas de la Congregación en 1655.4

Pero ¿cómo se encuentra la Congregación en estos años preconciliares por lo que al personal y obras se refiere, en vísperas de la celebración del Tricentenario de la muerte de S. Vicente?.5 En cuanto al perso­nal, el número de miembros ha venido creciendo desde 1900 hasta 1956. Si en 1900 los miembros de la Congregación eran 3.239, en 1956 asciende a 6.054. Es la cifra tope de miembros al que ha llega­do la pequeña Compañía. Sin embargo, una circular del P. Slattery, la del 27 de septiembre de 1957, muestra preocupación por las sali­das. Con todo, en 1960, las estadísticas nos dan la cifra de 5.843 miembros, incluidos los seminaristas, y los que han emitido los vo­tos temporales. En cuanto a las obras, los datos que se publican en 1960 señalan: 2.432 misioneros que trabajan en ministerios, incluidas las misiones; hay 280 parroquias con 877 misioneros; en ministerios de educación para externos se ocupan 547, repartidos en escuelas elementales, medias, superiores y profesionales; seminarios que la Congregación dirige son 54 menores, 42 mayores, 8 regionales, en total 94 con 697 misioneros ocupados en esta labor. Los alumnos de los seminarios ascienden a la cifra de 8.955; misioneros que tra­bajan en la evangelización «ad gentes» suman la cantidad de 243 so­lamente. Todavía las estadísticas nos dan 38 casas dedicadas al ser­vicio del clero, 258 misioneros que se ocupan de los ordenandos.6

El Tricentenario se celebra con toda solemnidad en todas par­tes. Uno de los aspectos más llamativos es el interés que la figura de S. Vicente suscita. Se escriben muchos libros sobre S. Vicente y sus obras, preludio de lo que va a ser el auge de los estudios vicen­cianos.7 El mismo Papa, Juan XXIII, exhorta a los seguidores de S. Vicente a que su mensaje continúe vivo en la Iglesia, porque de su actualidad no se puede dudar.8 La SC de Seminarios diri­ge una carta a todos los Obispos de la Iglesia sobre la formación en los Seminarios. Hay, no obstante todo lo dicho, una pregunta im­portante y es: la CM ¿está abierta a los nuevos problemas que se avecinan o más bien se mantiene cerrada sobre sí misma?. Quizás por el fin de las Asambleas y lo que se pretende en las circulares, no podemos asegurar los síntomas de sensibilidad ante los nuevos problemas. No puedo asegurar que la CM en su misma entraña tu­viera necesidad, o mejor, sintiera la necesidad de un Concilio Vati­cano II. Esto no quiere decir que en algunas provincias la cosa fuera distinta; me refiero solamente a lo que se ve en estos acontecimien­tos de dimensión congregacional. Por otra parte, sabemos que los «avanzados» de nuestra Congregación no encontraron en ella cami­nos expeditos.9

13. Desde 1963 al Libro negro

El Concilio se inaugura el 11 de octubre de 1962. La CM se hace presente, modestamente, con la participación del Superior ge­neral y 21 Obispos, más dos peritos conciliares: los PP. Bugnini, de la provincia romana y el P. Persich, de la provincia occidental de USA.

Se piensa también en la próxima asamblea general, la primera que se celebrará fuera de París. Se convoca para el 20 de agosto, en el Colegio Leoniano de Roma.10 Dura poco, dos semanas, se está, como es lógico, a la expectativa de lo que suceda en el Conci­lio. Esta expectativa es la que motiva el decreto más importante de esta Asamblea: Después del Concilio, el P. General nombrará una comisión para adaptar todo lo concerniente a nuestra legislación y vida a las nuevas orientaciones que dimanen del Vaticano II. Los otros decretos entran dentro de lo que es habitual en nuestras asambleas: La «Comissio magna» queda limitada en su modo de pro­ceder, pero en realidad ya no volverá actuar; se insiste en las mi­siones populares. El P. Slattery escribirá una bella circular sobre es­te mismo tema en abril de 1965. Se pide la comunicación de expe­riencias pastorales mediante la revista «Vincentiana», la adaptación de nuestro ordenamiento jurídico a las nuevas Constituciones;11 se insiste en el Epítome de nuestro derecho particular;12 que se preparen mejor las asambleas provinciales y generales; los nostálgicos del Ate­neo vicenciano en Roma siguen constantes en sus deseos y se pide que en la Curia general se cree un centro de estudios vicencianos.13

Otra novedad tuvo esta Asamblea: fueron recibidos los delega­dos y los que se unieron a ellos, por Pablo VI en Castelgandolfo. En un bello saludo, el reciente Papa pide a la Congregación tres fidelidades:

  • Fidelidad a las normas tradicionales dadas por S. Vicente, tan llenas de espíritu evangélico.
  • Fidelidad al estudio solícito de las necesidades del hombre de hoy para remediarlas, tanto física como espiritualmente.
  • Fidelidad a la Iglesia, a la que siempre debemos estimar, amar, ayudar como hijos, apóstoles y santos.14

No es oportuno que yo hable aquí de lo que ha supuesto el Con­cilio para la Iglesia. La Congregación ha querido responder fielmente a los deseos de renovación, adaptación y actualización.

El cumplimiento del Decreto de la Asamblea de 1963 va a po­ner en movimiento a toda la Congregación. La Compañía, no sólo lo necesitaba, después del examen de conciencia que toda ella debió hacer a la luz del Concilio, sino que la misma Iglesia lo mandó.15 Una gran actividad se inicia en todas las Comunidades, encamina­da a concretar normas, criterios, directrices, etc. en cuerpos legales, en reglas de vida, en directorios pastorales, etc. Al mismo tiempo, se constató un ambiente de escepticismo en varios sectores, una ac­titud de anomía, se prefería estar a merced de la inspiración, a veces de la improvisación, se buscaban experiencias en plena libertad, in­vocando el espíritu de la comunidad, interpretado muy personalísti­camente. Se invoca el diálogo, pero éste no es fácil. Se exige a la autoridad un nuevo estilo, pero no se acierta fácilmente en las for­mas. En nuestra Congregación no se llegó a divisiones profundas, pero se dejaron sentir las tensiones. Es un momento de la vida de la Iglesia y de las Comunidades interesante, porque a la vez existe la ilusión, el esfuerzo por llegar a clarificar las situaciones, se buscan soluciones, se sufre con esperanza. De todo esto encontramos pági­nas admirables en el magisterio de Pablo VI.

Después de los preparativos oportunos, se crea la comisión de renovación, adaptación y actualización. En la circular, que el P. Ge­neral escribe con este fin, da unas orientaciones que resumo en dos de sus frases: evitar el «Nova sint omnia» y evitar el «nihil innovetur»,16 ni conservadores a ultranza, ni iconoclastas.

En julio de 1967 comienzan a trabajar, no una comisión, sino varias comisiones convocadas a Roma. Son asesoradas por los PP. Bugnini y el P. Gambari, éste miembro de la SCR. El fruto de su trabajo se recogió en unos fascículos. Como era un primer momen­to, hubo de todo; fue como una explosión de ideas, de sugerencias, de planes, pero el resultado global resultó inorgánico. Era una expe­riencia nueva, no fácil por la diversidad de las personas, el mutuo desconocimiento, la dificultad de las lenguas, etc. Por eso se nombró una comisión de revisión general que no duró mucho. Se prefirió dejar el trabajo y reanudarlo más tarde. Efectivamente, en octubre de 1967, una nueva comisión se entrega al trabajo para recoger las ideas de las comisiones, ponerlas en orden y ofrecer un Esquema de Const. que pudiera servir a los futuros trabajos de las Asambleas domésticas y provinciales. Se sintió la gran conveniencia de enviar un largo cuestionario a las provincias para estar seguros del rumbo que se emprendía.17 El fruto de este trabajo se recogió en el lla­mado Libro negro.18

El Libro negro se llamó así por tener las cubiertas de dicho color pero además por la mala fortuna que tuvo. Se rechazó al inicio de la Asamblea general. Es conveniente recordar el ambiente reinante: ¿No habían rechazado los Padres conciliares esquemas previos pre­parados desde la Curia romana? ¿Por qué someterse a esquemas re­alizados por una comisión, elegida a dedo, como se dijo, y no repre­sentativa? ¿No era la Asamblea autónoma y suficiente para redactar unas nuevas Const.? El rechazo del Libro negro supuso que la Asamblea acometiera, a pecho descubierto, la ardua tarea de formular unas nuevas Const. Uno de los defectos de las Const. hay que verlo en este modo de proceder: haber querido hacerse todo en la Asamblea general y no dejar el último trabajo a personas especializadas, aun­que se habló de esto. La Asamblea quiso ser la responsable de todo el texto constitucional, del contenido y de la forma.

Se acentuaron los defectos del Libro negro: era prolijo, poco ins­pirador, genérico y poco específico. Se querían unas constituciones ideales: inspiradoras, breves, espirituales, jurídicamente lo impres­cindible, esenciales, vicencianas. Deseos indiscutiblemente justos, laudables, pero con bastante carga de idealismo. Se estaba en los co­mienzos de una tarea que, en conjunto, se había asumido con ilu­sión.

No se habló tanto de los valores positivos del Libro negro: Era, nada más, un esquema, orgánico, que pretendía dar los elementos necesarios para la reflexión, de los que se podía seleccionar, quitar o añadir, temas para la discusión y no exponerse a la caza de ideas y conceptos, ni a la improvisación. Se recogía en él gran parte de los deseos manifestados en las respuestas a la encuesta mandada por la Comisión, los trabajos de las comisiones que habían trabajado du­rante el verano pasado. Se pudo constatar que algunos sectores de la Asamblea general se sentían poco ligados a los trabajos preparatorios. De hecho, el Libro negro fue útil, no sólo, como fuente de ma­terial para ejercicios espirituales, etc., sino en la misma Asamblea para el que quiso usarlo. En una de las últimas sesiones de la Asamblea de 1980 salió a relucir el casi ya olvidado Libro negro para clarificar algunas posiciones.

En el Libro negro se plantea la cuestión de la división entre Const. y Estatutos, división que definitivamente se mantendrá. Los crite­rios para distinguir qué es Const. y qué es Estatuto nunca fueron claros ni se clarificaron. La tendencia era enviar a los Estatutos todo lo jurídico y lo que parecía más accidental. El resultado fue que muchas figuras jurídicas quedaban mancas en las Const. y otros te­mas sufrían una división no justificable. Ahora, después del nuevo Código, sabemos qué es lo que debe ir al código propio fundamen­tal, es decir, a las Const. o al derecho propio, bien sean las Const. u otros cuerpos legales de la Comunidad. Por esto, muchos de los Estatutos han tenido que pasar a las Const.

El Libro negro se envió a las provincias para que sirviera de guía en las asambleas domésticas y provinciales o para otras reuniones de estudio sobre las Constituciones.19

14. Desde las Constituciones experimentales de 1968-69 a las definitivas de 1980

En la Asamblea de 1968-69 se redactaron las Const. experimen­tales. Esta Asamblea marcó un nuevo estilo en la celebración de las mismas por su organización, por los medios técnicos que se usaron, por la duración, por el esfuerzo de todos, por el ambiente que reinó, no obstante las tensiones normales que la defensa de puntos de vista distintos engendró, pero nunca se llegó a casos extremos de ruptura en el diálogo.20 También la Asamblea de 1968 tuvo otro aconte­cimiento singular: la aceptación de la dimisión del P. Slattery como Superior general y la elección del P. Richardson y el nuevo consejo general.21

La Asamblea de 1974 fue una asamblea puente, de reflexión. Como el tiempo de experimentación se había prolongado hasta 1980, se prefirió esperar y no dar definitivamente las Const. Tuvo su im­portancia, más por lo que de ella dimanó, por el paréntesis que su­puso, lo que permitió que las ideas se decantasen.22

Fue en 1980 cuando se consiguió el texto definitivo, cuando se dio la respuesta que la Iglesia nos había pedido. La Congregación ha dado los pasos que le correspondía. Queda que la Iglesia, por el organismo competente, dé la aprobación definitiva.23

El P. C. Braga ha publicado un trabajo, difundido ampliamen­te, en el que expone el desarrollo de las últimas asambleas, sobre todo, el desarrollo de la Asamblea de 1980. Lo que él dice me parece suficiente para tener una idea de lo que fueron los trabajos y de sus resultados.24 No se trata de escudriñar los entresijos de estos acon­tecimientos. Esto supone estudios especiales. Además, hechos, si­tuaciones que en un momento dado tienen interés, pasado el tiem­po, apenas si conservan la categoría de anécdota. Prefiero seguir, en esta parte de mi exposición, otro rumbo. Prefiero hablar de algu­nas cuestiones que me parecen más interesantes pero manteniéndo­me, en principio, dentro de la orientación jurídica.

1ª Cuestión – La finalidad de la Congregación de la Misión

Ningún tema de las Const. ha sido tan ampliamente y tan aca­loradamente discutido, desde la Asamblea de 1968 a la de 1980. Se explica por varias razones: es el punto clave de la identidad de la Congregación. No se pueden redactar una Const. sin tener claro el punto principal al que todo el entramado constitucional se debe referir. Pero existían otras razones: la sensibilidad particular de los miembros de las asambleas a las consecuencias que de una forma u otra podrían surgir; a la interpretación que cada uno había hecho del pensamiento vicenciano durante su vida misionera; la plasma­ción histórica de la Congregación en las distintas áreas geográficas; las diversas tradiciones que al correr de los años se habían creado, etc. Todos estos elementos entraron en juego, fueron causa de ten­siones, no obstante el deseo, por parte de todos, de atinar con la for­mulación más esclarecedora.

Sintetizando mucho, creo que se pueden reducir a tres las pos­turas: En primer lugar estaba la postura que califico de «histórica». La integran aquellos que prefieren dejar el texto como lo hemos re­cibido de S. Vicente. Ha servido durante tres siglos, seguirá sirvien­do. En segunda lugar la postura «coyuntural», por calificarla de algu­na manera. La integran los que quieren un texto más incisivo, más comprometedor con el servicio a los pobres, marginados, para de­fender los derechos humanos conculcados. Y finalmente, la postura «bisagra», también por denominarla de algún modo. Busca la síntesis entre ambas, quiere nadar entre las aguas de dos ríos impetuosos. Cierto que, a la postre, se llegará a cierto compromiso. Casi todos los textos son fruto de compromisos entre las diversas tendencias.

En 1968 se llegó a aceptar el texto vicenciano, pero se lo completó con otros artículos, entre ellos, el quinto. En él se decía: «La evangeli­zación y la promoción humana y cristiana de los pobres será, pues, para la Compañía, la enseña que aúne a todos sus miembros y los empuje al apostola­do.

Un sector de la Asamblea creyó limitativo este artículo en cuanto les parecía que iba en una única dirección, dejando en la penumbra otras obras vicencianas, incluidas históricamente dentro del fin de la Congregación. Por eso, al inicio de la sesiones en 1969, propusieron una interpretación auténtica, es decir, que la evangelización huma­na y cristiana de los pobres es el fin preeminente, pero no único y que es el criterio en sí suficiente, pero no necesario, para seleccionar las obras. La Asamblea, después de largas y, a veces duras discusiones, aceptó es­ta interpretación auténtica. El tiempo permitió ver que, en lugar de claridad, lo que se había conseguido era mayor obscuridad. Si antes se discutía si había un fin o tres, ahora tenemos que, además, se habla de fin preeminente, pero no único, de criterios suficientes, pero no necesarios. La Asamblea de 1980, aún manteniendo durante toda ella la discusión sobre el fin, llegó a una formulación unitaria y reco­giendo las tres mediaciones tradicionales: revestirse del espíritu de Cristo para conseguir la perfección que la vocación misionera exige, evangelizar a los pobres, principalmente los más abandonados y ayu­dar a que los clérigos y laicos sean aptos agentes de evangelización, sin perder de vista al Cristo evangelizador y a la evangelización de los pobres.25

Creo que hoy nos satisface plenamente esta solución, por ser unitaria, amplia, exigente, inclusiva y no exclusiva.

No deja de ser interesante que la formulación del fin de la Compañía ha sufrido variaciones: Lo cambió S. Vicente, podo que nos hace ver el Códice de Sarzana, la cambió Pío XII en las Const. de 1954 y la Asamblea general de 1980.

2ª Cuestión – La secularidad de la Compañía

San Vicente no nos quiso religiosos y, dada la configuración de los estados canónicos, necesariamente la Compañía entraba dentro de las sociedades llamadas seculares. Urbano VIII, cuando aprueba la Compañía, aunque no explicite con el término secular una de las notas de la Congregación, nos aprueba como Sociedad secular. En cambio, Alejandro VI sí nos califica como pertenecientes al clero se­cular y durante siglos, hasta 1917, en muchos documentos se nos considera como tales. El valor ha estado en que nunca hemos sido considerados como religiosos desde el punto de vista del derecho de la Iglesia y, a veces, por los mismos derechos civiles.

El sentimiento tradicional, estimado y cultivado, al menos te­óricamente y a pesar de la religiosización práctica, es que no somos religiosos. Este sentimiento es el que ha influido para que en el Pro­yecto de 1948 y en las Const. de 1968 y 1980 la Congregación insis­ta en calificarse de secular, pero no tuvo éxito en las Const. de 1954, en donde se suprime el término secular y, según parece, lo más que se nos permita en las Const. de 1980 es indicarlo como connota­ción histórica.

Me ciño al aspecto jurídico. Todos sabemos cómo el término «secular» tiene otras muchas connotaciones, que se deben tener en cuenta cuando se trata del estilo de vida, de la formación y de los medios de apostolado. Pues bien, en el campo del derecho de la Iglesia ha habido una evolución. Hoy solamente se usa el término «secu­lar» para calificar a los sacerdotes que dependen plenamente del Obis­po, en su vida y apostolado. Es un estatuto propio el que estos sacer­dotes tienen. También se usa para calificar a ciertos Institutos de vida consagrada, como son los Institutos seculares en razón de su vida y apostolado. Fuera de estas dos categorías de personas, el tér­mino «secular» no se usa.

Las Sociedades de vida apostólica, entre las cuales se cuenta la Congregación, gozan de un estatuto canónico propio que no se cali­fica de «secular». Es claro que a la luz del derecho no podemos usar el término «secular» para explicitar una de nuestras características. ¿Qué hacer? Mi parecer es el siguiente: Mantener lo que S. Vicente quiso como contenido del término «secular. A mi modo de ver es lo si­guiente: no ser canónicamente religiosos para liberarnos de estruc­turas conventuales que impidan la movilidad y disponibilidad para el apostolado y, en segundo lugar, estar vecinos y próximos al clero secular y a los Obispos para ser instrumentos disponibles a la labor evangelizadora de las Iglesias locales. Si se mantienen estos valores, poco interesa que los llamemos de una u otra manera. De hecho la Iglesia, a pesar de no aceptarnos el calificativo de «secular» a partir de 1917, tampoco nos ha considerado religiosos en el sentido canó­nico, lo que no ha impedido que se nos asimilara a ellos en razón del ordenamiento común. De todas maneras, por la repercusión que la cuestión tiene, como insinué antes, es conveniente estar atentos y mantener el talante secular, como lo entendió S. Vicente.26

3ª Cuestión: Los votos que se emiten en la Congregación de la Misión.

La naturaleza jurídica de los votos forma parte esencial de la identidad jurídica de la Compañía. Para S. Vicente fue esencial que los votos se aprobaran como privados. Así, la Congregación no se la consideraría como una religión canónica. La Asamblea discutió la cuestión de los votos. Entonces el ambiente no era muy favorable a los votos religiosos. No fue la primera vez que esto ocurre en la historia de la Iglesia. Durante la Asamblea se corrió un escrito inte­resante: en doble columna se hacía ver lo que de los votos se decía en tiempo de S. Vicente y lo que se decía hoy. Se buscaba quitar la ambigüedad a nuestros votos, en cuanto esto es posible, ponerlos en su propio lugar, como no esenciales a la identidad escueta de la Compañía, aunque sí como un elemento imprescindible por volun­tad clara y explícita del Fundador.27

Con la expresión jurídica de los votos ha pasado algo similar a la expresión jurídica de nuestra secularidad. Si en tiempos de S. Vicente no había otra solución que llamarlos privados para que no se consideraran religiosos, hoy, el derecho de la Iglesia ha cambiado y ha creado nuevas expresiones. No podemos olvidar que si S. Vi­cente los calificó de privados, él mismo los sacó de la pura condición de privados, consiguiendo que fueran sólo dispensables por el Papa y el Superior general y además fuente de obligaciones y derechos. Esta realidad difícilmente se expresa hoy sólo con el término de «pri­vado». Da ahí que no se aceptase esta terminología por la curia romana en 1954 y que tampoco se acepte hoy, no obstante que la Asamblea así lo ha querido. Por no saber cómo iban a ir las cosas en el nuevo de­recho se prefirió atenerse a las expresiones primeras de los Romanos Pontífices, en especial la de. Alejandro VI, en el «Ex Commissa No bis» de 1655.

La misma SCRIS ha abandonado la expresión de 1954, privados-privilegiados, asimilados a los simples. Era una forma que los hacía más cercano a los religiosos.

Hoy la fórmula que se usa es la de votos «no religiosos . Es una expresión negativa, pero claramente indicadora de que carecen de la publicidad de los votos religiosos. Toca a nosotros ahondar en es­ta fórmula, en dos direcciones, a mi modo de ver: en el distanciamien­to jurídico de los votos religiosos y en la valorización del voto en la vida de la Congregación. S. Vicente parece que quiso separar el aspecto jurídico del aspecto espiritual. Esta actitud vicenciana es la que nos debe orientar. Creo que las Const. de 1980 nos pueden ayu­dar a ello por la referencia tan inmediata que se hace de los votos y sus contenidos evangélicos con el fin de la Compañía.

Cuestión: El gobierno de la Compañía

Si comparamos lo establecido en 1968-69 y 1980 sobre el go­bierno, nos percataremos de que los cambios solamente son de mati­ces. Se han establecido principios de gobierno como preámbulo de la tercera parte de las Const., pero hay otros principios que animan el texto de las mismas. Los principios explicitados son: el de la corres­ponsabilidad, colaboración y participación, el de la autoridad como servicio, el del diálogo, sin mermar la responsabilidad de tomar deci­siones al que competa, el de la subsidiariedad sin perjuicio de la uni­dad, en el de la exención, entendida a la luz del nuevo código en que se insiste más en la autonomía que en la exención propiamente dicha. Se recoge la naturaleza de la potestad de los superiores, la llamada hoy potestad común la que se llamaba dominativa, la de régimen o jurisdicción. De manera menos explícita funcionan los principios de la información, solidaridad, mutuo respeto y pluralismo y, por supuesto, el de la internacionalidad de la Compañía.28

Más importante es cómo estos principios se han aplicado al texto de las Const. Parece que de una mañera satisfactoria porque la experiencia hasta el presente así lo indica. Me refiero a los poderes de los Visitadores, a la nueva concepción de las asambleas provinciales y domésticas, al proyecto comunitario, al diálogo.

Se ha creado un talante nuevo en el gobierno que, a pesar de mantenerse en verticalidad, el gobierno colegial no existe entre no­sotros fuera de los casos concretos determinados en las Const.; pare­ce ser un gobierno suficientemente inspirado en el talante democrá­tico.

No se eliminan ciertos peligros, como puede ser el de la unidad real, de tal modo que la Compañía llegue a ser más que una Comu­nidad una Confederación de provincias. De ahí que no deban ado­rarse los principios como valores absolutos, sino aplicarlos teniendo en cuenta la unidad espiritual y social de la Compañía. Es deseable concretar más la solidaridad para la cual hay muchos signos positi­vos. Hay figuras nuevas, como la del Vicario general. En muchos artículos de las Constituciones se deja amplia libertad a las provin­cias en campos tan importantes como el del apostolado, formación, pobreza, administración de bienes, y cauces para las elecciones de los Visitadores, consejeros, etc.

Sería interesante, pero no hay tiempo, decir algo sobre cómo han actuado las asambleas provinciales últimas. Les puedo decir que puede resultar un derecho comparado muy interesante, locual quiere decir que el uniformismo ha desaparecido y que las provincias, en casi la totalidad, se han movido desahogadamente. Quizás las más pequeñas son las que han encontrado más dificultad en la aplicación de ciertos principios. Me llevaría muy lejos el hablarles ahora de las asambleas provinciales.

Cuestión: La Congregación de la Misión cara al siglo XXI.

La Congregación no ha sido impermeable a las crisis que ha sufrido la Iglesia en los últimos años. Ha sido una caja de resonan­cia de todo lo que ha pasado, positivamente y negativamente. Creo que podemos afirmar que hemos vivido al son de los tiempos, con toda la gama de matices que queramos poner, Basta echar una mi­rada a las estadísticas que se nos han ido dando,29 y a lo que la mayor parte de nosotros hemos vivido. i Cómo no sentir los 500 Padres que han dejado al sacerdocio, pidiendo la laicización, o bien largarse sin decir ni oste ni moste!. El pasado nos interesa porque puede hacernos reflexionar, pero no somos solamente memoria, sino también proyecto y por eso nos interesa el presente cara el futuro.

El P. Baylach, José-Oriol, hizo unas estadísticas el año pasado. Quizás algún dato tenga que corregirse, pero no intento dar estadís­ticas exactas, sino más bien, una visión que, de alguna manera, pueda servirnos para la reflexión.

Al inicio de 1983 integraban la C.M. 3.559 sacerdotes, 3 diáco­nos permanentes, 314 Hermanos y 79 estudiantes con votos. Semi­naristas eran 454, más 24 para Hermanos. Total, entre incorpora­dos y admitidos 4.465 miembros.

En cuanto al número, la C.M. se encuentra en el 12° lugar entre las Comunidades clericales.

Los ministerios se han diversificado mucho, pero los seis que ocupan más personal son: Parroquias, 1.063; formación del clero, 445 a 484; enseñanza a no clérigos 366; misiones ad gentes, 323; ancianos, enfermos, retirados, 279; misiones populares 162.

La edad media era en 1983 de 53’45 años; en 1984, según el catálogo, de 53’77, un poco más viejos.

¿Pero vamos aumentando o disminuyendo? Éramos 94 menos sacerdotes que en 1980; 30 Hermanos menos; Estudiantes incorpo­rados, 19 menos. Total, 140 menos que en 1980. Sin embargo los que van entrando aumentan: fueron admitidos para clérigos, 81 más que en 1980 y 4 para Hermanos. Estas cifras globales no palían para nada la situación crítica de algunas provincias, come se puede ver por el catálogo.

Los ministerios también están sufriendo un cambio: Están dis­minuyendo las Padres ocupados en las parroquias, aumentan los que se dedican a la formación del clero, disminuyen los que se dedican a la enseñanza, aumentan los que trabajan en medios de comunica­ción social. Las Misiones populares no presentan signos de aumento entre 1980 y 1983.

El número de los que dejan la Congregación también ha dismi­nuido considerablemente en los que últimos años. Los casos que ahora se dan entran dentro de la norma general, yo diría, de todos los tiempos.

Pero concretemos un poco más y veamos las tendencias que, según el P. Baylach, se pueden considerar fiables cara el futuro: 1. En cuanto al personal: Seguiremos disminuyendo, pero entre una cosa y otra, al inicio del siglo XXI, la Congregación tendrá unos 3.325 miembros. Es la cifra que la Congregación tenía al final de la guerra mundial de 1946. Es una «profecía» no desagradable.

En cuanto a las fundaciones, las llamadas vienen del África. Las provincias de la India, Indonesia, Filipinas aumentan numéricamente.

Las misiones populares parece que irán ganando el terreno que habían perdido, lo que parece confirmarse por la reacción de algu­nas provincias a la llamada de la reunión de Visitadores en Bogotá.

En cuanto a la formación del clero, aunque el número de Padres aumenta en este ministerio, las previsiones del P. Baylach no son claras, quizás por falta de elementos fidedignos y precisos.

Las misiones ad gentes parece que también irán bien. Un signo es la creación de la viceprovincia del Zaire, constituida actualmente con personal internacional, pero con aspiraciones a tener miembros autóctonos.

También ve como tendencia positiva los estudios vicencianos. El SIEV va tomando «cuerpo». Un ejemplo, este mes vicenciano.

La «dispersión», es decir, el vivir fuera de comunidad, registra una levísima disminución, pero en porcentajes muy altos de disper­sión, en un 20%. Se ha tenido en cuenta situaciones políticas, como la de Hungría, Checoslovaquia, etc. Estos «dispersos» son los «ads­cripti» o «rattachés». Este porcentaje es serio para una Congrega­ción en la que la vida común debe ser la norma ordinaria de vivir.

Yo agradezco al P. Baylach sus previsiones y no dudo de los datos en las que se apoya, pero todos sabemos que hay imponde­rables. Basta un acontecimiento eclesial, político, social o interno de la Congregación para que cambie el rumbo de todas las previsiones. Nosotros sabemos que la Congregación es un don de Dios a la Igle­sia y que está, en gran parte, en nuestras manos. El don pasa de generación a generación. Ahora está en las nuestras y la responsabi­lidad exige que aceptemos las mediaciones que se nos dan o que no­sotros seriamente nos dotamos. Creo que las Const. es una mediación, y aunque tenga muchas limitaciones, en su conjunto es válida Me he preguntado más de una vez: 1:cuántos y en qué medida se han empleado los miembros de la Congregación a estudiar, y reflexionar sobre lo que somos y debemos ser?. Dejo a un lado los visceralmente opuestos a todo lo que suene a normativa, sea ésta la que sea, y aquellos que por razones válidas no lo han podido hacer, pero me pregunto si no habrá habido pereza, desinterés, escepticismo y has­ta desprecio. Porque el problema de fondo que las Const. plantean es el de la aceptación, no la jurídica, sino la vital, y no de unos cuan­tos, sino de toda la Congregación en cuanto tal. Los indicios que tenemos parecen ser positivos. Dios quiera que no me equivoque.

  1. Cf. Acta Conv. gen; DOG, del 1 al 49 de la nueva serie después de las Const. 1954.
  2. Cf. P. SLATTERY, W. M.: Circular del 19 de julio de 1966.
  3. Cf. CAMPO, F: Vincentianae Missionis Institutum en «Vincentiana» (1959) 84-87; De iuridica vincentinorurn a votis perpetuis dimissorum condicione, en «Vincentiana», (1960) 226-228; Moralis nostrarum regularum obligatio en «Vincentiana», (1960) 244-256: Vincentinorum professiones perfectionis en «Vincentiana», (1961) 340-346; Vincentinorum condicio ascetico-mistica en «Vincentiana, (1961) 306-312; Votorum problema, en «Vincen­tiana», (1961) 381-393. De GRAFF, H: De votis quae emittuntur in C.M. Nijmegen, 1957; BRUFAU, J: De egressu e C.M., Tegucigalpa (Honduras), 1959; FERNANDEZ, J: Commentarium privilegiorum et indulgentiarum C.M. 3a edit. Matriti, 1962; MOLINA, E: El Superior local de la C.M., Salamanca, 1960.
  4. COPPO, A: La prima stesura delle Regale e Costituzioni della C.M. in un inédito ms. del 1655, en Annali della Missione, (1961) 206-254.
  5. Cf. P. SLATTERY, W.M.: Circular del 25 de marzo de 1957. En esta circular exhorta a la celebración de los centenarios: muerte de S. Vincente y Santa Luisa y del Beato Justino de Jacobis. Envía un cuestionario para que las Provincias respon­dan. Tiene tres partes: obras vicencianas, bibliografía y culto.
  6. Cf. «Vincentiana», (1957) 76; (1961) 338-339.
  7. Cf. «Vincentiana», (1959) 200, 220, 240, 259, 356; (1961) 376.
  8. Cf. «Vincentiana», (1960) 185, 221: Annales de la C.M. et des F. de la Charité (1960) 10-29.
  9. Sin querer emitir juicio alguno, me limito a dar la bibliografía: Cf. SOETENS,, CL: Cahiers de la revue théologique de Louvain, n. 4, Inventaire des archives Vincent Lebbe; n. 5: Recueil des archives Vincent Lebbe, Louvaine-la neuve, 1982. Sobre el P. Por­tal, F, cf. MUNETA, J. M. en Anales españoles (1976)572, 627; (1977) 318.
  10. Cf. «Vincentiana», (1962) 472. Se adelantó la fecha, ibidem, p. 476.
  11. Cf. Acta Cono. gen. 1963; DOG, del 50 al 90 de la nueva serie, después de las Const. 1954. En 1964 se publicaron los Decret. Cono. gen. in C.M. vigentia y las Regulae officiorum en 1966. En 1965 las Regulae Directoris provincialis F.C.
  12. En 1966 se publicó el Ius particulare C.M. que vino a sustituir al Epítome iuris tan deseado.
  13. Cf. DOG, 80 y 88 de la nueva serie después de las Const. de 1954.
  14. Cf. «Vincentiana», (1964) 20-23.
  15. Cf. P.C. nn. 1-4 y PABLO VI. Motu propio Eccl. Sanctae (6.8.1966), 11.
  16. Cf. «Vincentiana», (1965) supl. pp. 1-7; En 1965 se envió a los Visitadores una serie de cuestiones concretas para que las estudiaran. Las respuestas se recogieron en un fascículo de 171 pp., ciclostilado, con el título: Aggiornamanto. Elenchus opinionum provinci arum C.M. de ipsius adaptatione iuxta rnentem Vaticani II. Apud Curiam gen. Ro­mae, 14 maii 1967. Después se pidieron nombres para las comisiones y el 25 de abril se convocaron para comenzaran los trabajos en Roma en el mes de julio, cf. «Vin­centiana», (1967) 110-111; 114-115, en donde se puede ver los nombres de los que integran las 19 comisiones. El trabajo de estas comisiones se reunió en dos fascículos ciclostilados de 300 pp. El título es: Conclusiones confratrum opera, qui coetibus a studiis a die 5 iulii ad diem 19 augusti, Romae interfuerunt, elaboratae. Apum Curiam gn. Romae, die 17 sept. 1967. En la parte exterior los fascículos sólo indican Pars prior, placita coetuum,. Pars altera, placita coetuum.
  17. Cf. «Vincentiana», (1967) 86, 200. Para conocer el cuestionario, ibidem p.209-212.
  18. El título oficial del Libro negro era Schemata Constitutionum ac Statutorum C. M. apud Curiam gn. Romae, die 25 ianuarii, 1968, pero se imprimió en Madrid.
  19. Cf. Provinciarum et viceprovinciarum postulata generalia. Postulata circa Const. Pos­tulata circe Statut. Appendices. Postulata Curiae gen. Apud Curiam gen. Romae, 1968
  20. En 1968 la SCRIS concedió la petición del P. Slattery para tener una repre­sentación proporcional, cf. Vincentiana, (1968) 69. Cf. Acta Cono. gen. 1968-1968. En esta Asamblea, además de las Actas, se escribieron Crónicas; la española era la origi­nal y de ella hicieron las propias en sus respectivas lenguas. Hubo traducción simul­tánea y se recogió en cinta magnetofónica todo lo que se dijo en el aula de las sesiones plenarias.
  21. Cf. «Vincentiana», (1968) 193, 198, 200.
  22. Cf. «Vincentiana», (1971) 16, 58, (1972) 62, 67, 191, 137; (1973) 121, 122,’ 146, 342 ss; (1974) 159 ss, 397 ss, P. CID, E: Evaluación de la Asamblea de 1974 en «Vincentiana’, (1975) 18, 33. Cf. Acta Cono. gn. (1974, Crónicas y Declaraciones, Asamblea gen. 1974.
  23. Cf. «Vincentiana», (1975) 130; (1976) 131, 248; (1977) 14, 19, 181, 249; (1978) 46, 193, 266 ss, 441 ss; (1979) 6, 23; (1980), 18, 310. Merece destacarse el Instrumentum laboris en «Vincentiana», (1978) y el Documentum laboris, fascículo poli- copiado de 265 p. para ser estudiado en las Asembleas provinciales y en la Asamblea general. Cf. Acta Cono. gen. 1980; Crónicas y Texto de las Const. 1980. El Superior gene­ral los presentó a la SCRIS para la aprobación definitiva el 18 de marzo de 1981. En marzo de 1983 envía la SCRIS las primeras observaciones. El Consejo general responde el 12 de noviembre de 1983. La Scris manda nuevas observaciones el 7 febrero de 1984. El 23 de abril del mismo año ‘el P. Gen, pide un diálogo con la SCRIS sobre cuatro puntos. Es lo que hasta el momento presente ha ocurrido sobre la marcha de la aprobación de las Const. Se espera que muy pronto se dé la aprobación definitiva.
  24. Cf. BRAGA, C: Le Costituzioni del 1980, en Annali della Missione (1980) 171-194. Este artículo se publicó en «Vincentiana» (1981) 63-82 y en Anales españoles (1981) 143-160; IDEM: Vita spirituale della «Missione» en Annali della Missione (1981) 165 y en «Vincentiana», (1981) 293-305; BAYLACH, J.0: Comentario a las Const. 1980 en «Vincentiana», (1981) 384, 222; PÉREZ FLORES, M: Comentario al art. 1° de las Constituciones, 1980 en «Vincentiana «(1982) 147, ss.
  25. Cf. PÉREZ FLORES, M: a.c • BAYLACH, J.0: a.c.; BRAGA, C: Las Const. de 1980, a.c
  26. Cf. P. SLATTERY, circular del 6.2.1968 en «Vincentiana», (1968) 174; BET­TA, L: Il carattere secolare della C.M. en «Vincentiana», (1976) 196; IDEM: Riflessione sulla identitá della C.M. en «Vincentiana», (1977) 255. P. STELLA, G: La secolaritó della C.M. en «Vincentiana», (1972)253; P. RICHARDSON, W.J.: De identitate C.M. en «Vincentiana», (1979) 88; P. PARRES, C: Una cuestión sobre la identidad de la C.M. en Anales españoles (1980) 370-382 y en «Vincentiana», (1979) 95: Comisión prepa­ratoria AG80: Le caractire séculier de la C.M. en «Vincentiana», (1978) 490. Este artí­culo está traducido en Anales españoles, número extraordinario de marzo de 1979; FERNÁNDEZ, J: La secularidad de la C.M. en Anales españoles (1980) 370-382.
  27. Cf. SCRIS: De appellatione votorum C.M. en «Vincentiana», (1979) 93; DE GRAF, De bolis quae emittuntur in C.M. Nijmegen, 1957; FERNÁNDEZ, J: La incorpo­ración en la C.M. en Anales españoles (1980) 246-261.
  28. Cf. Const. 1954, art. 130-134 y Const. 1980, art. 144-148.
  29. Cf. «Vincentiana», (1957) 6-7; (1972) 100; (1973) 172; (1974) 444; (1975) 178; (1980) 104.

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